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	<title><![CDATA[ Plusesmas.com :: Últimas noticias - Testamento ]]></title>
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		<description>Portal para mayores de 50 años: salud, jubilación, herencia, nostalgia - Reinventar la vida.</description>
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			<title><![CDATA[ Plusesmas.com :: La web que te ayuda a reinventar la vida ]]></title>
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	<item>
		<title><![CDATA[ Desheredar a un hijo en España. Los cambios de sensibilidad judicial ]]></title>
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		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Thu, 02 Apr 2026 10:22:23 +0200</pubDate>
		<description><![CDATA[ Hemos hablado con Eduardo Ezpondaburu, asesor legal especializado en herencias complicadas, para entender qué está cambiando de verdad y qué sigue siendo un mito. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p class="MsoNormal"><strong>Desheredar a un hijo </strong>es posible, pero no es una “frase contundente” en el testamento; es una decisión jurídica que debe apoyarse en una causa legal y, sobre todo, en pruebas sólidas, porque si el hijo impugna, el conflicto no se gana con indignación, se gana con hechos.</p>
<p class="MsoNormal">Hasta hace poco, para muchas familias la herencia parecía una autopista con peaje fijo, porque pasara lo que pasara, los hijos “siempre cobraban”. Pero algo se está moviendo. No ha cambiado el Código Civil, sí el clima judicial. Y esa combinación está abriendo una puerta incómoda: desheredar a un hijo ya no es tan difícil.</p>
<h2 class="MsoNormal">No se ha tocado la ley, pero sí la mirada</h2>
<p class="MsoNormal">La noticia que recorre despachos es que los tribunales están empezando a interpretar de forma más amplia los supuestos que pueden <strong>justificar una <a title="motivos para desheredar a un hijo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/expertos_en_herencia_responden/motivos_legales_por_lo_que_se_puede_desheredar_a_un_hijo/3475.html">desheredación</a></strong><a title="motivos para desheredar a un hijo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/expertos_en_herencia_responden/motivos_legales_por_lo_que_se_puede_desheredar_a_un_hijo/3475.html"> </a>cuando hay <strong>abandono emocional</strong> o <strong>maltrato psicológico</strong> hacia personas mayores. Esta idea aparece de forma clara en la cobertura reciente sobre el tema, que subraya que el Código Civil no se ha modificado, pero la “sensibilidad” judicial sí se ha movido.</p>
<p class="MsoNormal">Aquí es donde el tema se vuelve ligeramente inquietante, porque la <strong>herencia</strong> ya no se discute solo en términos de dinero, sino de vínculo. Y la pregunta que empieza a flotar es: <em>si un hijo desaparece durante años, ¿puede heredar como si nada hubiera pasado?</em></p>
<h2 class="MsoNormal"><strong>La legítima, el muro que sigue en pie </strong></h2>
<p class="MsoNormal">Para entender por qué <a title="qué tengo que hacer para desheredar a un hijo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/expertos_en_herencia_responden/que_tengo_que_hacer_para_desheredar_a_un_hijo/3509.html"><strong>desheredar a un hijo</strong> </a>era “misión imposible” en el imaginario colectivo, hay que hablar de la <strong>legítima</strong>. El sistema sucesorio español reserva una parte del patrimonio a los <strong>herederos forzosos</strong>, limitando la libertad de testar. El propio Código Civil define la legítima como la porción de bienes de la que el testador no puede disponer libremente por estar reservada a determinados herederos.</p>
<p class="MsoNormal">En términos divulgativos y habituales, se explica la <strong>herencia en tres tercios</strong>: <strong>legítima, mejora y libre disposición</strong>. Ese esquema —tan repetido— sigue siendo clave: aunque quieras dejarlo todo a quien te ha cuidado, la legítima no se evapora por una mala relación.</p>
<p class="MsoNormal">Y aquí llega el matiz, porque la legítima es un muro, sí, pero no es indestructible. Solo cae si existe <strong>una causa legal</strong> y se acredita.</p>
<h2 class="MsoNormal"><strong>El maltrato ya no es solo un golpe</strong></h2>
<p class="MsoNormal">El punto de inflexión jurídico (el que explica por qué ahora se habla más del tema) está en la evolución de la jurisprudencia sobre el <strong>maltrato psicológico</strong> como <a title="desheredar a un hijo" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/desheredar-a-un-hijo-por-no-tener-relacion/"><strong>causa de desheredación</strong></a>. El artículo 853 del Código Civil recoge como justa causa para desheredar a hijos y descendientes “haberle maltratado de obra o injuriado gravemente de palabra”.</p>
<p class="MsoNormal">Lo que han hecho los tribunales en los últimos años es ensanchar la interpretación de ese “maltrato de obra” para incluir conductas que lesionan la salud mental del testador, como el <strong>maltrato psíquico reiterado o el abandono grave</strong>, cuando está acreditado. Esto se ha explicado con claridad en análisis jurídicos que citan sentencias del Tribunal Supremo (por ejemplo, 258/2014 y 59/2015) y posteriores resoluciones que consolidan una lectura más flexible del 853.2.</p>
<p class="MsoNormal">De hecho, el propio Poder Judicial difundió en 2014 una nota de prensa con un mensaje rotundo: el Supremo consideró que el <a title="maltrato psicológico" href="https://www.plusesmas.com/cuidador-familiar/dignidad-y-libertad/el-maltrato-a-las-personas-mayores-proteccion-deteccion-y-actuacion/">maltrato psicológico</a> puede ser causa para desheredar.</p>
<p class="MsoNormal">La justicia está empezando a decir en voz alta algo que muchas familias ya intuían en silencio: <strong>la ausencia total de cuidado también puede ser una forma de violencia</strong>, si causa un daño real y es imputable a quien abandona.</p>
<h2 class="MsoNormal"><strong>Para desheredar hay que probar</strong></h2>
<p class="MsoNormal">Aquí se cae el mito más peligroso. <strong>Desheredar a un hijo</strong> no es redactar una frase dura en el testamento y listo. Si el hijo impugna, hay que <strong>probar</strong> la causa.</p>
<p class="MsoNormal">Y el Código Civil no deja mucho margen, cuando el desheredado niega la veracidad, <strong>la carga de la prueba recae en los herederos</strong>. Esto se recuerda incluso en resoluciones publicadas en el BOE al tratar casos de desheredación y su litigiosidad.</p>
<p class="MsoNormal">¿Qué tipo de pruebas suelen ser útiles? Documentación sanitaria que refleje impacto psicológico, informes de servicios sociales, testimonios consistentes, comunicaciones, situaciones de desatención acreditable, y, en general, cualquier elemento que ayude a demostrar una ruptura grave imputable al desheredado. La clave es que no baste con “me hizo daño”, hay que sostenerlo con hechos.</p>
<p class="MsoNormal">Y esto introduce una duda incómoda porque, <em>¿cuántas familias guardan pruebas de un abandono…?</em></p>
<h2 class="MsoNormal"><strong>Un país más mayor, un conflicto más frecuente</strong></h2>
<p class="MsoNormal">Este debate nace porque España envejece y, con ello, cambian las necesidades y las tensiones familiares. Un informe de referencia sobre indicadores de <a title="a qué edad nos hacemos viejos" href="https://www.plusesmas.com/salud/a-que-edad-dice-la-ciencia-que-nos-convertimos-en-viejos/"><strong>envejecimiento</strong> </a>situaba en 2025 a España con <strong>9.928.368 personas de 65 años o más</strong>, el <strong>20,4%</strong> de la población.</p>
<p class="MsoNormal">En una sociedad con más longevidad, la herencia deja de ser solo “lo que se reparte” y pasa a ser también “lo que se necesita para cuidarse”. Hay mayores que sienten que la ley les obliga a reservar patrimonio para quien no estuvo, mientras ellos afrontan cuidados, soledad o <strong>dependencia</strong>. Esa tensión —más social que jurídica— es el combustible del debate.</p>
<h2 class="MsoNormal"><strong>¿Hay que decirle al hijo que está desheredado?</strong></h2>
<p class="MsoNormal">El <strong>testamento</strong> es un acto personal y, en la práctica, <strong>no es obligatorio comunicarlo</strong> en vida. El contenido se conoce tras el fallecimiento, y será entonces cuando el afectado pueda aceptar o impugnar.</p>
<p class="MsoNormal">Editorialmente, esto tiene dos lecturas. Una, protectora: evita conflictos en vida y presiones. Otra, inquietante: convierte el duelo en un campo de batalla judicial si la situación estalla después.</p>
<h2 class="MsoNormal"><strong>La gran pregunta que queda en el aire</strong></h2>
<p class="MsoNormal">El <strong>derecho sucesorio español</strong> nació para proteger una idea de familia estable, con vínculos fuertes y solidaridad intergeneracional. Pero la realidad de 2026 tiene grietas: relaciones rotas, cuidados desiguales, y mayores que llegan a edades muy avanzadas con necesidades reales y a veces con una sensación amarga de abandono.</p>
<p class="MsoNormal">Por eso el debate sobre <strong>desheredar a un hijo</strong> no va solo de “castigo” o “venganza” (aunque haya casos contaminados por emociones). Va de algo más serio: <strong>qué entiende la sociedad por responsabilidad familiar</strong> y qué consecuencias tiene romper ese lazo durante años cuando llega la vejez.</p>
<p class="MsoNormal">Y quizá la reflexión es: si los jueces “levantan la mano” ante el maltrato psicológico y el abandono grave, ¿estamos ante un avance en dignidad… o ante el síntoma de que cada vez hay más familias que se rompen por dentro?</p>
<p class="MsoNormal"><strong> </strong></p>
<h2 class="MsoNormal"><strong>Bibliografía y fuentes consultadas</strong></h2>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;"><a title="eduardo Ezpondaburu" href="https://ezpondaburuabogado.es/"><strong data-start="8028" data-end="8051">Eduardo Ezpondaburu:</strong></a> Abogado especializado en herencias complejas y derecho sucesorio. </li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">Código Civil (BOE): artículo 853 (causas para desheredar a hijos y descendientes).</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">BOE (resoluciones que recuerdan carga de la prueba; referencia al art. 850 CC).</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">CGPJ / Poder Judicial (nota de prensa sobre maltrato psicológico como causa para desheredar).</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">Análisis jurídico y jurisprudencia sobre maltrato psicológico y abandono emocional (referencias a STS 258/2014, STS 59/2015 y evolución posterior).</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">CSIC – “Perfil de las Personas Mayores en España 2025” (indicadores demográficos).</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"> </p> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Puedo dejar la herencia a mi mascota? Lo que realmente puedes hacer en España ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/puedo-dejar-la-herencia-a-mi-mascota-lo-que-realmente-puedes-hacer-en-espana/</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Mon, 02 Mar 2026 11:12:58 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Hay personas para las que su mascota es su familiar más cercano. Y, claro, aparece la idea: “le dejo mi casa, mi dinero, todo”. En España esa escena no funciona tal cual. Pero sí existen fórmulas legales bastante eficaces para que tu perro, tu loro, o tu gato no quede a merced de prisas, discusiones o improvisaciones. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2 class="MsoNormal">La idea que engancha y el choque con la realidad jurídica</h2>
<p class="MsoNormal">Si tu mascota es quien más ha estado a tu lado, ¿por qué no podría “heredar”? Porque en el imaginario colectivo, <a title="orden para heredar" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/cual_es_el_orden_para_heredar_si_no_hay_testamento/1723.html">heredar </a>significa asegurar el futuro de alguien. Y tú, lo que quieres, es asegurarle futuro a tu animal.</p>
<p class="MsoNormal">Pero el <strong>Derecho español</strong> lo deja claro: <strong>una mascota no puede ser heredera</strong>. No es un capricho reciente, sino que el sistema sucesorio está pensado para <strong>personas</strong> (y entidades) con capacidad jurídica, no para animales. Dicho de otra manera, tu perro no puede ir al registro ni firmar nada, ni ser titular directo de bienes.</p>
<p class="MsoNormal">Ahora bien, aquí viene lo interesante, y lo que muchas películas se saltan: <strong>sí puedes proteger a tu mascota, pero no “a su nombre”, sino a través de una persona o entidad encargada de cuidarla</strong>, y con recursos vinculados a ese cuidado. Es una diferencia técnica, pero lo cambia todo.</p>
<h2 class="MsoNormal">“Pero si ahora los animales ya no son ‘cosas’…”</h2>
<p class="MsoNormal">Desde la reforma introducida por la <strong>Ley 17/2021</strong>, el Código Civil recoge expresamente que los animales son <strong>“seres vivos dotados de sensibilidad”</strong> (art. 333 bis). Esto no convierte a tu mascota en heredera, pero sí cambia el marco. Ya no se trata como un objeto cualquiera y, en conflictos, se refuerza la idea de actuar pensando en su bienestar.</p>
<p class="MsoNormal">Este matiz es importante porque explica por qué hoy se habla más de estas cuestiones. La ley está empujando a la <strong>tenencia responsable</strong> y a la protección real del animal (también en escenarios de ruptura, abandono o fallecimiento).</p>
<h2 class="MsoNormal">Si no dejas nada escrito, la ley no “adivina” tus intenciones</h2>
<p class="MsoNormal">Aquí llega la parte que conviene decir sin dramatismos, pero sin azúcar: si no dejas instrucciones, tu mascota entra en el terreno del “a ver qué pasa”.</p>
<p class="MsoNormal">El Código Civil incluye un artículo específico, el 914 bis, para el caso de <strong>que el fallecido no haya dejado disposición testamentaria</strong> sobre su animal de compañía. En resumen:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">El animal se entrega a <strong><a title="preguntas frecuentes sobre herencias" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/preguntas_frecuentes_sobre_herencias_y_testamento/1755.html">herederos o legatarios </a>que lo reclamen</strong>.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">Si hay varios reclamantes y no hay acuerdo, puede decidir la <strong>autoridad judicial</strong> atendiendo al <strong>bienestar del animal</strong>.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">Si nadie quiere hacerse cargo, el órgano administrativo competente puede <strong>cederlo a un tercero</strong> para su cuidado y protección.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">Esto suena razonable sobre el papel. El problema es el “mientras tanto”: tiempos, logística, y —cuando hay familia— conversaciones que a veces se enredan justo en el peor momento. Y tu mascota, mientras, necesita algo muy básico: estabilidad.</p>
<h2 class="MsoNormal">La solución no es la “herencia a tu mascota”, sino “plan legal para tu mascota”</h2>
<p class="MsoNormal">Aquí es donde conviene bajar a tierra. Lo más eficaz suele ser una mezcla de tres cosas:</p>
<h3 class="MsoNormal">1) Nombrar un cuidador en el testamento, y un suplente</h3>
<p class="MsoNormal">El primer paso es <strong>dejar por escrito quién quieres que se haga cargo</strong>. No “quién crees que lo hará”, sino quién quieres que lo haga. Y añadir un <strong>suplente</strong> es casi obligatorio en la vida real porque hay gente que se muda, que enferma, que no puede asumirlo, que cambia de circunstancias.</p>
<p class="MsoNormal">El Consejo General del Notariado lo explica con claridad: el dueño puede dejar recogido en <a title="testamento" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/que-hay-que-tener-en-cuenta-al-hacer-testamento/">testamento </a>quién quiere que se ocupe del animal cuando fallezca.</p>
<h3 class="MsoNormal">2) Vincular recursos al cuidado</h3>
<p class="MsoNormal">Aquí está el punto “controvertido, pero sensato”. A muchas personas les incomoda decirlo, pero cuidarlo cuesta. Por eso existe una fórmula muy usada, que es dejar un <strong>legado</strong> (dinero o un bien) <strong>condicionado</strong> a que la persona se haga cargo de la mascota y la cuide.</p>
<p class="MsoNormal">No estás “comprando” afecto. Estás poniendo medios para que el compromiso sea viable, y reduciendo el riesgo de que la decisión se tome con el bolsillo.</p>
<p class="MsoNormal">Además, es posible designar a alguien para <strong>administrar parte del legado</strong> y destinarlo al cuidado del animal, lo que actúa como una especie de control si te preocupa que el dinero no se use para ese fin.</p>
<h3 class="MsoNormal">3) Pautas prácticas para evitar el caos</h3>
<p class="MsoNormal">No hace falta escribir un manual, pero sí una hoja útil. Piensa en esto como “la versión de emergencia” de tu rutina:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Veterinario habitual y teléfonos</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Medicación, dosis y horarios (si aplica)</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Alimentación (marca/cantidad/intolerancias)</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Carácter y miedos (ruidos, niños, otros animales)</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Rutina básica (paseos, higiene)</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Dónde están cartilla/pasaporte/transportín/correa</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">Esta hoja no es un trámite legal, pero es la diferencia entre una transición más suave y un cambio brusco.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Y si no tienes a nadie claro?</h2>
<p class="MsoNormal">Aquí, el debate se vuelve práctico, ya que hay personas sin familia cercana, con hijos lejos o con un círculo que no puede asumir animales. Y, aun así, la mascota existe.</p>
<p class="MsoNormal">Opciones razonables en España:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Amigo/vecino/cuidador habitual</strong>: si ya ha cuidado de tu mascota alguna vez, suele ser mejor candidato que el familiar que “la quiere mucho” pero no convive con animales.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Una entidad/protectora como última vía</strong>, pero con un matiz clave: conviene <strong>hablarlo antes</strong>. Muchas entidades no pueden prometer acogidas indefinidas sin un acuerdo y sin recursos.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Dejar un plan escalonado</strong>: “primero X; si X no puede, Y; si Y no puede, entidad Z”.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">La clave es no dejarlo en un solo nombre, porque la vida real tiene imprevistos.</p>
<h2 class="MsoNormal">Bienestar animal y responsabilidades</h2>
<p class="MsoNormal">La normativa estatal de bienestar animal (Ley 7/2023) refuerza el enfoque de <strong>protección y tenencia responsable</strong>, y pone el abandono en el centro del problema social que se quiere combatir. No es el núcleo del testamento, pero sí el contexto: hoy la protección animal es un asunto más regulado y más serio que hace unos años.</p>
<h2 class="MsoNormal">Querer no basta si no lo dejas hecho</h2>
<p class="MsoNormal">Aquí está la mezcla entre lo humano y lo legal. Tú puedes querer muchísimo a tu mascota, pero si no dejas un plan, el día que faltes el mundo seguirá funcionando con prisas, papeles y decisiones de terceros.</p>
<p class="MsoNormal">La pregunta “¿puedo dejar la herencia a mi mascota?” tiene una respuesta corta: <strong>no directamente</strong>. Pero la pregunta importante —la que sí tiene solución— es otra: <strong>¿puedo dejarle un hogar, cuidados y recursos garantizados?</strong><br />Ahí la respuesta es sí, y suele depender de que lo escribas bien. No olvides el cuidador, suplente, legado condicionado y una hoja práctica de cuidados.</p>
