Darse de baja en telefonía móvil

Darse de baja en telefonía móvil

Darse de baja en telefonía móvil

No hay excepciones. Todos los usuarios tienen derecho a resolver en cualquier momento su contrato con el operador, pero es necesario avisar con quince días de antelación.

En los contratos firmados con los operadores de telefonía móvil figura el derecho del usuario a darse de baja en el mismo, así como las causas posibles de extinción. Por ello, si usted se quiere dar de baja, debe hacerlo de la forma prevista en el contrato, el que figurarán también el teléfono de atención al público, la dirección electrónica y la página web del operador, así como la dirección postal de la oficina comercial y del departamento de atención al cliente.

Si el operador establece en ese contrato que la baja puede tramitarse telefónicamente, está obligado a facilitar un número de referencia que permitirá al abonado verificar el día de la solicitud de baja y tener constancia de la misma. Asimismo, el abonado podrá exigir que se le remita un documento que permita acreditar que ha solicitado la baja.

Período mínimo de permanencia

Si al intentar darse de baja, el operador le advierte de la existencia de una cláusula de permanencia en el contrato suscrito, debe saber que este hecho no impide ejercer el derecho a darse de baja antes de que finalice, con independencia de que la baja pueda conllevar otro tipo de efectos, como podría ser la pérdida de ventajas u ofertas vinculadas a la permanencia.

Es decir, si el abonado se da de baja no se le puede penalizar por ello, pero sí se le puede exigir el pago de las ventajas que haya tenido precisamente por haberse comprometido a un período mínimo que ahora sí se incumpliría.

Si, pese a la baja recibe algún recibo, compruebe que se ha dado de baja de acuerdo con el medio que especifica el operador en el contrato. Si no lo sabe, póngase en contacto telefónico con su operador y pregúntelo.

En segundo lugar, compruebe si dispone de justificación de haber solicitada la baja. En caso de haber solicitado la baja por vía telefónica, la justificación vendrá del número de referencia que el operador debe haberle comunicado. Si la baja se solicitó por correo o fax, bastará con el acuse de recibo o el reporte.

Si según lo dicho ha solicitado la baja correctamente y dispone de justificación para acreditarlo, requiera a su operador para que deje de facturarle y, en su caso, anule las facturas incorrectas.

Si el operador no actúa correctamente, puede presentar una reclamación

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