¿Qué documentos hay que obtener para realizar la partición de la herencia?

¿Qué documentos hay que obtener para realizar la partición de la herencia?

Para conocer si existe o no testamento y actuar en consecuencia, es preciso lugar hay que obtener la Certificación de Defunción. Se consigue, normalmente al momento, en el Registro Civil de la localidad donde se produjo el fallecimiento, y no en el del domicilio habitual del fallecido.

Cualquiera puede solicitar el Certificado de Defunción dando el nombre y apellidos del fallecido y la fecha de defunción. Pero suele agilizar el trámite presentar el Libro de Familia. Es recomendable, para los diversos trámites, solicitar tres ejemplares.

Posteriormente, será preciso acudir al Registro de Actos de Última Voluntad para saber si el fallecido hizo o no testamento. Para hacer el trámite y obtener el certificado, hay que aportar el certificado de defunción y cumplimentar un impreso.

En el supuesto de haber testamento, lo primero es solicitar las oportunas copias al notario que registró las últimas voluntades de la persona fallecida. Para conseguir la copia es imprescindible acreditar ser persona con derecho a obtenerla, bien presentándose personalmente en la notaría con documentos identificativos (D.N.I.), bien, si vive usted lejos y para no tener que desplazarse, enviando una carta solicitándola con la firma legitimada por otro notario, que normalmente será el que se esté encargando de preparar la partición. Este notario le preparará todo, e incluso normalmente le redactará la carta.

Si no hay testamento, será precisa la declaración de herederos, notarial o judicial según los casos.

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