TRÁMITES PARA LA JUBILACIÓN

Primeros pasos para tramitar tu jubilación

Primeros pasos para tramitar tu jubilación

¿Estás a punto de jubilarte? Tienes que empezar a pensar en solicitar la pensión de jubilación, un derecho que tiene que ser reconocido por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Tres meses antes o dentro de los tres meses inmediatamente posteriores a la fecha de jubilación puedes iniciar los trámites ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social para que se te reconozca el derecho a recibir una prestación por jubilación.

Resulta importante no demorarse en los plazos, ya que si lo haces a tiempo, los efectos económicos de la pensión se producen a partir del día siguiente a la fecha de cese en la actividad. Sin embargo, si se presenta transcurridos más de tres meses desde el cese en la actividad laboral los efectos económicos de la pensión se producen con una retroactividad que pude alcanzar los tres meses.

Antes, es el momento de calcular cuanto te va a corresponder. Para ello, necesitamos conocer con exactitud el tiempo de alta laboral (vida laboral) y las bases de cotización de los 15 años anteriores a la fecha de jubilación. Busca toda la documentación y mantenla a tu alcance.

Una vez que la tengas ordenada, puedes realizar un cálculo aproximado de la pensión que te corresponde, en función de las cantidades y años cotizados. La cuantía de la pensión depende de las cantidades y los años cotizados. Para evitar sorpresas, es el momento de que calcules cuáles serán tus ingresos por jubilación. Busca tus nóminas y sigue los pasos que te indicamos.

Para ello debes tener seguir los siguientes pasos:

• Buscar las bases de cotización, que reflejan lo que has pagado durante los 180 meses (15 años) inmediatamente anteriores a la jubilación. Estas bases aparecen en la nómina bajo el epígrafe de "Base de cotización para contingencias comunes".

• Las bases de cotización que corresponden a los últimos 24 meses de trabajo se toman por su valor original.

• Los datos de los 13 primeros años -los más antiguos de los 15- se actualizan conforme al IPC. Esta actualización hay que realizarla partiendo del mes 25, es decir, el último de los primeros trece años. Para ello, se busca en la tabla de índices de precios al consumo, que facilita el Instituto Nacional de Estadística, el correspondiente a ese mes. La cuantía del mes 25 se divide por el índice que corresponda, y después por el índice correspondiente a cada uno de los restantes meses que entran en el cálculo.

• Si existen meses en los que no se hubiera cotizado, las bases correspondientes a estas lagunas serán las bases mínimas de cotización establecidas anualmente para los mayores de 18 años. Si, por el contrario, la laguna es debida a incumplimientos empresariales en la obligación de cotizar, se tomará como base el promedio de los salarios que correspondan al trabajador, según categoría o grupo y sector.

• La base reguladora será el cociente que resulte de dividir por 210 las bases de cotización del interesado de esos 180 meses inmediatamente anteriores a la jubilación. La cifra de 210 representa las 14 pagas anuales que otorga la Seguridad Social al pensionista cada año.

Para hacer los cálculos de manera sencilla puedes utilizar los programas de autocálculo que existen en la web de la Seguridad Social y en www.plusesmas.com. Se trata de programas fáciles en los que solo hay que introducir los datos personales.

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