Donación en vida o herencia ¿Cómo se tributa?

“Soy hija única, heredera universal, mi madre de 91 años vive en Barcelona en un piso que compramos en su día (ella el 66% y el otro 33% lo compró una sociedad en la cual soy administradora única). El piso se compró en la época más alta del boom inmobiliario, ahora el precio es del 50% menos. Mi pregunta es ¿Qué me interesa más, una donación en vida o por herencia? y ¿sobre qué precio pagaré, por el actual o por la escritura? y por último ¿dónde se debe pagar en Cataluña que está el piso o en Canarias que es dónde yo resido? No sé donde se pagan más tributos”. Los expertos de Pf&asociados responden la siguiente cuestión.

Si usted adquiere la vivienda por donación tributará en Cataluña que es donde radica el inmueble si lo hace al fallecimiento del otro propietario lo hará en el lugar de residencia del fallecido, usted tiene que pagar como mínimo por el precio de referencia de la Comunidad Autónoma competente, de lo contrario y en una posterior revisión, podrían exigirle el pago de la parte no abonada

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