¿Puedo dejar toda mi herencia a mi mujer pese a tener hijos?

Los expertos de Pf&asociados responden la siguiente cuestión: "Si quiero dejar el máximo de mi herencia a mi esposa, ¿solo puedo dejar el tercio de libre disposición? ¿Puedo hacer que la totalidad de la herencia quede en usufructo de mi mujer? Y, en este caso, ¿la podría disfrutar hasta el final? Si esto no es posible ¿podría dejarle la casa de manera que no hubiera que venderla para pagar a los herederos?"

La Ley establece que el cónyuge viudo podrá disponer bien de 1/3 de la herencia en propiedad o bien de la totalidad de la herencia pero en usufructo. (quedando a salvo los derechos legitimados de los herederos forzosos).

Si Vd. le deja los bienes en usufructo a su esposa, el resto de heredeos pueden capitalizar ese usufructo, es decir, que sea valordo económicamente y de este modo "pagarle" su parte para deshacer el usufructo que grava la vivienda.

Entiendo que el 50 % de la casa ya es de su mujer por gnanciales, pero aún así, si cualquiera de los herederos tiene un porcentaje de la casa, auqnue ella sea la que mayor porcentaje tenga, con que uno solo de los copropietrios solicite que la casa se venda, puede instar el procedimiebnto judicial oportuno para dicho fin, ya que la ley establece que ningun copropietario está obligado a permanecer en comunidad.

Puede Vd., eso sí valorar la legítima de sus hijos y dejarla con cargo a otros bienes distintos que no sean la casa.

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