Ceder tu parte del testamento

Los expertos de Pf&asociados responden la siguiente cuestión: "Si dos personas tienen tetamento del 50% de un piso y el otro medio le pertenece al hijo por ser único y esas dos personas quieren darle sus correspondientes partes del testamento, ¿se puede?"

Para poder contestar a su pregunta es imprescindible que especifique quién ha fallecido (padres, abuelos etc). Hemos creído entender por el planteamiento realizado que podría ser que el 50% de un piso ya está adjudicado y el otro 50% no corresponde a los padres. Siempre se pueden donar en vida los bienes que se consideren, pero habrá que tener cuidado con las repercusiones fiscales que se deriven de dichas transmisiones.

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