<h2 class="MsoNormal">Bibliografía y fuentes</h2>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>BOE – Ley 17/2021</strong> <span style="mso-spacerun: yes;"> </span></li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Código Civil – art. 914 bis</strong></li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Consejo General del Notariado </strong>– Orientación sobre cómo proteger a una mascota en testamento</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>BOE – Ley 7/2023</strong>, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (marco general de protección, tenencia responsable y lucha contra el abandono).</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"> </p> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Qué es el testamento notarial cerrado? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_cerrado/1807.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_cerrado/1807.html#comments</comments>
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		<pubDate>Wed, 22 Jan 2025 14:30:58 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Se trata de un sistema poco utilizado que tiene dos ventajas: el carácter secreto del contenido, puesto que ni quiera el notario lo conoce, y que, de ser depositado en la notaría, resulta imposible de destruir o hacer desaparecer. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2 class="MsoNormal">Qué es el testamento notarial cerrado</h2>
<p class="MsoNormal">El <a title="qué se necesita para hacer testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html"><strong>testamento</strong> </a>es una herramienta fundamental para garantizar que nuestros bienes se distribuyan conforme a nuestras <strong>últimas voluntades</strong> tras el fallecimiento. En España, existen distintas <a title="tipos de testamento" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/tipos-de-testamentos-cual-es-el-mas-frecuente/">modalidades de testamento</a>, y una de las menos conocidas, pero igualmente válidas, es el <strong>testamento notarial cerrado</strong>. Este tipo de testamento destaca por combinar la privacidad de su contenido con la seguridad jurídica que aporta la intervención notarial. Te contamos qué es el <strong>testamento notarial cerrado</strong>, cómo se realiza, sus ventajas, desventajas y su comparación con otras modalidades testamentarias.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué es el testamento notarial cerrado?</h2>
<p class="MsoNormal">El <strong>testamento notarial cerrado</strong> es una modalidad de testamento en la que el testador redacta sus últimas voluntades de <strong>forma privada</strong>, sin que el notario conozca el contenido exacto del documento. Este se entrega al notario en un <strong>sobre cerrado</strong>, quien certifica la autenticidad del acto y asegura su validez legal.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>Características principales:</strong></p>
<p><strong>1. Privacidad del contenido:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l5 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">El testador mantiene la <strong>confidencialidad </strong>de sus disposiciones, ya que el notario no lee ni conoce el contenido del testamento.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>2. Formalidad jurídica:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l5 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Aunque el notario no interviene en la redacción del testamento, sí supervisa el acto, garantizando que se cumplan los requisitos legales.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>3. Custodia segura:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l5 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">El testamento cerrado queda registrado en el <strong>Registro General de Actos de Última Voluntad</strong>, lo que facilita su localización tras el fallecimiento del testador.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Requisitos legales del testamento notarial cerrado</h2>
<p class="MsoNormal">El <strong>testamento notarial cerrado</strong> está regulado por el <strong>Código Civil español</strong> y debe cumplir con los siguientes requisitos:</p>
<p><strong>Redacción del testamento:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level2 lfo2; tab-stops: list 72.0pt;">El testador redacta el documento de forma clara y precisa, a mano o mecanografiado.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level2 lfo2; tab-stops: list 72.0pt;">Debe estar firmado por el testador en cada página y al final del documento.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>Entrega al notario:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level2 lfo2; tab-stops: list 72.0pt;">El testador presenta el testamento al notario en un sobre cerrado, declarando que contiene sus últimas voluntades.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>Certificación notarial:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level2 lfo2; tab-stops: list 72.0pt;">El notario certifica el acto mediante una diligencia en el sobre que contiene el <a title="cosas que debes saber sobre los testamentos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/10-cosas-que-debes-saber-sobre-los-testamentos/">testamento</a>. Esta certificación incluye la fecha y la identificación del testador.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>Capacidad del testador:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level2 lfo2; tab-stops: list 72.0pt;">El testador debe ser mayor de 14 años (12 en Cataluña) y estar en pleno uso de sus facultades mentales.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>Registro oficial:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level2 lfo2; tab-stops: list 72.0pt;">El notario inscribe el testamento en el Registro General de Actos de Última Voluntad.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Cómo se realiza un testamento notarial cerrado</h2>
<p class="MsoNormal">El procedimiento para otorgar un <strong>testamento notarial cerrado</strong> es sencillo y se divide en varios pasos:</p>
<h3 class="MsoNormal">1. Redacción del testamento</h3>
<p class="MsoNormal">El testador redacta sus <strong>disposiciones testamentarias</strong> en un documento que debe cumplir con las siguientes características:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;">Especificar claramente cómo se repartirán los bienes.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;">Incluir la fecha de redacción.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;">Firmar cada página para evitar posibles manipulaciones.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">2. Preparación del sobre cerrado</h3>
<p class="MsoNormal">El documento se introduce en un sobre que el testador sellará antes de entregarlo al notario. Este paso garantiza la confidencialidad del contenido.</p>
<h3 class="MsoNormal">3. Comparecencia ante el notario</h3>
<p class="MsoNormal">El testador acude al notario con el sobre cerrado y su documento de identidad. En presencia del notario:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;">Declara que el sobre contiene su testamento.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;">Firma la diligencia que el notario redacta para certificar el acto.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">4. Registro del testamento</h3>
<p class="MsoNormal">El notario registra el testamento en el <strong>Registro General de Actos de Última Voluntad</strong>, asegurando que se pueda localizar tras el fallecimiento del testador.</p>
<h2 class="MsoNormal">Ventajas del testamento notarial cerrado</h2>
<p class="MsoNormal">El <strong>testamento notarial cerrado</strong> ofrece una combinación única de privacidad y seguridad jurídica. Entre sus principales ventajas destacan:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Confidencialidad:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level2 lfo5; tab-stops: list 72.0pt;">El contenido del testamento permanece en secreto hasta que se abre tras el fallecimiento del testador.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Validez legal:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level2 lfo5; tab-stops: list 72.0pt;">La intervención notarial garantiza que el testamento cumple con las disposiciones legales, reduciendo el <a title="puede anularse un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puede_anularse_el_testamento/1262.html">riesgo de impugnación</a>.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Flexibilidad:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level2 lfo5; tab-stops: list 72.0pt;">Permite que el testador redacte sus disposiciones libremente, sin la intervención directa del notario.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Registro oficial:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level2 lfo5; tab-stops: list 72.0pt;">Al estar inscrito en el Registro de Actos de Última Voluntad, se asegura su localización y custodia.</li>
</ul>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Desventajas del testamento notarial cerrado</h2>
<p class="MsoNormal">A pesar de sus beneficios, esta modalidad testamentaria también presenta algunas desventajas que deben ser consideradas:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Riesgo de errores:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level2 lfo6; tab-stops: list 72.0pt;">Dado que el notario no revisa el contenido del testamento, existe un mayor riesgo de que contenga errores o disposiciones ambiguas.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Apertura judicial:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level2 lfo6; tab-stops: list 72.0pt;">Tras el fallecimiento del testador, es necesario un proceso judicial para abrir el testamento, lo que puede retrasar la ejecución de las disposiciones.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Coste adicional:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level2 lfo6; tab-stops: list 72.0pt;">Aunque el coste del acto notarial es similar al del testamento abierto, los gastos derivados del proceso de apertura judicial pueden incrementarse.</li>
</ul>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Diferencias entre el testamento notarial cerrado y otras modalidades</h2>
<p class="MsoNormal">En España, existen varios<strong> tipos de testamentos</strong>, cada uno con características específicas. A continuación, una comparación con los más comunes:</p>
<p class="MsoNormal">1.<strong> </strong><a title="testamento abierto" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html">Testamento notarial abierto</a></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Contenido conocido:</strong> El notario conoce y redacta las disposiciones testamentarias.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Mayor seguridad jurídica:</strong> Al estar supervisado por el notario, se minimizan los errores.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Menor privacidad:</strong> El contenido del testamento no es confidencial.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">2. <a title="testamento ológrafo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html">Testamento ológrafo</a></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Económico:</strong> No requiere intervención notarial en su redacción.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Mayor riesgo de nulidad:</strong> Si no cumple con los requisitos legales, puede ser impugnado.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Validación judicial:</strong> Necesita ser validado tras el fallecimiento.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>3. Testamentos especiales</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo9; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Para situaciones excepcionales:</strong> Como el testamento marítimo, militar o en peligro de muerte.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo9; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Validez limitada:</strong> Su duración y aplicación están condicionadas por las circunstancias.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">¿Cuánto cuesta un testamento notarial cerrado?</h2>
<p class="MsoNormal">El coste de otorgar un testamento notarial cerrado en España depende principalmente de los honorarios del notario y de los trámites administrativos. En 2025, los precios aproximados son los siguientes:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Honorarios notariales:</strong> Entre <strong>50 y 100 euros</strong>, dependiendo de la complejidad del acto.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Registro de Actos de Última Voluntad:</strong> Este trámite está incluido en los honorarios notariales.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Apertura judicial tras el fallecimiento:</strong> Los costes adicionales de este proceso pueden oscilar entre <strong>300 y 1.000 euros</strong>, según la complejidad.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Preguntas frecuentes sobre el testamento notarial cerrado</h2>
<h3 class="MsoNormal">¿Es obligatorio hacer un testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">No, pero es recomendable para evitar conflictos familiares y garantizar que los bienes se distribuyan conforme a los deseos del fallecido.</p>
<p class="MsoNormal">Aquí te contamos <a title="Qué ocurre sino hay testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html">qué ocurre si no hay testamento.</a></p>
<h3 class="MsoNormal">¿Cuándo se abre el testamento cerrado?</h3>
<p class="MsoNormal">El testamento cerrado se abre tras el fallecimiento del testador, mediante un procedimiento judicial que verifica su autenticidad.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Qué pasa si el testamento cerrado tiene errores?</h3>
<p class="MsoNormal">Si el contenido del testamento es ambiguo o no cumple con los requisitos legales, puede ser <strong>impugnado </strong>o incluso declarado nulo.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Puedo modificar un testamento cerrado?</h3>
<p class="MsoNormal">Sí, el testador puede otorgar un <a title="puedo cambiar mi testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puedo_cambiar_el_testamento/1823.html">nuevo testamento </a>que anulará automáticamente el anterior.</p>
<p class="MsoNormal">El <strong>testamento notarial cerrado</strong> es una opción válida y segura para quienes desean mantener la confidencialidad de sus últimas voluntades, sin renunciar a la seguridad jurídica que ofrece la intervención notarial. Aunque presenta algunas desventajas, como el proceso de apertura judicial, su combinación de privacidad y formalidad lo convierte en una alternativa interesante dentro de las modalidades testamentarias en España. Sea cual sea la elección, lo importante es garantizar que las disposiciones testamentarias reflejen fielmente los deseos del testador y estén protegidas por la ley.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/1000/1367.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Qué es el testamento notarial abierto? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html#comments</comments>
		<guid isPermaLink="true">https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html</guid>
		<pubDate>Wed, 22 Jan 2025 10:51:24 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ El testamento notarial abierto es el más utilizado en España por su seguridad jurídica y facilidad de tramitación. Este documento, redactado y supervisado por un notario, garantiza que las últimas voluntades del testador se cumplan de forma clara y legal. Descubre sus ventajas y proceso. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p class="MsoNormal">El <a title="preguntas frecuentes sobre herencias y testamentos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/preguntas_frecuentes_sobre_herencias_y_testamento/1755.html"><strong>testamento</strong> </a>es uno de los documentos más importantes en la planificación personal y patrimonial, ya que garantiza que los bienes de una persona se distribuyan según su voluntad tras su fallecimiento. En España, existen varias <a title="tipos de testamento" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/tipos-de-testamentos-cual-es-el-mas-frecuente/">modalidades de testamento</a>, siendo el <strong>testamento notarial abierto</strong> el más utilizado por su seguridad jurídica y facilidad de tramitación. Te contamos <strong>qué es el testamento notarial abierto</strong>, sus características principales y cómo se compara con otras formas de testamento reconocidas por la ley.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué es un testamento notarial abierto?</h2>
<p class="MsoNormal">El <strong>testamento abierto</strong> es una modalidad de testamento en la que el testador manifiesta su voluntad de manera clara y directa ante un notario. Este se encarga de redactar el documento, garantizando que cumpla con todas las disposiciones legales y refleje fielmente los deseos del testador.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>Características principales:</strong></p>
<p><strong>1. Intervención del notario:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">El notario asesora al testador, verifica su capacidad legal y redacta el testamento para evitar ambigüedades o errores legales.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>2. Transparencia:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">El contenido del testamento es conocido por el notario, quien certifica que las disposiciones cumplen con la ley.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>3. Registro oficial:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Una copia autorizada del testamento se inscribe en el <strong>Registro General de Actos de Última Voluntad</strong>, lo que facilita su localización tras el fallecimiento del testador.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>4. Protección legal:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Es <a title="puede anularse un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puede_anularse_el_testamento/1262.html">difícil de impugnar,</a> ya que la intervención notarial garantiza que el testador estaba en pleno uso de sus facultades y que el documento cumple con la normativa vigente.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">Ventajas del testamento notarial abierto:</h3>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Seguridad jurídica:</strong> Al estar supervisado por un notario, se minimizan los riesgos de nulidad.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Asesoramiento profesional:</strong> El notario ofrece orientación sobre cómo estructurar el testamento y cumplir con las leyes, como las relacionadas con la legítima.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Facilidad de acceso:</strong> Al estar registrado oficialmente, los herederos pueden localizarlo fácilmente tras el fallecimiento.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">Inconvenientes:</h3>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Coste:</strong> Aunque es accesible, tiene un costo superior al de un testamento ológrafo.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Menor privacidad:</strong> El notario conoce el contenido del testamento, lo que puede ser una preocupación para algunas personas.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Cómo se realiza un testamento notarial abierto</h2>
<p class="MsoNormal">El proceso para<a title="cómo hacer un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html"> redactar <strong>un testamento notarial abierto</strong></a> es sencillo y está regulado por el Código Civil español. A continuación, los pasos básicos:</p>
