¿Tiene derecho a herencia las parejas de hecho?

¿Tiene derecho a herencia las parejas de hecho?

La ausencia de una ley nacional se plasma en desigualdades en los derechos de las parejas de hecho en función de su lugar de residencia, en especial cuando fallece uno de los miembros.

Los derechos sucesorios de las parejas de hecho se equiparan a los del matrimonio sólo en el País Vasco, Navarra y comunidad balear. En Cataluña, la Ley recoge el derecho a una cuarta parte de la herencia, a la mitad, o a toda ella dependiendo de que vivan otros miembros de la familia. En Aragón la legislación sucesoria permite que puedan residir gratuitamente en la vivienda habitual durante un año además de tener derecho al ajuar de la vivienda. Andalucía reconoce el derecho a residir en la vivienda habitual durante un año desde el fallecimiento. En el resto de comunidades autónomas las parejas de hecho no tendrán derechos en la herencia de su compañero fallecido, derechos que serán ostentados por los hijos o por otros familiares, salvo que se hubiera hecho testamento.

Para conseguir que la pareja herede es imprescindible realizar un testamento. En él habrá que respetar los derechos de los herederos forzosos, que son los hijos o, si no los hubiere, los padres. Pero en caso de que no haya descendientes ni ascendientes, podrá disponer de todos sus bienes a favor de su pareja.

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