ENERO 2010
El consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades, César Antón, ha informado al Consejo de Gobierno sobre los aspectos más destacados del anteproyecto de Ley de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia, cuya tramitación para su aprobación se está ultimando ya. Esta normativa sustituirá a la anterior, que data de 1988, y reconoce una nueva serie de derechos para los ciudadanos de Castilla y León. Se trata de uno de los compromisos del presidente de la Junta, Juan Vicente Herrera, para esta legislatura.
Necesidad de una nueva normativa
La necesidad de una Ley de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia viene determinada por una realidad muy diferente a la de 1988, fecha en la que se aprobó la Ley de Acción Social y Servicios Sociales de Castilla y León y que ha supuesto una herramienta de indudable utilidad y beneficio para el Sistema Público de Servicios Sociales de Castilla y León. En la actualidad hay que considerar un nuevo escenario social determinado por fenómenos como la inmigración, el envejecimiento, las nuevas formas de exclusión social o los retos derivados de la igualdad de oportunidades. Asimismo, hay que tener en cuenta los nuevos ámbitos de competencia de la Comunidad Autónoma o la implementación del Sistema de Autonomía y Atención a la Dependencia, integrados en los Servicios Sociales, lo que supone una oportunidad para el crecimiento y fortalecimiento del sistema.
Elementos más relevantes
El anteproyecto de Ley impulsa un sistema de carácter polivalente e integrado, por cada grupo de necesidades. Dentro de este sistema cobra especial importancia la Red de Acción Social Básica, cuyos titulares son las corporaciones locales, como cauce de acceso unificado. También garantiza el acceso en condiciones de igualdad al Sistema de Acción Social y regula los requisitos del derecho a las prestaciones.
Desarrolla también un Catálogo de Prestaciones y Servicios en el que se indica su tipología y características y sus elementos esenciales e incluye aquellos cuya titularidad corresponde a otras administraciones públicas o entidades de iniciativa social. El Catálogo de Prestaciones y Servicios garantizará la unidad del Sistema, será una herramienta de acreditación que orientará las condiciones de concertación y contratación, promoverá la calidad y será revisable en función de las nuevas demandas sociales y de las posibilidades de desarrollo y crecimiento del Sistema.
Uno de los hechos más relevantes del anteproyecto de Ley es el reconocimiento de una nueva generación de derechos sociales como:
• Derecho a la información, orientación y asesoramiento
• Derecho de valoración, planificación de caso y seguimiento
• Ingreso Mínimo de Inserción y ayudas para necesidades básicas de subsistencia urgentes
• Medidas específicas para la protección de menores en situación de riesgo o desamparo
• Atención temprana a niños y niñas con discapacidad o riesgo de padecerla. La atención comprenderá como mínimo la prevención, detección precoz, diagnóstico y atención de casos
• Teleasistencia
• Ayuda a domicilio
• Atención en centros de día y de noche
• Atención residencial
• Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales
• Prestación económica de asistencia personal
• Servicios de prevención de las situaciones de dependencia y de promoción de la autonomía personal
• Prestación económica vinculada cuando no sea posible el acceso a un servicio público concertado
La Comunidad Autónoma de Castilla y León reconoce de esta forma una serie de derechos además de los contemplados en la Ley de Dependencia y que son exclusivos en materia de servicios sociales, como la teleasistencia a todos los mayores de 80 años, la atención temprana a niños y niñas con discapacidad, el Ingreso Mínimo de Inserción y ayudas para necesidades básicas, y las medidas específicas de protección de menores de edad en situación de riesgo o desamparo.
El anteproyecto de Ley regula la planificación sectorial y la elaboración del mapa de recursos sociales de Castilla y León. Ambos instrumentos garantizarán la igualdad en el acceso a los recursos con independencia del lugar de la Comunidad donde resida el ciudadano.
Establece, en el ámbito de la coordinación, los órganos de carácter consultivo y planificador con la participación de las corporaciones locales, de otros órganos gestores de la Junta de Castilla y León y de la iniciativa privada. Prevé la creación del Consejo de Coordinación Interadministrativa del Sistema de Servicios Sociales.
Además, dicho anteproyecto de Ley contempla la participación social y la solidaridad, a través de iniciativas que impulsen la labor del voluntariado, de las asociaciones ciudadanas y de los grupos de autoayuda. La participación ciudadana se concretará en órganos consultivos y de cooperación. Prevé la creación del Consejo Regional de Servicios Sociales y del Comité Consultivo de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia.
Estructura del anteproyecto de Ley
La información del consejero de Familia e Igualdad de Oportunidades al Consejo de Gobierno se produce al estar ya en su última fase los trámites que conducirán a la aprobación de la Ley. Con el objetivo de que la futura normativa tenga el grado más alto posible de participación ciudadana y de consenso social, se han presentado ya borradores a las diferentes consejerías de la Junta, entidades locales, agentes sociales y organizaciones de la Red de Servicios Sociales para que realicen aportaciones y sugerencias al texto. La promulgación de una Ley de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia es uno de los compromisos de legislatura de Juan Vicente Herrera.
El anteproyecto consta de 110 artículos agrupados en diez títulos, además de cuatro disposiciones transitorias, una derogatoria y seis finales:
• El Título Preliminar recoge las disposiciones generales (objeto, ámbito de aplicación, principios, etc.).
• Título I: Prestaciones del Sistema de Servicios Sociales
• Título II: Organización territorial y funcional del Sistema de Servicios Sociales
• Título III: Organización integrada para el acceso al Sistema de Servicios Sociales
• Título IV: Distribución de competencias
• Título V: Regulación de la calidad de los servicios
• Título VI: Planificación en los ámbitos autonómico y local
• Título VII: Coordinación y cooperación administrativa
• Título VIII: Participación
• Título IX: Financiación
• Título X: Régimen sancionador
Los aspectos más destacados del anteproyecto de Ley de Servicios Sociales y Atención a la Dependencia. Leer +