<p><strong>1. Preparación previa:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">El testador debe tener claras sus disposiciones testamentarias, como la distribución de bienes y la designación de herederos.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">Es recomendable llevar un inventario de bienes y, si es necesario, asesorarse previamente con un abogado.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>2. Cita con el notario:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">El testador acude al notario con su documento de identidad y, si aplica, otros documentos relevantes (por ejemplo, escrituras de propiedades).</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>3. Declaración de voluntad:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">El testador expone verbalmente sus deseos al notario, quien redacta el testamento de forma clara y conforme a la ley.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>4. Lectura y firma:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">El notario lee el testamento en voz alta para confirmar que refleja fielmente la voluntad del testador.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">El testador lo firma, y el notario lo certifica.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<p><strong>5. Registro del testamento:</strong></p>
<ul>
<li style="list-style-type: none;">
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">Una copia del testamento se inscribe en el <strong>Registro General de Actos de Última Voluntad</strong>, garantizando su acceso cuando sea necesario.</li>
</ul>
</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Otros tipos de testamentos en España</h2>
<p class="MsoNormal">Además <strong>del testamento notarial abierto</strong>, en España existen varias modalidades reconocidas legalmente. Cada una tiene características específicas que se adaptan a diferentes circunstancias.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. <a title="testamento cerrado" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_cerrado/1807.html">Testamento cerrado</a></strong></p>
<p class="MsoNormal">El testador redacta o entrega su testamento en un sobre sellado, sin que el notario conozca su contenido. El notario certifica la autenticidad del documento y lo registra.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>Ventajas:</strong> Preserva la privacidad del testador.<br /><strong>Inconvenientes:</strong> Existe un mayor riesgo de errores que puedan invalidar el testamento.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>2. <a title="testamento ológrafo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html">Testamento ológrafo</a></strong></p>
<p class="MsoNormal">Escrito íntegramente a mano por el testador, debe incluir fecha y firma para ser válido. No requiere notario en su redacción, pero debe ser validado judicialmente tras el fallecimiento del testador.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>Ventajas:</strong> Es económico y privado.<br /><strong>Inconvenientes:</strong> Riesgo de nulidad si no cumple con los requisitos legales.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>3. Testamentos especiales</strong></p>
<p class="MsoNormal">Estos se otorgan en situaciones excepcionales:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Testamento militar:</strong> Para miembros de las Fuerzas Armadas en campaña.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Testamento marítimo:</strong> Realizado por personas a bordo de un buque.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Testamento en peligro de muerte:</strong> Para quienes no pueden acudir a un notario por circunstancias extremas.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>Ventajas:</strong> Ofrecen una solución rápida en casos de urgencia.<br /><strong>Inconvenientes:</strong> Su validez suele estar limitada a circunstancias específicas.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué tipo de testamento es mejor?</h2>
<p class="MsoNormal">La elección del testamento adecuado depende de las necesidades y preferencias de cada persona. El <strong>testamento notarial abierto</strong> es el más recomendable en la mayoría de los casos debido a su seguridad jurídica y facilidad de tramitación. Sin embargo, quienes prioricen la privacidad pueden optar por un testamento cerrado, mientras que el testamento ológrafo puede ser útil en situaciones puntuales donde se busca inmediatez y ahorro.</p>
<h2 class="MsoNormal">Preguntas frecuentes sobre el testamento notarial abierto</h2>
<h3 class="MsoNormal">¿Es obligatorio hacer un testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">No, pero es altamente recomendable para evitar conflictos familiares y garantizar que tus bienes se distribuyan según tus deseos.</p>
<p class="MsoNormal">Aquí te dejamos <a title="cosas que deberías saber sobre los testamentos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/10-cosas-que-debes-saber-sobre-los-testamentos/">10 cosas que deberías saber sobre los testamentos.</a></p>
<h3 class="MsoNormal">¿Qué pasa si no hago testamento?</h3>
<p class="MsoNormal"><a title="qué ocurre sino hay testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html">Si no hay testamento</a>, la herencia se reparte según las normas de la sucesión intestada, priorizando a descendientes, cónyuge, ascendientes y otros familiares.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Cuánto cuesta un testamento notarial abierto?</h3>
<p class="MsoNormal">El coste en 2025 varía entre <strong>50 y 80 euros</strong>, dependiendo del notario y la complejidad de las disposiciones.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Puedo modificar mi testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">Sí, puedes <a title="puedo cambiar el testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puedo_cambiar_el_testamento/1823.html">cambiar tu testamento</a> tantas veces como desees. El último testamento válido es el que tendrá efecto tras tu fallecimiento.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>El testamento notarial abierto</strong> es la opción más segura y utilizada en España para garantizar que tus bienes se distribuyan conforme a tus deseos. Su proceso supervisado por un notario, su validez legal y su facilidad de acceso lo convierten en la mejor elección para la mayoría de las personas. Sin embargo, es importante conocer las diferentes modalidades de testamento disponibles para elegir la que mejor se adapte a tus circunstancias. Sea cual sea tu decisión, lo fundamental es asegurarte de que tus últimas voluntades estén claras y protegidas legalmente.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/1000/1366.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ El testamento más frecuente: todo para mi viudo/a ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/el_testamento_mas_frecuente_todo_para_mi_viudo_a/266.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Wed, 22 Jan 2025 10:13:10 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Un matrimonio con hijos desea que, en el caso de fallecimiento de uno de ellos, su pareja pueda seguir disfrutando de la casa y del resto de los bienes mientras viva. Es lo que se denomina el testamento "del uno para el otro y, a falta de los dos, para los hijos". Es el modelo más utilizado por los que acuden a otorgar testamento. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2>El testamento más frecuente</h2>
<p>Es el caso más habitual que se presenta entre los que van a<strong> <a title="cómo hacer testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html">hacer testamento</a></strong>. El matrimonio desea que, cuando uno de ellos falte, su pareja pueda seguir disfrutando de los <strong>bienes</strong> mientras viva. La forma de hacerlo, según el <strong>Consejo General del Notariado</strong>, es legando cada uno y respectivamente el <a title="ceder en usufructo" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/ceder-un-usufructo/">usufructo </a>"universal", es decir, de todo lo que tenía el fallecido, al cónyuge que sobreviva, y nombrando <strong>herederos</strong> por partes iguales a los hijos. No obstante, hay que tener en cuenta que el viudo o viuda recibe como herencia la mitad de los <strong>bienes gananciales</strong>, ya que la otra mitad era ya suya.</p>
<p>De esta forma, existe la seguridad de que mientras viva, cualquiera de los <strong>dos cónyuges</strong> tendrá derecho a vivir en la casa, y utilizar el <strong>patrimonio</strong>, pero que ese patrimonio, cuando los dos falten, pasará a los hijos por partes iguales, incluso aunque el viudo contraiga nuevo matrimonio, porque no es propietario, sino <strong>usufructuario</strong>. Cada uno de los cónyuges ha de otorgar este testamento por separado.</p>
<p>“Con estas sencillas disposiciones –dice el<strong> Consejo General</strong>- se consigue que el marido o la mujer que queden viudos puedan usar y percibir las rentas y frutos del patrimonio de los dos, mientras viva, de modo que por ejemplo tiene derecho a vivir en la casa sin que los hijos puedan negarse a ello. Si existen arrendamientos, percibirá las rentas y, en general, se beneficiará de todo lo que produzcan los bienes que antes eran de los dos, pero en ningún caso podrá vender nada que sea del fallecido, sin que todos los hijos presten su consentimiento. Cuando el viudo fallezca, los hijos recibirán sin ninguna limitación la herencia de los dos padres”.</p>
<p>Aquí tienes <a title="preguntas frecuentes sobre herencias y testamentos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/ceder-un-usufructo/">22 Preguntas frecuentes sobre herencias y testamentos</a>.</p>
<p> </p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/0000/45.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Qué es la conmutación del usufructo del viudo? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_la_conmutacion_del_usufructo_del_viudo/1811.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_la_conmutacion_del_usufructo_del_viudo/1811.html#comments</comments>
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		<pubDate>Tue, 21 Jan 2025 14:46:38 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ En los casos de segundas nupcias o de matrimonios en los que uno de los cónyuges tiene hijos de relaciones anteriores, es frecuente que se planteen problemas con el usufructo del viudo/a y los derechos de los hijos, nudos propietarios de los bienes. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p class="MsoNormal"><strong>La conmutación del usufructo del viudo</strong> es un concepto fundamental en el derecho sucesorio español. Este mecanismo permite modificar <strong>o sustituir el usufructo vitalicio</strong> que corresponde al cónyuge viudo en una herencia por otros bienes o derechos equivalentes. Aunque es un término jurídico, afecta a muchas familias, ya que regula cómo se distribuyen los bienes entre los herederos y el cónyuge sobreviviente. Te contamos qué es, cómo funciona, cuándo se aplica y las implicaciones legales y económicas de este procedimiento en España.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué es el usufructo del viudo?</h2>
<p class="MsoNormal">En el contexto de una herencia, el <a title="que es el usufructo del viudo" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/derechos-del-conyuge-viudo-sin-hijos-con-y-sin-testamento/">usufructo del viudo </a>es el derecho que tiene el cónyuge sobreviviente a usar y disfrutar de ciertos bienes del patrimonio del fallecido, sin ser propietario de ellos. Este derecho está protegido por la ley como una forma de garantizar que el viudo o viuda no quede desamparado tras la muerte de su pareja.</p>
<h2 class="MsoNormal">Principales características del usufructo del viudo:</h2>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal"><strong>Vitalicio:</strong> En la mayoría de los casos, dura toda la vida del cónyuge sobreviviente.</li>
<li class="MsoNormal"><strong>No incluye la propiedad:</strong> El usufructuario puede usar los bienes y percibir los frutos (como alquileres), pero no puede venderlos ni hipotecarlos sin el consentimiento de los propietarios (nudos propietarios).</li>
<li class="MsoNormal"><strong>Proporción legal:</strong> En el caso de que el fallecido tenga descendientes, el cónyuge viudo tiene derecho al usufructo de un tercio del patrimonio, conocido como el <strong>tercio de mejora</strong>.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué es la conmutación del usufructo del viudo?</h2>
<p class="MsoNormal">La <strong>conmutación del usufructo</strong> es un procedimiento por el cual el derecho del cónyuge viudo a disfrutar del usufructo se sustituye por otros bienes, derechos o dinero que equivalgan a su valor. En otras palabras, se convierte el <a title="ceder en usufructo" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/ceder-un-usufructo/">usufructo </a>en una compensación económica o en la entrega de bienes específicos.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>Objetivos de la conmutación:</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">Simplificar la gestión de los bienes heredados.</li>
<li class="MsoNormal">Evitar conflictos entre el cónyuge viudo y los herederos.</li>
<li class="MsoNormal">Permitir que el cónyuge disfrute de una compensación inmediata en lugar de mantener el usufructo.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">¿Cuándo se puede conmutar el usufructo?</h2>
<p class="MsoNormal">La <strong>conmutación del usufructo</strong> puede realizarse en los siguientes casos:</p>
<h3 class="MsoNormal">1. Por acuerdo entre el cónyuge viudo y los herederos</h3>
<p class="MsoNormal">En la mayoría de los casos, la conmutación se realiza de<strong> mutuo acuerd</strong>o entre las partes. Esto suele ocurrir cuando ambas partes desean evitar el reparto del usufructo o buscan una solución práctica para gestionar la herencia.</p>
<h3 class="MsoNormal">2. Por disposición testamentaria</h3>
<p class="MsoNormal">El testador (la persona fallecida) puede haber dejado instrucciones específicas en su <a title="puede anularse un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puede_anularse_el_testamento/1262.html"><strong>testamento</strong> </a>para que <strong>el usufructo sea conmutado</strong> en beneficio del cónyuge viudo. Estas disposiciones suelen incluir detalles sobre cómo debe llevarse a cabo la conmutación.</p>
<p class="MsoNormal">Aquí puedes ver <a title="Cómo cambiar un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puedo_cambiar_el_testamento/1823.html">Cómo cambiar un testamento en España</a>.</p>
<h3 class="MsoNormal">3. Por decisión judicial</h3>
<p class="MsoNormal">Si no hay acuerdo entre las partes, el cónyuge viudo o los herederos pueden solicitar la intervención de un juez para decidir cómo <strong>conmutar el usufructo</strong>.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Cómo se calcula el valor del usufructo?</h2>
<p class="MsoNormal">El valor del <strong>usufructo del viudo</strong> se determina según las normas del derecho civil y, en particular, el Código Civil español. Se utiliza una fórmula matemática que tiene en cuenta la edad del cónyuge sobreviviente y el valor de los bienes objeto del usufructo.</p>
<h3 class="MsoNormal">Cálculo del valor del usufructo:</h3>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal"><strong>Regla general:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Se resta la edad del usufructuario a 89 años. El resultado es el porcentaje del valor del usufructo.</li>
<li class="MsoNormal">Ejemplo: Si el cónyuge viudo tiene 70 años, el usufructo equivaldrá al <strong>19%</strong> del valor de los bienes (89 - 70 = 19).</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Límites legales:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Si el usufructuario tiene menos de 20 años, el valor del usufructo será del <strong>70%</strong>.</li>
<li class="MsoNormal">Si tiene 89 años o más, el valor del usufructo será del <strong>10%</strong>.</li>
</ul>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">Cálculo del valor de la nuda propiedad:</h3>
<p class="MsoNormal"><strong>El valor de la <a title="qué es la nuda propiedad" href="https://www.plusesmas.com/jubilacion/la-jubilacion-y-la-nuda-propiedad/">nuda propiedad</a></strong> será el resultado de restar el valor del usufructo al 100% del valor del bien.</p>
<h2 class="MsoNormal">Ventajas de la conmutación del usufructo</h2>
<p class="MsoNormal"><strong>La conmutación del usufructo</strong> puede ser beneficiosa tanto para el cónyuge viudo como para los herederos. Entre sus principales ventajas destacan:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal"><strong>Facilita la gestión de los bienes:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Permite a los herederos disponer de los bienes de forma plena, sin las limitaciones del usufructo.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Proporciona liquidez al viudo:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">El cónyuge viudo puede recibir una compensación económica inmediata, lo que resulta especialmente útil si necesita recursos financieros.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Evita conflictos familiares:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Al <strong>conmutar el usufructo</strong>, se elimina la convivencia forzada entre usufructuario y nudos propietarios.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Simplifica la herencia:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">La conmutación puede agilizar el reparto de bienes y evitar problemas futuros.</li>
</ul>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Desventajas de la conmutación del usufructo</h2>
<p class="MsoNormal">Aunque presenta muchas ventajas, la <strong>conmutación</strong> también tiene algunos inconvenientes que deben ser considerados:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal"><strong>Evaluación subjetiva del valor:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Puede haber desacuerdos entre las partes sobre el valor económico del usufructo y de los bienes objeto de la compensación.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Carga económica para los herederos:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Si la compensación se realiza en efectivo, los herederos pueden enfrentar dificultades para reunir el dinero necesario.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Costes asociados:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">La conmutación implica gastos notariales, impuestos y, en algunos casos, honorarios legales.</li>
</ul>
</ul>
<p>Aquí puedes leer <a title="qué ocurre cuando no hay testamento." href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html">qué ocurre cuando no hay testamento.</a></p>
<h2 class="MsoNormal">Costes asociados a la conmutación del usufructo</h2>
<p class="MsoNormal">Realizar <strong>una conmutación del usufructo en España</strong> implica varios costes.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. Gastos notariales</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">La redacción y formalización del acuerdo de conmutación ante notario tiene un coste aproximado de <strong>100 a 300 euros</strong>, dependiendo de la complejidad del documento y del valor de los bienes.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>2. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">La <strong>conmutación</strong> puede generar una <a title="cómo se pagan menos impuestos en una herencia" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/como-se-pagan-menos-impuestos-en-una-herencia/">obligación fiscal para los herederos</a> o el viudo, dependiendo de cómo se compense el usufructo. La base imponible variará según el valor del usufructo y de los bienes.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>3. Gastos legales (opcional)</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">Si se requiere la intervención de abogados para negociar o resolver conflictos, los honorarios pueden oscilar entre <strong>1.000 y 3.000 euros</strong>.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>4. Gastos judiciales (si aplica)</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">En caso de que la <strong>conmutación</strong> se decida en los tribunales, los costes pueden aumentar significativamente debido a tasas judiciales, procuradores y peritajes.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué ocurre si no se conmutó el usufructo del viudo?</h2>
