¿Se puede favorecer en el testamento a un hijo discapacitado?

¿Se puede favorecer en el testamento a un hijo discapacitado?

Los padres que tienen algún hijo discapacitado pueden mejorar su posición hereditaria en el testamento.

La Ley 4/2003, de 18 de noviembre, modificó algunos aspectos del Código Civil en materia de sucesiones con el objetivo de proteger económicamente a los descendientes con discapacidad.

Por un lado, se ofrece la posibilidad de disponer de la legítima estricta del resto de herederos forzosos para beneficiar al descendiente incapacitado judicialmente. Así, este heredará en primer lugar y, en caso de fallecimiento, lo que quede de la herencia pasará al resto de los herederos.

Por otra parte, se permite proteger al descendiente con discapacidad para que continúe viviendo en el domicilio en el que ha convivido con los padres, y se dan amplias facilidades para que el cónyuge viudo pueda aplazar la distribución de la herencia, con el fin de evitar que el descendiente con discapacidad quede desatendido por falta de medios económicos.

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