<p class="MsoNormal">Si no se realiza la conmutación, el cónyuge viudo conserva su <strong>derecho de usufructo vitalicio </strong>sobre los bienes. Esto implica que los herederos no podrán disponer plenamente de los mismos hasta el fallecimiento del cónyuge sobreviviente, salvo acuerdo mutuo.</p>
<h2 class="MsoNormal">Preguntas frecuentes sobre la conmutación del usufructo</h2>
<h3 class="MsoNormal">¿Es obligatorio conmutar el usufructo del viudo?</h3>
<p class="MsoNormal">No, la conmutación es opcional y requiere el acuerdo de las partes o una disposición testamentaria.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Qué pasa si no hay acuerdo entre el viudo y los herederos?</h3>
<p class="MsoNormal">Si no hay acuerdo, cualquiera de las partes puede solicitar la intervención de un juez para resolver el conflicto.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Se puede conmutar el usufructo parcialmente?</h3>
<p class="MsoNormal">Sí, es posible conmutar solo una parte del usufructo, especialmente si afecta a bienes específicos.</p>
<p class="MsoNormal">La <strong>conmutación del usufructo</strong> del viudo es un mecanismo legal que facilita la gestión del patrimonio familiar tras el fallecimiento de un cónyuge. Aunque puede implicar costos y negociaciones, sus ventajas en términos de simplificación, liquidez y reducción de conflictos familiares son significativas. Si estás considerando <strong>conmutar un</strong> <strong>usufructo</strong>, es fundamental contar con asesoramiento profesional para garantizar un proceso justo y conforme a la ley.</p>
<p> </p>
<p class="MsoNormal"> <a title="preguntas frecuentes sobre testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/preguntas_frecuentes_sobre_herencias_y_testamento/1755.html" target="_blank" rel="noopener">Ver las 22 preguntas más frecuentes sobre herencias y testamentos</a></p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/1000/1371.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ 10 cosas que debes saber sobre los testamentos ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/10-cosas-que-debes-saber-sobre-los-testamentos/</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/10-cosas-que-debes-saber-sobre-los-testamentos/#comments</comments>
		<guid isPermaLink="true">https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/10-cosas-que-debes-saber-sobre-los-testamentos/</guid>
		<pubDate>Tue, 21 Jan 2025 10:59:39 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ ¿Sabías que hacer testamento es un trámite sencillo y muy económico?, ¿O que no puedes dejar todo tu dinero a un hijo en detrimento de otro?, ¿y lo que hay que hacer cuando alguien fallece sin dejar testamento? Echa un vistazo a estas 10 cosas que debes saber sobre los testamentos. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2>La legítima en un testamento</h2>
<p>A la hora de<a title="qué se necesita para hacer un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html"> hacer un testamento</a>, hay que saber que no somos libres para dejar nuestros bienes a quienes queramos. Una parte de nuestra herencia debe ir a parar, según los casos, a los <strong>descendientes</strong>, al cónyuge o a los ascendientes. Esta es la <a title="qué es la legítima" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_son_las_legitimas/1819.html">legítima</a> y debe repartirse entre:</p>
<ul>
<li><strong>Los hijos y descendientes</strong>: dos tercios de la herencia por partes iguales a los hijos y, otro tercio, conocido como de mejora, a hijos y nietos. </li>
<li><strong>Padres y ascendientes</strong>: si no se tienen hijos, hay que dejar un tercio de la herencia a los ascendientes que sobrevivan si concurren con el viudo.</li>
<li><strong>Viudo o viuda</strong>: si el testador tiene hijos o descendientes, tiene que dejarle un tercio de la herencia en <a title="ceder en usufructo" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/ceder-un-usufructo/">usufructo</a>.</li>
</ul>
<h2>Cuando alguien fallece sin hacer testamento</h2>
<p>Esta es una de las cosas que debes saber sobre los <strong>testamentos</strong>. En este caso, hay que iniciar una <strong>declaración de herederos</strong>. Si los herederos son descendientes o ascendientes pueden hacerlo ante un notario, si tienen otro grado de parentesco, han de hacerlo ante el Juzgado de 1ª instancia del lugar dónde residía el fallecido.</p>
<p>Los herederos deberán aportar mucha documentación, lo que alarga los tiempos de obtención del documento y aumenta los costes.</p>
<h2>Cómo saber si un familiar dejó testamento al fallecer</h2>
<p>Para tener la certeza de que hay un <a title="cómo hacer testamento" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/como-hacer-el-testamento-y-el-reparto-de-la-herencia-paso-a-paso/">testamento</a>, hay que acudir al Registro General de Actos de Ultima Voluntad. Los notarios dan cuenta a este Registro de los documentos testamentarios que se han firmado en sus notarias y, por tanto, en él quedan registrados todos los testamentos. Se puede acudir a partir de que han transcurrido, al menos, quince días de la muerte.</p>
<h2>Un testamento se puede cambiar</h2>
<p>Las decisiones doptadas en un determinado momento y plasmadas en un <strong>testamento </strong>pueden variarse en caso de divorcio, un nuevo matrimonio, la muerte de un familiar al que se beneficiaba, el nacimiento de un nieto... </p>
<p>En caso de<a title="¿Puedo cambiar el testamento?" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puedo_cambiar_el_testamento/1823.html"> cambiar el testamento</a>, el último realizado invalida cualquier documento precedente. Aunque, a veces, puede ser suficiente con añadir un documento adjunto al testamento inicial.</p>
<h2>Lo que debe contener un testamento</h2>
<p>En un <strong>testamento </strong>caben las cuestiones más diversas. Sin embargo, lo habitual es nombrar a los hijos herederos a partes iguales, sin mencionar de qué bienes, pero aplicando porcentajes iguales. También puede recoger el deseo del testador de atribuir a una persona un bien concreto, por ejemplo, una joya., aunque deberá respetar los límites que imponen las legítimas.</p>
<p>Incluso es posible nombrar a una o varias personas para que se <a title="qué se necesita para hacer testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html">ocupen de la herencia</a> y determinen el reparto o se puede nombrar tutores cuando hay hijos menores de edad.</p>
<h2>Impugnar un testamento es posible</h2>
<p>Sí, para ello se ha de iniciar un proceso judicial en el que será el Juez quién determine si ha existido coacción o violencia a la hora de la redacción del testamento. Pero, si no perjudica la legítima, será dificil determinar que el testamento se hizo bajo coacciones.</p>
<h2>Así se hace un testamento</h2>
<p>Hacer testamento es sencillo y no te llevará más que unos minutos. Es suficiente con acudir a un notario con el D.N.I. y explicar cómo se quiere dejar el patrimonio.El notario le pedirá escrituras de los bienes y la redactará el <strong>testamento </strong>por escrito y se procederá a su otorgamiento. En cuanto al coste, es realmente económico y asequible, varía entre los 40 y 60 euros según comunidad autónoma.</p>
<h2>¿Qué es el albacea de un testamento?</h2>
<p>La figura del <a title="Qué es un albacea?" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_un_albacea/1815.html">albacea </a>resulta especialmente útil en las <strong>herencias complejas </strong>o en aquellas en las que el testador pueda prever algún conflicto. En estos casos, su intervención permitirá, por ejemplo, vender los bienes para repartir el dinero o hacer lotes para su reparto entre los herederos.</p>
<p>Se puede nombrar uno o <strong>varios albaceas</strong>, el testador puede establecer una retribución para esta persona y puede atribuirle funciones específicas: ocuparse del funeral, custodiará bienes, entregará el legado, vigilará que se cumpla la voluntad del fallecido, etc.</p>
<h2>No se puede hacer testamento online</h2>
<p>En nuestro Derecho no existe la fórmula de <a href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/testamento-online-y-testamento-digital-son-posibles/">testamento online</a>, solo hay tres formas válidas de testamento (aunque las dos que no son notariales prácticamente no se usan por la inseguridad que conllevan), que son:</p>
<ul>
<li>El <a title="qué es el testamen to notarial abierto" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html">testamento abierto notarial,</a> que es el que se otorga en escritura pública ante notario.</li>
<li>El <a title="testamento cerrado" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_cerrado/1807.html">testamento cerrado</a>, que puede estar escrito y firmado por el testador, o escrito y firmado por un medio mecánico o por otra persona y por el testador al final y en todas sus hojas.</li>
<li>El <a title="testamento olografo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html">testamento ológrafo</a>, que debe estar escrito de puño y letra y firmado por el testador.</li>
</ul>
<h2>Cuando los herederos son los hijos, ¿qué hereda el cónyuge?</h2>
<p>El viudo o <strong>viuda heredará </strong>el tercio de libre disposición que le corresponde sobre el tercio de mejora. La vivienda habitual quedará (siempre que sea una vivienda ganancial) así: </p>
<p>- El 50% de la misma a nombre del cónyuge</p>
<p>- El otro 50%: un tercio de la misma será en propiedad de todos los hijos, el otro tercio será en nuda propiedad de los hijos con el<strong> usufructo del cónyug</strong>e y el tercio restante propiedad del cónyuge.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/25000/25348.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Puedo cambiar el testamento? Todo lo que debes saber ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puedo_cambiar_el_testamento/1823.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puedo_cambiar_el_testamento/1823.html#comments</comments>
		<guid isPermaLink="true">https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puedo_cambiar_el_testamento/1823.html</guid>
		<pubDate>Tue, 21 Jan 2025 10:54:21 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Cambiar un testamento en España es posible y sencillo. Las circunstancias de la vida cambian, y con ellas nuestras decisiones sobre cómo repartir nuestro patrimonio. Descubre en este artículo cómo hacerlo, los requisitos legales y los costes asociados en 2025. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p class="MsoNormal">El <a title="qué se necesita para hacer un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html"><strong>testamento</strong> </a>es uno de los documentos más importantes en la planificación personal y patrimonial, ya que garantiza que nuestros bienes se distribuyan según nuestros deseos tras el <strong>fallecimiento</strong>. Sin embargo, las circunstancias de la vida cambian, y es común que surjan dudas sobre si es posible <strong>modificar un testamento</strong> ya realizado. Aquí tienes todo lo que necesitas saber sobre los <strong>cambios en el</strong> <strong>testamento en España en 2025.</strong></p>
<h2 class="MsoNormal">¿Es posible cambiar un testamento en España?</h2>
<p class="MsoNormal">La respuesta es sí, puedes <a title="cosas que debes saber sobre los testamentos en España" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/10-cosas-que-debes-saber-sobre-los-testamentos/">cambiar tu testamento </a>en cualquier momento. Según el Código Civil español, el testador (la persona que realiza el testamento) tiene plena libertad para modificar o <strong>revocar su testamento</strong> tantas veces como lo considere necesario, siempre y cuando conserve su capacidad legal y lo haga siguiendo las formalidades exigidas por la ley.</p>
<p class="MsoNormal">En España, <strong>el último testamento válido realizado por el testador es el único que tiene efecto legal</strong> tras su fallecimiento, lo que garantiza que los cambios se respeten.</p>
<h2 class="MsoNormal">Razones comunes para cambiar un testamento</h2>
<p class="MsoNormal">Existen muchas razones por las que una persona puede decidir <strong>modificar su testamento.</strong> Algunas de las más comunes incluyen:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Cambios en la situación familiar:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Nacimientos o adopciones de nuevos hijos o nietos.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Matrimonio, divorcio o separación.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Fallecimiento de un heredero designado.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Cambios patrimoniales:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Adquisición o venta de bienes importantes.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Cambios en el valor de los bienes.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Donaciones realizadas en vida que afecten a la distribución del patrimonio.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Reevaluación de relaciones personales:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Cambio en la relación con los herederos o inclusión de nuevas personas (amigos, parejas, instituciones benéficas, etc.).</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Actualización de las voluntades:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Modificación de condiciones específicas relacionadas con legados.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level2 lfo1; tab-stops: list 72.0pt;">Cambios en los deseos sobre funerales o disposiciones personales.</li>
</ul>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Cómo cambiar un testamento en España</h2>
<p class="MsoNormal">Para <strong>cambiar un testamento en España</strong>, es necesario seguir ciertos pasos legales. A continuación, te explicamos el proceso:</p>
<h3 class="MsoNormal">1. Redactar un nuevo testamento</h3>
<p class="MsoNormal">La forma más sencilla de <strong>modificar un testamento</strong> es redactar uno nuevo. En España, cada testamento anula automáticamente los anteriores, siempre y cuando cumpla con los requisitos legales.</p>
<h3 class="MsoNormal">2. Consultar con un notario</h3>
<p class="MsoNormal">Es recomendable acudir a un notario para recibir asesoramiento legal y asegurarse de que el <strong>nuevo testamento</strong> cumple con todas las disposiciones legales. El notario redactará el documento según tus instrucciones y lo registrará en el <strong>Registro General de Actos de Última Voluntad</strong>.</p>
<h3 class="MsoNormal">3. Destrucción del testamento anterior (opcional)</h3>
<p class="MsoNormal">Aunque no es obligatorio, destruir copias del testamento anterior puede evitar confusiones entre los herederos. Sin embargo, el nuevo testamento prevalece sobre cualquier documento previo, incluso si este último no ha sido destruido.</p>
<h3 class="MsoNormal">4. Modificaciones parciales (en casos específicos)</h3>
<p class="MsoNormal">En lugar de <strong>redactar un testamento</strong> completamente nuevo, es posible realizar cambios específicos mediante un <strong>codicilo</strong>, que es un documento que complementa o modifica parcialmente un testamento existente. Esta opción es menos común y debe realizarse también ante notario.</p>
<p class="MsoNormal">Aquí te contamos <a title="tipos de testamentos en España" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/tipos-de-testamentos-cual-es-el-mas-frecuente/">cuáles son los tipos de testamentos que existen en España</a>.</p>
<h2 class="MsoNormal">Requisitos legales para modificar un testamento</h2>
<p class="MsoNormal">Para que un <strong>cambio en el testamento</strong> sea válido, deben cumplirse los siguientes requisitos:</p>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="1" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Capacidad legal:</strong> El testador debe estar en pleno uso de sus facultades mentales y ser mayor de 14 años (12 años en Cataluña).</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Comparecencia ante notario:</strong> Aunque no siempre es obligatorio (por ejemplo, en un testamento ológrafo), es altamente recomendable para garantizar la validez legal del nuevo testamento.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Cumplimiento de las normas de la legítima:</strong> Los cambios en el testamento no pueden vulnerar los derechos de los herederos forzosos, a quienes corresponde una parte mínima del patrimonio según la ley.</li>
</ol>
<h2 class="MsoNormal">¿Cuánto cuesta cambiar un testamento en España?</h2>
<p class="MsoNormal">El coste <strong>de modificar un testamento</strong> dependerá principalmente de los honorarios notariales, que suelen ser similares a los de la redacción de un testamento nuevo. A continuación, se detallan los gastos aproximados en 2025:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Honorarios notariales:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level2 lfo3; tab-stops: list 72.0pt;">El precio medio de un testamento notarial en España oscila entre <strong>50 y 80 euros</strong>.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level2 lfo3; tab-stops: list 72.0pt;">En casos de modificaciones simples (por ejemplo, un codicilo), el coste puede ser ligeramente inferior.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Asesoramiento legal adicional (opcional):</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level2 lfo3; tab-stops: list 72.0pt;">Si decides contar con el apoyo de un abogado para redactar el testamento o realizar cambios complejos, los honorarios pueden variar entre <strong>100 y 300 euros</strong>, dependiendo de la complejidad del caso.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Registro de actos de última voluntad:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level2 lfo3; tab-stops: list 72.0pt;">Este trámite está incluido en los honorarios notariales y no genera un coste adicional.</li>
</ul>
</ul>
<p class="MsoNormal">En general<strong>, cambiar un testamento</strong> es un trámite accesible económicamente, especialmente si se compara con los problemas legales y los costes que pueden surgir si no se realiza correctamente.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué ocurre si no cambio mi testamento y mi situación ha cambiado?</h2>
<p class="MsoNormal">Si tu testamento no refleja tu situación actual, pueden surgir varios problemas tras tu fallecimiento, como:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Conflictos familiares:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">Herederos que no se sientan representados en la distribución del patrimonio.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">Exclusión involuntaria de personas importantes en tu vida actual.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Distribución inadecuada de bienes:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">Patrimonio adjudicado a personas o instituciones con las que ya no tienes relación.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">Bienes no contemplados en el testamento que se reparten según las normas de la sucesión intestada.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Problemas legales:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">Cuestionamiento del testamento por parte de herederos.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level2 lfo4; tab-stops: list 72.0pt;">Procesos judiciales largos y costosos para resolver disputas.</li>
</ul>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>Actualizar tu testamento</strong> regularmente es una forma de evitar estos inconvenientes y garantizar que tus deseos sean respetados.</p>
<p class="MsoNormal">Aquí puedes saber <a title="qué ocurre sino tienes testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html">qué es lo que pasa cuando no tienes testamento</a>.</p>
<h2 class="MsoNormal">Preguntas frecuentes sobre cambiar un testamento en España</h2>
<h3 class="MsoNormal">¿Cuántas veces puedo cambiar mi testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">Puedes <strong>modificar tu testamento</strong> tantas veces como quieras, siempre que cumplas con los requisitos legales. El último testamento válido es el que tendrá efecto.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Puedo cambiar un testamento si estoy casado o en una relación de pareja?</h3>
<p class="MsoNormal">Sí, puedes modificar tu testamento sin necesidad de consultar con tu pareja, ya que cada persona tiene plena libertad para disponer de su patrimonio.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Es necesario informar a los herederos sobre los cambios en el testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">No, no estás obligado a informar a los herederos sobre los cambios realizados en tu testamento. Sin embargo, es recomendable que dejes instrucciones claras sobre la existencia del documento para evitar problemas futuros.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Qué ocurre si quiero excluir a un heredero forzoso?</h3>
<p class="MsoNormal">En España, los <a title="quienes son los herederos forzosos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/quienes_son_los_herederos_forzosos/1822.html">herederos forzosos </a>(descendientes, ascendientes y cónyuge) tienen derecho a una parte mínima del patrimonio conocida como legítima. No puedes excluirlos a menos que existan causas legales justificadas.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>Cambiar un testamento en España</strong> es un proceso sencillo, accesible y esencial cuando tus circunstancias personales o patrimoniales cambian. Garantizar que tu testamento refleje tus deseos actuales<strong> evitará conflictos familiares</strong> y problemas legales en el futuro. Recuerda que el último testamento válido siempre será el que determine cómo se gestionará tu patrimonio. Si tienes dudas sobre <strong>cómo modificar tu testamento</strong>, consulta con un notario o abogado especializado para asegurarte de que el proceso sea legal y acorde a tus necesidades.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/1000/1383.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Qué se necesita para hacer testamento y cuánto cuesta? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html#comments</comments>
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		<pubDate>Tue, 21 Jan 2025 10:42:44 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Pese a lo que muchos de nosotros podamos creer, hacer testamento es sencillo y no te llevará más que unos minutos. Además, desde el punto de vista económico, pocas gestiones son más baratas que hacer un testamento. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p><strong>Hacer testamento</strong> es un acto esencial para garantizar que tus bienes y deseos se gestionen de acuerdo a tus preferencias tras tu fallecimiento. En España, el proceso es sencillo, pero muchas personas desconocen los requisitos, los <a title="tipos de testamentos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/tipos-de-testamentos-cual-es-el-mas-frecuente/">tipos de testamento</a> disponibles y los costos asociados.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué es un testamento y por qué es importante hacerlo?</h2>
<p class="MsoNormal">Un <strong>testamento</strong> es un documento legal en el que una persona detalla cómo desea que se distribuyan sus bienes y patrimonio tras su muerte. Aunque no es obligatorio, hacerlo puede evitar <strong>conflictos entre herederos</strong>, simplificar trámites legales y ahorrar costes en el futuro. Además, permite designar tutores para los hijos menores de edad o establecer condiciones específicas sobre el uso de determinados bienes.</p>
<h2 class="MsoNormal">Ventajas de hacer un testamento:</h2>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">Asegura el cumplimiento de tus deseos.</li>
<li class="MsoNormal">Reduce los conflictos familiares.</li>
<li class="MsoNormal">Facilita los trámites legales para los herederos.</li>
<li class="MsoNormal">Optimiza el pago de impuestos.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Requisitos para hacer un testamento en España</h2>
<p class="MsoNormal">En 2025, las condiciones legales para hacer un testamento en España se mantienen reguladas por el <strong>Código Civil</strong> y otras normativas específicas. Estos son los requisitos generales:</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. Capacidad legal</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal"><strong>Edad mínima:</strong> Se debe tener al menos 14 años, salvo en Cataluña, donde la edad mínima es de 12 años.</li>
<li class="MsoNormal"><strong>Capacidad mental:</strong> La persona debe estar en pleno uso de sus facultades mentales para poder expresar su voluntad de forma clara y consciente.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>2. Documentación necesaria</strong></p>
<p class="MsoNormal">Para realizar un testamento, es imprescindible aportar:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal"><strong>Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte válido.</strong></li>
<li class="MsoNormal"><strong>Certificados o escrituras relacionadas con bienes específicos</strong> (si es necesario).</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>3. Comparecencia ante un notario</strong></p>
<p class="MsoNormal">El testamento debe realizarse ante un notario, quien se encargará de asesorar al testador, garantizar que el documento cumple con la legalidad y registrarlo en el <strong>Registro General de Actos de Última Voluntad</strong>.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>4. Redacción clara y precisa</strong></p>
<p class="MsoNormal">El contenido del testamento debe ser claro para evitar interpretaciones ambiguas. Es importante contar con asesoramiento profesional, especialmente si el testamento incluye cláusulas complejas o bienes en el extranjero.</p>
<h2 class="MsoNormal">Tipos de testamento en España</h2>
<p class="MsoNormal">Existen diferentes<strong> modalidades de testamento,</strong> cada una adaptada a diversas circunstancias personales:</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. <a title="testamento abierto" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html">Testamento abierto</a></strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">Es el más común y se realiza ante notario.</li>
<li class="MsoNormal">El testador expresa su última voluntad en presencia del notario, quien redacta el documento según sus indicaciones.</li>
<li class="MsoNormal">Garantiza que el testamento cumple con las disposiciones legales.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>2. <a title="testamento cerrado" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_cerrado/1807.html">Testamento cerrado</a></strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">El testador entrega al notario un documento que contiene sus últimas voluntades, sin revelar su contenido.</li>
<li class="MsoNormal">Menos utilizado, ya que puede generar dudas o conflictos si no está correctamente redactado.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>3. <a title="testamento olografo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html">Testamento ológrafo</a></strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">Escrito a mano por el testador, sin necesidad de notario.</li>
<li class="MsoNormal">Debe cumplir con ciertos requisitos de forma para ser válido (fecha, firma y redacción íntegra por el testador).</li>
<li class="MsoNormal">Aunque es más económico, puede generar problemas legales si no se valida correctamente.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>4. Testamento en situaciones especiales</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal"><strong>Testamento militar:</strong> Para miembros de las Fuerzas Armadas en campaña.</li>
<li class="MsoNormal"><strong>Testamento marítimo:</strong> Realizado a bordo de un barco.</li>
<li class="MsoNormal"><strong>Testamento en peligro inminente de muerte:</strong> Para casos excepcionales en los que la persona no puede acudir a un notario.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Pasos para hacer un testamento en España</h2>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="1" type="1">
<li class="MsoNormal"><strong>Preparar un <a title="inventario de bienes" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/expertos_en_herencia_responden/que_bienes_pueden_reclamarse_en_una_herencia/3576.html">inventario de bienes</a> y herederos:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Identificar propiedades, cuentas bancarias, seguros y otros bienes.</li>
<li class="MsoNormal">Decidir cómo distribuirlos entre los herederos.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Elegir el tipo de testamento:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Generalmente se recomienda el testamento abierto por su seguridad jurídica.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Consultar con un abogado o notario:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Aunque no es obligatorio, un abogado especializado puede ayudar a estructurar el testamento para evitar problemas legales.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Acudir al notario:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">Con la documentación necesaria, el notario redactará y formalizará el testamento.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal"><strong>Registro del testamento:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal">El notario inscribe el testamento en el Registro General de Actos de Última Voluntad.</li>
</ul>
</ol>
<h2 class="MsoNormal">Cuánto cuesta hacer un testamento en España en 2025</h2>
<p class="MsoNormal">El costo de hacer un testamento en España depende de varios factores, principalmente los honorarios notariales. En general, los precios para un testamento abierto estándar son los siguientes:</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. Honorarios notariales</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">El precio medio de un testamento notarial en 2025 ronda entre <strong>50 y 80 euros</strong>.</li>
<li class="MsoNormal">El costo puede aumentar si el testamento incluye cláusulas complejas, como legados específicos o fideicomisos.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>2. Asesoramiento legal (opcional)</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">Contratar a un abogado para redactar un borrador o asesorar sobre aspectos legales puede costar entre <strong>100 y 300 euros</strong>, dependiendo de la complejidad del caso.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>3. Registro General de Actos de Última Voluntad</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">Este registro no tiene un coste adicional, ya que está incluido en los honorarios notariales.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>4. Modificaciones o actualizaciones</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal">Si decides modificar tu testamento en el futuro, deberás volver a acudir al notario y pagar nuevamente, aunque el precio suele ser similar al de la redacción inicial.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Preguntas frecuentes sobre el testamento en España</h2>
<h3 class="MsoNormal">¿Es obligatorio hacer testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">No, no es obligatorio, pero es altamente recomendable para evitar problemas legales y familiares tras el fallecimiento.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Qué ocurre si no se hace testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">Si una persona <a title="qué ocurre si no tengo testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html">fallece sin testamento</a>, se aplica la sucesión intestada. En este caso, los bienes se distribuyen según lo estipulado por la ley, priorizando a los descendientes, cónyuge, ascendientes y otros familiares.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Se puede incluir a personas no familiares en el testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">Sí, el testador puede dejar bienes a personas o instituciones que no sean familiares, siempre respetando la legítima de los <a title="quienes son los herederos forzosos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/quienes_son_los_herederos_forzosos/1822.html">herederos forzosos</a> (descendientes, ascendientes y cónyuge).</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Qué es la legítima y cómo afecta al testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">La <a title="qué son las legítimas" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_son_las_legitimas/1819.html">legítima </a>es la parte del patrimonio que, por ley, corresponde a los herederos forzosos. En España, esta suele representar un tercio del patrimonio total.</p>
<p class="MsoNormal">Aquí puedes leer <a title="cosas que debes saber sobre los testamentos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/10-cosas-que-debes-saber-sobre-los-testamentos/">10 cosas que debes saber sobre los testamentos</a>.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>Hacer un testamento en España </strong>es<strong> </strong>un trámite sencillo, accesible y esencial para garantizar que tus bienes se distribuyan según tus deseos. Por un costo relativamente bajo, puedes ahorrar a tus herederos muchos problemas y asegurar que tu voluntad se respete. Si aún no has hecho tu testamento, ahora es un buen momento para tomar esta decisión y proteger tu legado.</p> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Qué hacer cuando un heredero se niega a firmar? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/expertos_en_herencia_responden/que_hacer_cuando_un_heredero_se_niega_a_firmar/3482.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Tue, 21 Jan 2025 10:42:14 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Cuando un heredero se niega a firmar, el reparto de la herencia puede complicarse y generar tensiones familiares. En España, existen soluciones legales para desbloquear esta situación. Descubre qué hacer, los pasos legales a seguir y cómo resolver estos conflictos. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2 class="MsoNormal">¿Qué hacer cuando un heredero se niega a firmar?</h2>
<p class="MsoNormal">La gestión de una <a title="preguntas sobre herencias y testamentos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/preguntas_frecuentes_sobre_herencias_y_testamento/1755.html"><strong>herencia</strong> </a>puede ser un proceso complicado, especialmente cuando uno de <strong>los herederos se niega</strong> a firmar los documentos necesarios para repartir los bienes. En España, la <strong>negativa de un heredero</strong> puede bloquear temporalmente la <strong>distribución de la herencia</strong> y generar tensiones familiares. Sin embargo, existen soluciones legales para afrontar esta situación. Pero, ¿cuáles son las <strong>razones por las que un heredero puede negarse a firmar</strong>, los pasos que puedes tomar y las implicaciones legales.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Por qué puede negarse un heredero a firmar?</h2>
<p class="MsoNormal">Existen diversas razones por las que un <strong>heredero puede negarse a firmar</strong> los documentos relacionados con una herencia. Estas son algunas de las más comunes:</p>
<h3 class="MsoNormal">1. Desacuerdo sobre el reparto de bienes</h3>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">El heredero puede no estar de acuerdo con la forma en que se han distribuido los bienes, especialmente si considera que no ha recibido una parte justa.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">2. Dudas sobre la validez del testamento</h3>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Un heredero puede sospechar que el <a title="puede anularse un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puede_anularse_el_testamento/1262.html">testamento es inválido </a>por haber sido manipulado, o porque considera que no refleja las verdaderas intenciones del fallecido.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">3. Impugnación de la herencia</h3>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;">Algunos herederos pueden decidir <strong>impugnar el testamento</strong>, ya sea por irregularidades en su redacción, por considerar que se vulneraron derechos de <a title="quienes son los herederos forzosos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/quienes_son_los_herederos_forzosos/1822.html">herederos forzosos </a>o por coacción.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">4. Problemas personales o emocionales</h3>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;">Los conflictos familiares o las tensiones entre los herederos pueden llevar a un bloqueo en el proceso de aceptación y reparto de la herencia.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">5. Deudas asociadas a la herencia</h3>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l11 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;">Si la herencia incluye deudas que los herederos deberán asumir, un <strong>heredero puede negarse a firmar</strong> para evitar responsabilidades económicas.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué sucede si un heredero se niega a firmar?</h2>
<p class="MsoNormal">Cuando un <strong>heredero no firma</strong> los documentos necesarios para aceptar la herencia o para realizar su reparto, el proceso queda paralizado. En España, la <strong>aceptación de la herencia</strong> es un trámite necesario para que los bienes puedan ser transferidos legalmente a los herederos.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>Posibles consecuencias de la negativa:</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Bloqueo del reparto de bienes:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level2 lfo6; tab-stops: list 72.0pt;">Sin la firma de todos los herederos, no se pueden inscribir los bienes inmuebles en el Registro de la Propiedad ni realizar otros trámites legales.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Conflictos familiares:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level2 lfo6; tab-stops: list 72.0pt;">La negativa puede generar tensiones y deteriorar las relaciones familiares.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Plazo para aceptar la herencia:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level2 lfo6; tab-stops: list 72.0pt;">En España, los herederos tienen un <strong>plazo de 30 años</strong> para aceptar o rechazar la herencia, pero la demora puede complicar la situación fiscal y patrimonial.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Implicaciones fiscales:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level2 lfo6; tab-stops: list 72.0pt;">Aunque el <strong>heredero no firme</strong>, los <a title="Cómo se pagan menos impuestos en una herencia" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/como-se-pagan-menos-impuestos-en-una-herencia/">impuestos de sucesiones </a>deben pagarse dentro de los seis meses siguientes al fallecimiento. El incumplimiento de este plazo genera recargos e intereses.</li>
</ul>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Pasos a seguir cuando un heredero se niega a firmar</h2>
<p class="MsoNormal">Si un <strong>heredero se niega a firmar</strong>, es importante actuar con cautela y seguir los pasos legales adecuados:</p>
<h3 class="MsoNormal">1. Intentar un acuerdo amistoso</h3>
<p class="MsoNormal">Antes de recurrir a medidas legales, es recomendable intentar resolver el conflicto de manera amistosa. Algunas estrategias incluyen:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l5 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Mediación familiar:</strong> Un mediador profesional puede ayudar a las partes a llegar a un acuerdo.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l5 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Asesoramiento legal:</strong> Consultar con un abogado especializado en herencias puede facilitar la comunicación y aclarar malentendidos legales.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">2. Formalizar la partición judicial de la herencia</h3>
<p class="MsoNormal">Si no es posible llegar a un acuerdo, los herederos pueden acudir al juzgado para solicitar la <a title="qué es la partición judicial de la herencia" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_tipos_de_particion_hereditaria_existen/1820.html">partición judicial de la herencia</a>. Este proceso implica:</p>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="1" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l10 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Solicitud ante el juzgado:</strong> Cualquier heredero interesado puede presentar una demanda.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l10 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Nombramiento de un contador-partidor judicial:</strong> El juez designará a un experto para que realice el reparto de los bienes.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l10 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Resolución del conflicto:</strong> Una vez realizada la partición judicial, los herederos deben acatarla.</li>
</ol>
<h3 class="MsoNormal">3. Solicitar la aceptación a beneficio de inventario</h3>
<p class="MsoNormal">Si el desacuerdo está relacionado con deudas de la herencia, los herederos pueden solicitar la <strong>aceptación a beneficio de inventario</strong>. Esto significa que los bienes heredados solo se utilizarán para pagar las deudas, y los herederos no asumirán responsabilidades más allá de esos bienes.</p>
<h3 class="MsoNormal">4. Declarar al heredero como aceptante tácito</h3>
<p class="MsoNormal">Si un heredero utiliza o disfruta de los bienes heredados (por ejemplo, vive en una propiedad del fallecido), se puede considerar que ha aceptado la herencia de forma tácita, incluso sin haber firmado. En este caso, los demás herederos pueden solicitar al juzgado que reconozca esta aceptación.</p>
<h3 class="MsoNormal">5. Resolver el conflicto en los tribunales</h3>
<p class="MsoNormal">En casos de bloqueo persistente, los herederos pueden presentar una demanda judicial para resolver el conflicto. Este proceso suele ser más largo y costoso, pero es la única opción cuando no se llega a un acuerdo.</p>
<h2 class="MsoNormal">Costes asociados al conflicto por herencia</h2>
<p class="MsoNormal">Resolver un conflicto por la <strong>negativa de un heredero a firmar</strong> puede generar diversos costos legales y administrativos. Estos son los más comunes:</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. Honorarios de abogado</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo9; tab-stops: list 36.0pt;">Los honorarios de un abogado especializado en herencias suelen oscilar entre <strong>1.500 y 5.000 euros</strong>, dependiendo de la complejidad del caso.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>2. Gastos de mediación</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;">La mediación familiar tiene un coste aproximado de <strong>300 a 1.000 euros</strong> por sesión, dependiendo del mediador y la duración del proceso.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>3. Partición judicial de la herencia</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level1 lfo11; tab-stops: list 36.0pt;">Si se recurre a la partición judicial, el nombramiento del contador-partidor y los gastos asociados pueden suponer entre <strong>2.000 y 10.000 euros</strong>.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>4. Tasas judiciales y otros costos legales</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo12; tab-stops: list 36.0pt;">Aunque las tasas judiciales para personas físicas en procesos civiles no son elevadas, pueden sumarse otros gastos, como procuradores o peritos.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">¿Cómo evitar conflictos en las herencias?</h2>
<p class="MsoNormal">La planificación y previsión son claves para evitar conflictos en el <a title="Cómo se hace la partición de una herencia" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/como_se_hace_la_particion_de_la_herencia/1680.html">reparto de una herencia</a>. Algunas recomendaciones incluyen:</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. Redactar un testamento claro</strong></p>
<p class="MsoNormal">Un testamento bien redactado y con instrucciones detalladas puede minimizar los desacuerdos entre herederos.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>2. Designar un contador-partidor</strong></p>
<p class="MsoNormal">El testador puede nombrar a un contador-partidor en el testamento para que se encargue de realizar el reparto de los bienes.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>3. Promover el diálogo familiar</strong></p>
<p class="MsoNormal">Fomentar la comunicación entre los futuros herederos puede ayudar a resolver posibles diferencias antes de que surjan.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>4. Solicitar asesoramiento legal anticipado</strong></p>
<p class="MsoNormal">Un abogado especializado puede ofrecer soluciones legales que prevengan conflictos.</p>
<h2 class="MsoNormal">Preguntas frecuentes sobre herencias y la negativa de un heredero</h2>
<h3 class="MsoNormal">¿Puede bloquearse una herencia si un heredero no firma?</h3>
<p class="MsoNormal">Sí, la herencia no puede repartirse legalmente sin la firma de todos los herederos o sin una resolución judicial que lo permita.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Qué ocurre si un heredero renuncia a la herencia?</h3>
<p class="MsoNormal">Si un heredero renuncia, su parte se distribuye entre los demás herederos según las normas legales o las disposiciones del testamento.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Cuánto tiempo puede prolongarse un conflicto por herencia?</h3>
<p class="MsoNormal">El tiempo varía según la complejidad del caso. Un proceso judicial puede durar entre <strong>1 y 5 años</strong>.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Es posible desheredar a un heredero que bloquea la herencia?</h3>
<p class="MsoNormal">No, a menos que existan causas legales específicas, como maltrato o incumplimiento de deberes familiares.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>La negativa de un heredero a firmar</strong> puede ser un obstáculo importante en la gestión de una herencia, pero existen mecanismos legales para resolver este problema. Desde la mediación familiar hasta la partición judicial, cada caso requiere un enfoque personalizado. Si te encuentras en esta situación, es fundamental buscar asesoramiento legal y actuar de manera proactiva para proteger tus derechos y garantizar que el proceso de herencia avance de forma justa y eficiente.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/2000/2969.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Puede anularse el testamento? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puede_anularse_el_testamento/1262.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puede_anularse_el_testamento/1262.html#comments</comments>
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		<pubDate>Tue, 21 Jan 2025 10:36:25 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Todas las disposiciones testamentarias son revocables incluso aunque el testador manifieste en las mismas su intención de no revocarlas en el futuro. Pero ¿como se anula un testamento? ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2 class="MsoNormal">¿Puede anularse un testamento en España? </h2>
<p class="MsoNormal">El <a title="qué se necesita para hacer testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html"><strong>testamento</strong> </a>es una herramienta legal fundamental para garantizar que los bienes de una persona se distribuyan conforme a su voluntad tras su fallecimiento. Sin embargo, no siempre es definitivo: en España, <strong>un testamento puede ser anulado</strong> bajo ciertas circunstancias. Te contamos las <strong>causas por las que un testamento puede ser declarado nulo</strong>, los procedimientos legales implicados y los costos asociados.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué significa anular un testamento?</h2>
<p class="MsoNormal"><strong>Anular un testamento</strong> implica declarar que dicho documento no tiene validez legal. Esto puede ocurrir por diversas razones, como irregularidades en su redacción o si no cumple con los requisitos legales establecidos. Cuando un <strong>testamento se anula</strong>, se considera como si nunca hubiera existido y se recurre a un testamento anterior válido (si lo hay) o a la <strong>sucesión intestada</strong> para distribuir el patrimonio.</p>
<p class="MsoNormal">Aquí puede leer <a title="Qué pasa si no hay testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html">qué pasa cuando no hay testamento.</a></p>
<h2 class="MsoNormal">Causas para anular un testamento en España</h2>
<p class="MsoNormal">En 2025, el <strong>Código Civil español</strong> regula las circunstancias en las que un testamento puede ser considerado nulo. Las causas más comunes incluyen:</p>
<h3 class="MsoNormal">1. Falta de capacidad del testador</h3>
<p class="MsoNormal">El testador debe tener plena capacidad mental y legal al momento de realizar el testamento. Se considera nulo si:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">El testador sufría de incapacidad mental.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">Fue realizado por un menor de 14 años (12 años en Cataluña).</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">Fue realizado bajo coacción, engaño o intimidación.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">2. Falta de formalidades legales</h3>
<p class="MsoNormal">El testamento debe cumplir con ciertas formalidades legales según su tipo:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong><a title="qué es el testamento abierto" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html">Testamento notarial</a>:</strong> Debe ser firmado en presencia de un notario, quien asegura que el documento cumpla con la ley.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong><a title="testamento olografo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html">Testamento ológrafo</a>:</strong> Debe estar escrito íntegramente a mano por el testador, con fecha y firma. La falta de cualquiera de estos requisitos lo invalida.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;"><strong><a title="testamento cerrado" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_cerrado/1807.html">Testamento cerrado</a>:</strong> Debe entregarse en sobre sellado ante el notario, cumpliendo con formalidades específicas.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">3. Vulneración de derechos de los herederos forzosos</h3>
<p class="MsoNormal">En España, la ley protege los derechos de los <a title="quienes son los herederos forzosos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/quienes_son_los_herederos_forzosos/1822.html">herederos forzosos </a>(descendientes, ascendientes y cónyuge). Un testamento que prive injustificadamente a estos herederos de la <strong>legítima</strong> puede ser impugnado.</p>
<h3 class="MsoNormal">4. Errores o inconsistencias en el testamento</h3>
<p class="MsoNormal">Si el contenido del testamento presenta ambigüedades, errores graves o contradicciones que dificulten su interpretación, puede ser anulado.</p>
<h3 class="MsoNormal">5. Alteración del testamento por terceros</h3>
<p class="MsoNormal">Si se demuestra que el testamento fue manipulado o modificado por alguien ajeno al testador, será declarado nulo.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Cuándo es nulo un testamento?</h2>
<p class="MsoNormal">Un <strong>testamento puede ser nulo</strong> desde su origen (nulo de pleno derecho) o convertirse en anulable si se presentan ciertas pruebas. Estas son las principales situaciones en las que un testamento es nulo:</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. Nulidad absoluta</strong></p>
<p class="MsoNormal">El testamento es nulo de pleno derecho cuando:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;">Fue realizado por una persona incapaz.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;">Carece de las formalidades legales necesarias.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;">Fue otorgado en fraude de ley.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">En estos casos, el testamento no produce ningún efecto desde su inicio.</p>
<p class="MsoNormal"><strong>2. Nulidad relativa o anulabilidad</strong></p>
<p class="MsoNormal">Un testamento puede ser anulable si:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;">Fue otorgado bajo error, coacción o intimidación.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;">Existen irregularidades que no afectan a la totalidad del documento, como errores en disposiciones específicas.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">En estos casos, la parte afectada puede solicitar la anulación parcial o total del testamento.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Cómo se anula un testamento en España?</h2>
<p class="MsoNormal"><strong>La anulación de un testamento</strong> no es automática; requiere la intervención de los tribunales y la presentación de pruebas. A continuación, se describen los pasos generales:</p>
<h3 class="MsoNormal">1. Interposición de una demanda</h3>
<p class="MsoNormal">Cualquier persona con interés legítimo en la herencia (herederos, legatarios o incluso acreedores) puede impugnar el testamento presentando una demanda ante el juzgado correspondiente.</p>
<h3 class="MsoNormal">2. Presentación de pruebas</h3>
<p class="MsoNormal">La parte demandante debe demostrar que el testamento incumple los requisitos legales o presenta irregularidades. Esto puede incluir:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;">Informes médicos que prueben la incapacidad del testador.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;">Testimonios de personas que presenciaron coacciones.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;">Documentos que evidencien manipulaciones o errores.</li>
</ul>
<h3 class="MsoNormal">3. Resolución judicial</h3>
<p class="MsoNormal">El juez analizará las pruebas y decidirá si el testamento es válido o debe ser anulado. Si se declara nulo, se aplicará el testamento anterior (si existe) o la sucesión intestada.</p>
<h2 class="MsoNormal">Costos asociados a la anulación de un testamento</h2>
<p class="MsoNormal"><strong>Impugnar un testamento en España</strong> puede ser un proceso costoso, ya que implica gastos legales y, en algunos casos, peritajes especializados. Los costos aproximados son los siguientes:</p>
<p class="MsoNormal"><strong>1. Honorarios de abogado</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l5 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;">Contratar un abogado especializado en derecho sucesorio es esencial. Los honorarios pueden oscilar entre <strong>1.500 y 5.000 euros</strong>, dependiendo de la complejidad del caso.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>2. Costes de procurador</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;">En los procedimientos judiciales, es obligatorio contar con un procurador, cuyos honorarios suelen rondar entre <strong>500 y 1.000 euros</strong>.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>3. Peritajes y pruebas</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;">Si se necesitan informes médicos, peritajes caligráficos u otras pruebas, el coste puede variar entre <strong>300 y 2.000 euros</strong>.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal"><strong>4. Tasas judiciales</strong></p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo9; tab-stops: list 36.0pt;">Aunque en España no existen tasas judiciales para personas físicas en procesos civiles, algunos gastos administrativos menores pueden sumarse.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">En total, el <strong>coste de anular un testamento</strong> puede oscilar entre <strong>2.000 y 10.000 euros</strong>, dependiendo de la duración y complejidad del procedimiento.</p>
<h2 class="MsoNormal">¿Qué ocurre después de anular un testamento?</h2>
<p class="MsoNormal">Si un <strong>testamento es declarado nulo</strong>, sus disposiciones no tienen efecto y el patrimonio del fallecido se distribuye de acuerdo con las siguientes reglas:</p>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="1" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Existencia de un testamento anterior:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level2 lfo10; tab-stops: list 72.0pt;">Si hay un testamento válido anterior, se aplicarán sus disposiciones.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Ausencia de testamento anterior:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level2 lfo10; tab-stops: list 72.0pt;">Se aplicará la sucesión intestada, que distribuye los bienes según el orden de herederos establecido por la ley.</li>
</ul>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Herederos forzosos:</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level2 lfo10; tab-stops: list 72.0pt;">Los derechos de los <strong>herederos forzosos</strong> se respetarán siempre, independientemente de la nulidad del testamento.</li>
</ul>
</ol>
<h2 class="MsoNormal">Preguntas frecuentes sobre la anulación de testamentos</h2>
<h3 class="MsoNormal">¿Puede anularse un testamento después del fallecimiento del testador?</h3>
<p class="MsoNormal">Sí, la impugnación del testamento suele ocurrir después del fallecimiento del testador, cuando los herederos detectan irregularidades o vulneraciones.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Puedo anular mi propio testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">No es necesario "anular" tu testamento, ya que puedes redactar uno nuevo que automáticamente invalida el anterior. Aquí puedes ver <a title="Cómo cambiar un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puedo_cambiar_el_testamento/1823.html">cómo cambiar tu testamento</a>.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Cuánto tiempo tengo para impugnar un testamento?</h3>
<p class="MsoNormal">El plazo para impugnar un testamento es de <strong>15 años</strong> desde la apertura de la sucesión o desde que se tuvo conocimiento de la causa de nulidad.</p>
<h3 class="MsoNormal">¿Qué pasa si los herederos no están de acuerdo sobre la anulación?</h3>
<p class="MsoNormal">Si hay desacuerdo, cualquier interesado puede acudir a los tribunales para resolver el conflicto.</p>
<p class="MsoNormal">En España, un <strong>testamento puede ser anulado</strong> si no cumple con los requisitos legales, si vulnera derechos fundamentales o si se demuestra la incapacidad del testador. Aunque el proceso puede ser complejo y costoso, es una herramienta esencial para garantizar que la herencia se distribuya de forma justa y legal. Si sospechas que un testamento no es válido, consulta a un abogado especializado para recibir el asesoramiento adecuado.</p> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Qué es el testamento ológrafo? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html#comments</comments>
		<guid isPermaLink="true">https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html</guid>
		<pubDate>Tue, 21 Jan 2025 10:26:52 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ El testamento ológrafo es una modalidad de testamento escrita a mano por el propio testador, sin necesidad de notario. Aunque es una opción económica y sencilla, debe cumplir ciertos requisitos legales para ser válido. Te contamos cómo hacerlo, sus ventajas y posibles inconvenientes en España. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2>Qué es un testamento ológrafo</h2>
<p>El <strong>testamento ológrafo </strong>es aquel escrito por el testador de su puño y letra, firmado y fechado, condiciones imprescindibles para que se considere válido.</p>
<p>En cualquie<strong>r documento ológrafo </strong>hay que huir del ordenador o de la máquina de escribir, y hacerlo a mano, con bolígrafo o pluma, y nunca olvidar la firma y la fecha.</p>
<p>Para realizarlo es imprescindible que el <strong>testador </strong>sea mayor de edad. Sus ventajas son indudables. Por una parte, resulta el más sencillo y, desde luego,<strong> el más barato para su autor.</strong> Además, es el más cómodo para aquellas personas que tienen dificultades físicas para desplazarse.</p>
<p>Otra de las ventajas es que preserva como ningún otro la privacidad de las decisiones testamentarias, puesto que nadie más que el autor del texto puede conocer su contenido.</p>
<p>Sin embargo, sus ventajas no le eximen de problemas. Los inconvenientes para los herederos son numerosos:</p>
<h2>Inconvenientes del testamento ológrafo</h2>
<p>1.-  Con frecuencia suelen ser <a title="Puede anularse un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/puede_anularse_el_testamento/1262.html">testamentos nulos </a>por la ausencia de requisitos formales (fecha, firma…), por la existencia de dudas sobre si el <strong>testamento ológrafo</strong> es simplemente un borrador o si el testador lo redactó libremente o estuvo sometido a algún tipo de presión. Además, en ocasiones, la ausencia de conocimientos jurídicos hace inviable el cumplimiento de las últimas voluntades del testador.</p>
<p>2.- La necesidad de proceder a un reconocimiento de la validez del texto manuscrito.</p>
<p>3.- <a title="cuánto cuesta hacer un testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html">Gastos para los herederos</a>, derivados de la contratación a contratar los informes periciales obligatorios para poder elevarlo a categoría de escritura pública.</p>
<p>4.- La facilidad con que el <strong>testamento </strong>puede ser destruido sin que queden rastros por parte de algún heredero no favorecido.</p>
<p>5.- La posibilidad de falsificación.</p>
<p>En definitiva, el <strong>testamento ológrafo </strong>es una opción válida y económica para dejar constancia de nuestras últimas voluntades, siempre que cumpla con los requisitos legales. No obstante, existen otras modalidades, como el <a title="testamento abierto" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html"><strong>testamento abierto</strong></a>, el más común por su seguridad jurídica al realizarse ante notario; el <a title="testamento cerrado" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_cerrado/1807.html"><strong>testamento cerrado</strong></a>, que preserva la confidencialidad del contenido; y el <strong>testamento en situaciones especiales</strong>, como el marítimo o militar. Elegir el<a title="tipos de testamentos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/tipos-de-testamentos-cual-es-el-mas-frecuente/"> tipo de testamento</a> adecuado dependerá de las circunstancias personales y las preferencias de cada individuo, pero lo más importante es garantizar que nuestras voluntades se respeten y se cumplan de forma clara y legal.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/1000/1368.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Qué ocurre si no hay testamento? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html#comments</comments>
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		<pubDate>Tue, 21 Jan 2025 10:26:33 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Ni se pierde ni se lo queda el Estado. Cuando no se ha hecho testamento, es la ley la que designa a los beneficiarios de la herencia, siguiendo un orden de parentesco. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p>En muchas ocasiones una persona fallece <strong>sin dejar <a title="preguntas frecuentes sobre herencias y testamentos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/preguntas_frecuentes_sobre_herencias_y_testamento/1755.html" target="_blank" rel="noopener">testamento</a></strong>, bien por voluntad propia de no querer hacerlo o bien porque fuera un trámite que finalmente no realizó a tiempo. En cualquier caso, cuando llega el momento de <a href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/como_se_divide_una_herencia/1679.html" target="_blank" rel="noopener">repartir una herencia</a> en la que <strong>no hay testamento</strong>, los <a title="quiénes son los herederos forzosos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/quienes_son_los_herederos_forzosos/1822.html">herederos </a>serán aquellos que la ley establece.</p>
<h2>Cómo se reparte una herencia cuando no hay testamento</h2>
<p>Además, la ley también señala el orden por el que deben suceder al fallecido sus familiares y en defecto de estos, el Estado. Dicho orden queda establecido de la siguiente manera:</p>
<ul>
<li><strong>Los descendientes:</strong> Los hijos y sus descendientes suceden a los padres y demás ascendientes sin discriminación por razón de sexo, edad o filiación; no se distingue por tanto, entre hijos naturales y por adopción, hijos matrimoniales y no matrimoniales teniendo todos ellos los mismos derechos hereditarios.</li>
</ul>
<p style="padding-left: 30px;">   Si alguno de los hijos ha muerto antes que el padre, hay que <strong>diferenciar</strong>:</p>
<ul>
<ul>
<li>Si este<strong> hijo tenía a su vez hijos</strong>, les corresponde a estos por partes iguales la parte que le tocaba a su padre o madre.</li>
<li>Si el <strong>hijo muerto no tenía hijos</strong>, la herencia se divide sólo entre los hijos que viven a la muerte del padre.</li>
</ul>
</ul>
<ul>
<li><strong>Los ascendientes:</strong> Heredan en defecto de los hijos y descendientes del difunto. En estos casos, el padre y la madre heredan por partes iguales y si sólo uno de ellos vive, heredará la totalidad de la herencia. Si no viven los padres, heredarán los ascendientes más próximos en grado (los abuelos). Si viven los abuelos maternos y paternos, la herencia se dividirá entre ambas familias a partes iguales.</li>
</ul>
<ul>
<li><strong>El cónyuge</strong>: Hereda a falta de descendientes y de ascendientes y antes que los familiares colaterales (hermanos y sobrinos).</li>
</ul>
<ul>
<li><strong>Los colaterales</strong>: Si sólo concurren hermanos, éstos heredarán por partes iguales; si participan en la herencia hermanos y sobrinos, los sobrinos repartirán entre sí la porción de la herencia que le hubiese correspondido al hermano fallecido (hermano del testador fallecido y padre / madre de los sobrinos que heredan en su representación).</li>
</ul>
<p style="padding-left: 30px;">Si intervienen en la herencia los hermanos de padre y madre, con los hermanastros (sólo de padre o sólo de madre), los primeros heredarán el doble que los segundos. Si todos son medio-hermanos o hermanastros, unos por parte del padre y otros por parte de la madre, heredarán todos por partes iguales.</p>
<ul>
<li>Los <strong>demás parientes</strong>, hasta el cuarto grado (primos), heredarán en defecto de todos los anteriores. Más allá de este cuarto grado de parentesco no es posible heredar si no hay testamento.</li>
</ul>
<ul>
<li>En ausencia de todos los parientes anteriores, <strong>hereda el Estado</strong>, que a su vez está obligado a asignar un tercio de la herencia a instituciones municipales de beneficencia, acción social, profesionales, tanto públicas como privadas, otro tercio, a instituciones de las mismas características pero de ámbito provincial, y el último tercio a cancelar deuda pública salvo que el Consejo de Ministros determine otra aplicación. Estas instituciones heredarán siempre a beneficio de inventario.</li>
</ul>
<p>Aquí puedes leer 10 <a title="Cosas que deberías saber sobre los testamentos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/10-cosas-que-debes-saber-sobre-los-testamentos/">Cosas que deberías saber sobre los testamentos</a>.</p>
<h2>Trámite si no hay testamento</h2>
<p>Si no se ha hecho <strong>testamento</strong>, hay que formalizar lo que se denomina una "<a href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencias/como_arreglan_los_herederos_una_herencia_sin_testamento/3715.html" target="_blank" rel="noopener">declaración de herederos</a>", que es un documento público que define quiénes son los parientes con derecho a la herencia según las reglas antes vistas.</p>
<p>Si heredan los descendientes, ascendientes o el cónyuge, la <strong>declaración de herederos </strong>se hace ante un notario del lugar donde tuviera el fallecido su último domicilio. Habrá que llevar una serie de documentos ( D.N.I. del fallecido, certificación de defunción, certificado del <strong>Registro de Actos de Última Voluntad</strong>, Libro de Familia, al menos) y dos testigos en principio que conozcan a la familia pero que no sean parientes.</p>
<p>Si los herederos son otros (hermanos, hijos de hermanos o parientes de grado más lejano), la <strong>declaración de herederos</strong> la tiene que hacer el juez, previos los trámites previstos en la ley.</p>
<p>Aquí puedes ver <a title="Cómo hacer testamento y cuánto cuesta" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_se_necesita_para_hacer_testamento_y_cuanto_cuesta/1818.html">Cómo hacer testamento y cuánto cuesta.</a></p>
<h2>¿Cuánto cuestan los trámites si hoy testamento?</h2>
<p>Dice el <strong>Consejo General del Notariado</strong> que los costes de estos trámites son, en el mejor de los casos, tres veces más caros que hacer testamento. Si la declaración es ante el juez el coste se puede multiplicar por mucho más. </p>
<p>Estos son los <a title="tipos de tstamento en España" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/tipos-de-testamentos-cual-es-el-mas-frecuente/">tipos de testamentos que hay en España.</a> </p>
<p><strong>No dejar un testamento </strong>puede generar incertidumbre y conflictos entre los herederos, además de alargar los trámites legales y aumentar los costes. Hacer un testamento es una forma sencilla de garantizar que tus deseos se respeten y de facilitar la gestión de tu legado a tus seres queridos.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/0000/47.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ Cómo hacer el testamento y el reparto de la herencia, paso a paso ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/como-hacer-el-testamento-y-el-reparto-de-la-herencia-paso-a-paso/</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Sun, 19 Jan 2025 16:01:37 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Hacer un testamento y planificar el reparto de la herencia puede evitar conflictos familiares y garantizar que se cumpla la voluntad del testador. Te explicamos, paso a paso, cómo redactar un testamento correctamente y qué aspectos legales debes tener en cuenta para un reparto justo y eficiente. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2>Qué es la herencia</h2>
<p>Se considera <a title="herencia" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_la_herencia/1814.html" target="_blank" rel="noopener">herencia</a> al conjunto de bienes, derechos y obligaciones (y deudas), es decir, la situación jurídica general en que se encuentra una persona, pero observada desde el punto de vista de su transmisión a uno o varios sucesores tras el <strong>fallecimiento del titular</strong>. En resumen, todo el proceso incluirá el fallecimiento de una persona, la obtención del documento en el que se indique quiénes son esos sucesores y el posterior reparto de los bienes (y deudas) entre ellos.</p>
<h2>Qué es el testamento</h2>
<p>En el esquema anterior, el <a title="testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento/1810.html" target="_blank" rel="noopener">testamento</a> es el «<strong>documento</strong> en el que se indique quiénes son esos sucesores»; es decir, donde hayamos indicado cómo queremos que se reparta nuestra herencia.</p>
<h2><strong>Cómo hacer el testamento</strong></h2>
<p>Las diversas leyes civiles coinciden en permitir que se <a title="preguntas sobre herencias y testamentos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/preguntas_frecuentes_sobre_herencias_y_testamento/1755.html">haga testamento</a> de diversas formas, de modo que, si vemos los textos legales, encontraremos varios a nuestra disposición. De todos estos -algunos para situaciones especiales, como el hecho en peligro de muerte-, más del 99%, son el llamado '<strong>testamento abierto notarial</strong>', que es el que normalmente conocemos, realizado ante notario. El resto corresponde al '<strong>testamento ológrafo</strong>', sin la concurrencia de nadie más que el testador. Las demás formas son puramente anecdóticas en la práctica.</p>
<p>Debemos tener en cuenta que en el <strong>testamento más común,</strong> ante notario, los controles que exige la ley para darle validez y el asesoramiento jurídico se hacen al otorgarlo, por lo que no necesita «<strong>validaciones</strong>» posteriores (a diferencia de lo que estamos acostumbrados a ver en las películas americanas). Los demás sí que las necesitan: precisan un procedimiento posterior al fallecimiento, también notarial, pero bastante más largo, complicado (y caro) que el del habitual testamento abierto. Además, en estos falta el asesoramiento jurídico, por lo que los problemas de interpretación y aplicación pueden ser considerables. Esta es la razón de la <a title="qué es el testamento abierto" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_notarial_abierto/1806.html">prevalencia del abierto</a><strong> </strong>frente a los demás.</p>
<p>El primer paso es hacerlo, para lo que hace falta pedir cita con el <strong>notario</strong>, llevar el DNI y tener una idea más o menos clara de qué queremos hacer. El <a title="como hacer un testamento" href="https://www.plusesmas.com/muerte/ante_la_muerte/como_hacer_un_testamento_vital/610.html" target="_blank" rel="noopener">cómo hacer el testamento</a>, su adecuación a la ley, la pondrá el notario. A continuación, aunque la persona interesada no se entere de ello, el notario comunicará el hecho del otorgamiento (no el contenido) a un registro central (el de Voluntades Anticipadas) y conservará el original en su archivo. Si el notario cambia de notaría, se jubila o fallece antes, el testamento seguirá allí donde se hizo, pero a cargo del sustituto de su notaría, primero, y de un <strong>archivo dependiente del Colegio Notarial </strong>después, a cargo de un notario que es su archivero.</p>
<p>Una vez fallecida la persona, quien se considere con derechos en su herencia deberá obtener un <strong>certificado</strong> de aquel registro (el de <strong>Últimas Voluntades</strong>), en el que se indicará cuál es su último testamento (el que vale) y dónde está (se puede haber hecho otro, en unas vacaciones a quinientos kilómetros de distancia, del que sus familiares no tengan conocimiento). Con este certificado, el heredero pedirá al notario que lo guarde en su archivo, o al encargado del archivo del Colegio que le dé una copia autorizada (firmada por el notario, lo que le da efectos jurídicos).</p>
<ul>
<li><strong>¿Complicado? </strong></li>
</ul>
<p>No hay que preocuparse. Basta con ir con el <strong>certificado de defunción a la notaria</strong> que se quiera y allí se encargarán de hacer lo preciso hasta que se entregue la copia «que vale» (a diferencia de la puramente informativa, que se dio cuando se otorgó). ¡Y con esto ya se dispone de un título sucesorio!</p>
<ul>
<li><strong>¿Y si no lo hay? </strong></li>
</ul>
<p>Lo confirmará el certificado anterior. En este caso, hay que hacer una '<a title="se puede anular una declaración de herederos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/es-posible-anular-una-declaracion-de-herederos/">declaración de herederos</a>', que es un expediente más complicado, largo en el tiempo y caro que el <strong>testamento</strong>. Para el caso de que no se haya hecho este documento en vida, la ley indica qué parientes, y cómo, serán sus herederos. El objeto de este expediente es determinar quiénes son esos parientes, y termina con la declaración por el notario de que tienen tal condición.</p>
<p>Falta ponerse de acuerdo con los demás interesados para ver cómo se r<strong>eparten la herencia.</strong> En nuestro sistema no existe la lectura del testamento de las películas, muy interesante cinematográficamente, pero ajeno a nuestro sistema y práctica jurídica.</p>
<h2>Cómo se reparte la herencia</h2>
<p>La siguiente fase jurídica es la partición y <a title="como se reparte la herencia" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/expertos_en_herencia_responden/como_hacer_el_reparto_de_la_herencia/3694.html" target="_blank" rel="noopener">adjudicación de la herencia</a>. Es un <strong>documento público</strong> (firmado por un funcionario competente para ello), que será el título de propiedad en el futuro. En principio, <strong>firmado</strong> por todos los herederos, si están de acuerdo, ante el notario al que habrán encargado que lo elabore según sus instrucciones y que les suministrará las informaciones que necesiten.</p>
<ul>
<li><strong>¿Y si no hay acuerdo?</strong></li>
</ul>
<p>En la notaría no se puede obligar a firmar a nadie. Si alguno dice que no lo hace, hay algunas vías, también notariales, excepcionales y más complicadas, pero lo habitual es irse al juzgado para que sea el juez/a el funcionario público al que antes me refería. Hay que en cuenta en este caso que, con sus correspondientes recursos, la cuestión se resolverá en un plazo <strong>a partir de los diez años</strong>.</p>
<p>Finalmente, el juez/a lo manda al notario para que lo convierta en una <strong>escritura.</strong> <a title="costes herencia" href="https://www.plusesmas.com/muerte/ante_la_muerte/cuanto_cuesta_heredar/1349.html" target="_blank" rel="noopener">Los costes finales de heredar</a> incluirán los de las actuaciones judiciales que los lleven, los de los abogados de una y otra parte y los del partidor al que en el juzgado se le haya encargado que haga el <strong>reparto </strong>(normalmente otro abogado), más la escritura final. Bastante desproporcionados si los comparamos con la alternativa: una escritura. Hay que evitar meterse en esta complicación por cuestiones personales, demasiado habituales en particiones de herencias.</p>
<h2>¿Quién se encarga de hacer el reparto de la herencia?</h2>
<p>Lo habitual es que los <strong>herederos</strong> hagan el reparto de la herencia. Pero el <strong>testador</strong> puede hacerla él mismo (poco habitual) o encargarla a otro, cargo llamado <strong>contador-partidor</strong>, que suele juntarse al de albacea (este se encarga de diversos detalles encomendados por el testador). No obstante, habiendo legitimarios, es más complicado legalmente que la haga por sí solo el partidor. En todo caso, habrá de hacerse la <a title="es posible hacer adjudicaciones parciales de una herencia" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/expertos_en_herencia_responden/es_posible_realizar_adjudicaciones_parciales_de_una_herencia/3489.html">escritura de adjudicación de herencia</a>.</p>
<h2>¿Cuándo conviene renunciar a a la herencia?</h2>
<p>Podemos <strong>aceptar la herencia</strong> o decir que no la queremos, es decir, <a title="como renunciar a una herencia" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/expertos_en_herencia_responden/como_renunciar_a_una_herencia/3675.html" target="_blank" rel="noopener">renunciarla</a>. Pero, ojo, <strong>una u otra cosa sólo una vez.</strong> No vale repartirnos una casa y luego decir que no queremos más herencia (por ejemplo, la deuda con la residencia).</p>
<p>Los <strong>motivos más habituales</strong> suelen ser el deseo de algunos herederos de que la herencia recaiga en otros. Por ejemplo, todos los hijos quieren que el progenitor superviviente se quede con todo. Luego ya le heredarán a este. O uno quiere que su parte, si lo prevé el <strong>testamento</strong>, vaya a sus hijos. Otro motivo es que haya deudas que no queramos asumir (se heredan los bienes y las deudas, o no se hereda nada). Últimamente se está mencionando también el supuesto de los gastos de heredar, concretamente el <a title="Cuánto se paga en el impuesto de sucesiones" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/cuanto_se_paga_en_el_impuesto_de_sucesiones/1727.html">impuesto de sucesiones</a>, para el que no se dispone de bienes liquidables para pagar.</p>
<p>La renuncia debe hacerse ante <strong>notario</strong>. Pero, cuidado, la aceptación puede ser tácita, derivada de hechos en que hayamos actuado como <strong>herederos </strong>(por ejemplo, hacemos un arrendamiento sobre un bien de la herencia y cobramos nosotros la renta). Estos actos no permitirían una futura renuncia («una u otra cosa, pero sólo una vez»). Alguien, por ejemplo, casualmente no le dice nada al notario, que le hace la renuncia, pero ojo si aparece un acreedor que justifica que había aceptado antes la herencia.</p>
<h2>¿Se puede aceptar los derechos de la herencia pero no las deudas?</h2>
<p>Existe la posibilidad de <strong>aceptar la herencia</strong>, pero respondiendo de las deudas hasta donde alcancen los bienes de la herencia, y no con los nuestros. Es lo que se llama <strong>aceptación a beneficio de inventario</strong>. Esta sí que ha de hacerse ante notario, y complica un poco el proceso de la <strong>adjudicación de la herencia</strong> (hay que citar a los acreedores conocidos y concertar con ellos, y los demás que aparezcan, el pago de sus créditos, incluso pudiendo llegarse a la subasta notarial de los bienes si no hay un acuerdo mejor), pero es una solución recomendable si no tenemos claro si existen deudas o desconocemos su valor. Cuando se esté en la fase de decidir qué hacer o cómo realizar el reparto, lo mejor es consultar a un notario.</p>
<h2>Otros trámites para hacer el reparto de la herencia</h2>
<p>Una vez se haya hecho el documento público (escritura o sentencia), el siguiente paso será <strong>pagar los impuestos</strong> correspondientes: el <a title="Cómo se pagan menos impuestos en una herencia" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/como-se-pagan-menos-impuestos-en-una-herencia/">impuesto de sucesiones</a>, que corresponde a cada Comunidad Autónoma, y el llamado <strong>impuesto de plusvalía municipal</strong>, que, como su nombre indica, corresponde al ayuntamiento en el que haya bienes urbanos. Cuidado: los plazos, aunque parezcan holgados, se cuentan desde el fallecimiento, no desde que se firme la partición.</p>
<p>Las <strong>cuentas y depósitos bancarios </strong>estarán bloqueados hasta que se presente al banco el documento en el que se indique a quién se adjudica, pasado por la oficina liquidadora del impuesto de sucesiones.</p>
<p>Finalmente, <strong>si hay inmuebles</strong>, habrá que inscribir en el Registro de la Propiedad en el que se encuentren estos (si hay una vivienda y unas fincas en el pueblo de origen, no olvidar al Registro de este pueblo).</p>
<p>Lo habitual es encargar estos trámites a una <strong>gestoría </strong>o, según los sitios, hacerlos en una notaría. Pero esto es una actuación distinta de la preparación y autorización de la escritura, no obligatoria para el notario; es conveniente tenerlo en cuenta porque las actuaciones de gestión se cobran. Se suele hacer así porque la tramitación es complicada (especialmente para el profano) y la intención suele ser firmar y obtener un título cuando esté todo completamente tramitado. No obstante, puede hacerlo uno mismo.</p>
<h2>Costes de una herencia</h2>
<p>En tema de documentos notariales es un lugar común pensar en el <strong>coste de las escrituras</strong>. Y aquí se incluyen: la <strong>escritura pública</strong>, los gastos de <strong>tramitación </strong>(preparar y realizar las liquidaciones de impuestos, todo el trámite hasta la inscripción en el Registro de la Propiedad) y el pago del <strong>impuesto </strong>que corresponda, en este caso los de sucesiones y el de <strong>plusvalía </strong>municipal (cuyo nombre técnico es el de «Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana»). Pero como la única oficina que se ve es la notarial, y el único funcionario el notario (para los consumidores en general, ¿alguien ha visto una vez a un registrador de la propiedad que no sea el presidente del Gobierno? Pues habrá intervenido cada vez que se haya tramitado una escritura referente a bienes inmuebles), se tiene la idea de que el coste total lo cobra el notario.</p>
<p>De todo esto, con diferencia, el apartado más caro es el los dos impuestos citados. El <a title="impuesto de sucesiones " href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/cuanto_se_paga_en_el_impuesto_de_sucesiones/1727.html" target="_blank" rel="noopener">impuesto de sucesiones</a> corresponde a las comunidades autónomas, por lo que es muy variable. Pero hay que tener en cuenta una cosa: cuanto más alejado sea el parentesco con el fallecido, más alto el porcentaje; cuanto mayor sea el valor de lo heredado, también mayor el porcentaje. En cuanto a la llamada <strong>plusvalía </strong>municipal, depende de una parte del<strong> valor catastral fijado </strong>por cada ayuntamiento y del tiempo desde que se adquirió hasta el fallecimiento, entre otras cosas. ¿Complicado? Pues sí, y además es la parte realmente cara de heredar.</p>
<p>Y no estaría de más echar un vistazo a una posible llamada <strong>plusvalía </strong>(nuevamente, este no es su nombre técnico) futura en el <strong>IRPF</strong>, pero esto es una complicación más que debe tratarse en la notaría, a ver si hay alternativas para que no salga tan cara.</p>
<h2>¿Conviene hacer testamento?</h2>
<p>Hay algunas personas que no quieren hacer <strong>testamento </strong>porque creen que, si lo hacen, se van a morir, pero no hay que dejarse llevar por el mito y hacerlo si se considera que es necesario.</p>
<p>A la hora de hacerlo, hay que tener en cuenta que el testamento ante notario es <strong>secreto</strong>, así que lo que se firme ante él solo lo sabrán las personas que se quiere que lo sepan. Nadie más conocerá la voluntad de quien hace el testamento, de forma que únicamente cuando este fallezca los herederos podrán conocer su contenido. Se puede cambiar el testamento cuando se desee y las veces que se quiera; también se ha de tener presente que el <strong>testamento </strong>solo produce efectos una vez que la persona fallezca, por lo que evidentemente conservará todo su dinero y propiedades mientras viva, es decir, hasta que no fallezca es como si no hubiese hecho nada.</p>
<h2>¿Qué tipo de testamento es el mejor para mí?</h2>
<p><strong>El testamento más común</strong> que se hace en España en el supuesto de <strong>matrimonio con hijos</strong> consiste en <a title="dejar en usufructo una vivienda" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/dejar-en-usufructo-mi-parte-de-una-vivienda/">dejarle al cónyuge el usufructo de todos los bienes</a> mientras viva, quedando los hijos como '<strong>nudo propietarios</strong>'.</p>
<ul>
<li><strong>¿Qué quiere decir esto?</strong></li>
</ul>
<p>Pues que el esposo o esposa que quede viudo tiene derecho a disfrutar de todos los bienes, es decir, <strong>habitar la vivienda</strong>, alquilar esa vivienda o cualquier otro inmueble o recibir los intereses del dinero que se tenga. Los hijos tienen la <strong>propiedad</strong>, pero esa propiedad está «desnuda» de contenido económico, pues todo le corresponde al <strong>cónyuge viudo,</strong> y solo cuando fallezca tendrán los hijos la plena propiedad.</p>
<p>Con este testamento, cuyo coste no excede de 60 €, se garantiza que el viudo o viuda quede protegido, puesto que ningún hijo podrá echarle de la vivienda. Por tanto, tendrá derecho a continuar viviendo en su casa y, además, en caso de que haya otros bienes, recibirá los frutos que produzcan (ya sean alquileres o intereses de cuentas bancarias)</p>
<p>En algunas Comunidades Autónomas, como Galicia, País Vasco, Aragón, Navarra, Cataluña y Baleares hay algunas especialidades cuando se hace testamento.</p>
<h2>¿Qué pasa si no hago testamento?</h2>
<p>El testamento no es obligatorio, pero si no se hace, el cónyuge que quede <strong>viudo/a solo tendrá el usufructo del 33% de la herencia</strong> (salvo las especialidades en algunas Comunidades autónomas); todo lo demás será para los hijos.</p>
<p>Si compraron las propiedades cuando estaban casados y están en <strong>gananciales </strong>o en caso de estar en separación de bienes compraron al 50%, al fallecer uno de los cónyuges, el viudo conservará la propiedad de su mitad, de forma que lo que venimos diciendo de la herencia se aplicará sólo al 50% del fallecido.</p>
<h2>¿Puedo hacer el testamento como quiera?</h2>
<p>En casi toda España hay que respetar unos derechos legales de los hijos, llamados '<strong>legítimas</strong>', lo cual supone que el<strong> 66% de la herencia </strong>le corresponde por ley a los descendientes. En algunas Comunidades Autónomas, como Galicia o Cataluña, solo hay que dejar a los hijos el 25%, y en Navarra se puede disponer como se quiera, no hay que reservar nada a los hijos. También hay especialidades recién implantadas en al País Vasco: debe ir a los descendientes, distribuido como se quiera, un tercio de los bienes.</p>
<p>Ahora bien, en caso de conflicto grave con alguno de los hijos, puede plantearse <a title="Pasios para desheredar" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/pasos-para-desheredar-ante-notario/">desherederarle</a>, si bien ha de consultar esta opción con el notario ante el que se haya hecho el testamento.</p>
<h2>¿Puedo favorecer en el testamento al hijo que me cuida?</h2>
<p>En la mayor parte de España, el 66% de la herencia ha de ser necesariamente para los descendientes, pero de ese porcentaje<strong> solo el 33% ha de repartirse en partes iguales </strong>entre los hijos, ya que el otro 33% es lo que se denomina 'tercio de mejora' y que puedes dejarlo al hijo que te esté cuidando (también a los nietos que se desee), quedando por tanto mejorado. Con el restante 33% puedes hacer lo que quieras, por lo que también lo puedes dejar al hijo que se ocupa de ti. En resumen, <strong>el hijo que te cuida </strong>recibirá de más el 66% de la herencia, y entre todos los hijos se repartirán en partes iguales el 33% restante. Consulta al notario si en tu Comunidad hay excepciones a esta norma.</p>
<p>Todo esto ha de quedar reflejado en el <strong>testamento </strong>y, en el caso de que la situación cambie el día de mañana, se puede modificar el testamento pues, como decimos, este se puede cambiar las veces que se quiera.</p>
<h2>¿Puedo favorecer en el testamento al hijo que vaya a cuidarme?</h2>
<p><strong>Es posible</strong> dejar el testamento con esa condición, de forma que el hijo que se haya ocupado de ti <a title="favorecer a un hijo en el testamento" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/hereda-mas-un-hijo-que-cuida-a-sus-padres/">recibirá una mayor parte de su herencia </a>cuando fallezcas. No obstante, no aconsejamos hacer el <strong>testamento </strong>de ese modo, puesto que la práctica muestra cómo, a la hora de repartir la herencia, surgen <strong>disputas entre los herederos </strong>sobre si se ha hecho cargo del cuidado de los padres y cómo los ha atendido, o qué hijo los ha cuidado y asistido más, por lo que, en vez de causarle un beneficio al hijo que te cuide, le estará generando un problema. Por ello es preferible dejar ya concretado en el testamento a qué hijo se quiere mejorar, que será el que te esté cuidando, sabiendo en todo momento que, si la situación cambia y deja de cuidarte, puedes modificar el testamento inmediatamente.</p>
<h2>Quiero que la vivienda sea para uno de mis hijos. ¿Es posible?</h2>
<p>El patrimonio que tengas lo puedes repartir libremente. Ahora bien, lo más común es que la única propiedad de valor sea la vivienda, pero si deseas mejora a alguno de los hijos, como hemos dicho, <strong>puedes hacerlo.</strong> Además, si quieres que la vivienda sea para ese hijo, podrás asignársela y facultarle para que la parte que le corresponde por ley a los otros hijos pueda ser pagada en metálico.</p>
<h2>Quiero que mi esposo decida a qué hijo mejorar. ¿Puede hacerse?</h2>
<p>Claro que <strong>puedes hacerlo.</strong> Basta con incluir una cláusula en el <strong>testamento </strong>por la cual sea el cónyuge que sobreviva quien decida a qué hijo se mejora, pudiendo, por tanto, tomar decisiones sobre el 66% de la herencia del que ha fallecido (recordemos que el otro 33% se reparte entre los hijos a partes iguales). Hay que tener en cuenta que, si no se indica un plazo para que el viudo/a decida a quien mejorar, solo habrá do<strong>s años para hacerlo</strong>. Durante este período, antes de que el cónyuge viudo realice la mejora, la administración del patrimonio del fallecido le corresponderá al propio viudo.</p>
<h2>El testamento cuando hay un hijo con discapacidad</h2>
<p>En caso de estar<strong> judicialmente incapacitado</strong>, además de que puedes «mejorarle» en el 66% de su herencia, también puedes asignarle el disfrute del 33% restante, que solo pasará a ser propiedad de tus otros hijos una vez que fallezca el incapacitado.</p>
<p>Resulta muy útil que le encomiendes al cónyuge viudo/a la facultad de tomar la <a title="Se puede mejorar al hijo discapacitado" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/se_puede_favorecer_en_el_testamento_a_un_hijo_discapacitado/1824.html">decisión de mejorar al hijo incapacitado</a>, señalando un plazo amplio para que tome la decisión, de forma que durante ese tiempo la administración del patrimonio le corresponderá al cónyuge.<br />Como el hijo discapacitado no podrá otorgar <strong>testamento </strong>por carecer de capacidad (salvo que se reconozca tal posibilidad en la sentencia de incapacitación), es muy conveniente que se nombre un sustituto para que reciba los bienes del incapaz cuando fallezca; es como hacer «testamento por él».</p>
<p>Por último, si se deseas, se puede <strong>designar un tutor</strong> del hijo incapaz en el testamento, para cuando fallezcan ambos padres. El juez deberá respetar tal decisión y nombrar tutor a quien se haya elegido, salvo que, por alguna circunstancia grave, llegado el momento no sea aconsejable.</p>
<h2>Impuestos de una herencia que tienen que pagar los hijos</h2>
<p><a title="impuestos herencia" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/impuestos-por-recibir-herencia-en-el-testamento/" target="_blank" rel="noopener">Los impuestos que hay que pagar en una herencia</a> es una cuestión que <strong>depende de cada Comunidad Autónoma</strong>, por lo que antes de hacer testamento hay que asesorarse sobre esta cuestión. Puede preguntarse al notario ante el que se vaya a hacer <strong>testamento</strong>, quien orientará sobre esta cuestión. Ahora bien, como la ley fiscal que se aplica no va a ser la del día en que se haga testamento, sino la que haya cuando la persona fallezca, no habrá seguridad plena.<br />Si lo que se <strong>hereda </strong>es la vivienda habitual, hay unas<strong> reducciones fiscales </strong>tan importantes, que prácticamente no se paga nada, pero si se vende antes de los 10 años siguientes al fallecimiento del testador, se perderá esa bonificación fiscal.</p>
<p>Es importante informarse antes de <strong>hacer testamento</strong>, puesto que puede darse el caso de que, deseando favorecer a algún hijo, se llegue incluso a causarle un perjuicio fiscal, de forma que, dejándole algo menos de lo que se había pensado, no tendría que pagar nada y, dejándole más, sí estaría obligado a un pago considerable de impuestos.</p>
<h2>Autores y bibliografía:</h2>
<p>Tomás Castillo Arenal, Gerente de AMICA<br />Jorge Díaz Cadórniga, notario de Vera (Almería)Manuel Nevado Rey<br />Francisco González Ruiz, Abogado. Colaborador de la Fundación Æquitas.<br />David Mendoza Moreno, Abogado. Defensor Judicial. <br />Valero Soler Martín-Javato, notario de Torelló (Barcelona)<br />Coordinador: Manuel Rueda Díaz de Rábago, notario de Vitoria y Director de Sección Jurídica de la Fundación Æquitas.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/22000/22501.jpg"/>
	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ 22 Preguntas frecuentes sobre herencias y testamentos ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/preguntas_frecuentes_sobre_herencias_y_testamento/1755.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Sun, 19 Jan 2025 10:35:54 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Realizar un testamento o enfrentarse al proceso como heredero genera muchas dudas legales y prácticas. ¿Cómo se distribuye la herencia? ¿Qué impuestos deben pagarse? Resolvemos las preguntas más comunes, aclarando los aspectos esenciales para tomar decisiones informadas y evitar conflictos en la gestión del patrimonio familiar. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <h2>¿Qué es un testamento?</h2>
<p>El <strong>testamento</strong> es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos o parte de sus bienes. <a title="qué es el testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento/1810.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Quiénes pueden testar?</h2>
<p>Las personas <strong>mayores de catorce años </strong>y que en el momento de formalizar el testamento estén en plena posesión de sus facultades. El documento será válido aunque después quede incapacitado mentalmente. Cuando se trate de un <a title="qué es el testamento ológrafo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_el_testamento_olografo/1808.html">testamento ológrafo </a>será necesaria la mayoría de edad.</p>
<h2>¿Es recomendable hacer testamento?</h2>
<p>Lo es. Se trata de un procedimiento rápido, sencillo y económico que permite determinar el destino de nuestro patrimonio y evitar rencillas entre los herederos. <a title="conviene hacer testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/conviene_hacer_testamento/272.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Hay que acudir a un notario para hacer testamento?</h2>
<p>La <a title="tipos de testamentos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/tipos-de-testamentos-cual-es-el-mas-frecuente/">tipología de testamentos</a> es variada, aunque la fórmula más frecuente es acudir a un notario que, además, nos ayudará a asegurarnos de que nuestras disposiciones se ajustan a la ley.</p>
<h2>¿Pueden hacerse varios testamentos?</h2>
<p>Sí, pero únicamente será válido el<strong> último otorgado,</strong> que excluirá a los anteriores.</p>
<h2>¿Qué es la legítima?</h2>
<p>La legítima es la parte de bienes del patrimonio del testador/a que la ley obliga a dejar a sus herederos forzosos. <a title="qué son las legítimas" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_son_las_legitimas/1819.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Puede una persona disponer libremente de su patrimonio?</h2>
<p>No. El Código Civil obliga a dejar las<strong> dos terceras partes</strong> de los bienes de la herencia a los hijos e hijas o a los nietos. Si el fallecido es un hijo, heredarán los padres y ascendientes, y si no existiera, el viudo o viuda del fallecido.</p>
<h2>¿Cómo se divide una herencia?</h2>
<p>Con carácter general, y aunque existen excepciones en los derechos forales de algunas <a href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/como_se_hace_testamento_en_cataluna/1682.html">Comunidades Autónomas</a>, la herencia se divide en<strong> tres partes</strong>. La primera es el tercio de <a href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/la_legitima_en_el_testamento/276.html">legítima</a>, que se reparte entre los hijos a partes iguales. Si alguno de ellos ha fallecido, heredan sus descendientes por derecho de representación, por estirpes. La segunda parte es el<strong> tercio de mejora</strong>, que se debe repartir también entre hijos y descendientes, pero no necesariamente a partes iguales. Se puede <strong>beneficiar a unos hijos</strong> frente a otros. El último tercio es el de libre disposición, que puede dejarse a quien se desee, sea o no familia. <a title="cómo se divide una herencia" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/como_se_divide_una_herencia/1679.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Puedo desheredar a un hijo porque su estilo de vida no me parezca adecuado?</h2>
<p>En ningún caso. Para que se pueda <a title="cómo desheredar ante notario" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/cuando-se-puede-desheredar-ante-notario/">desheredar a un hijo </a>es preciso que existan gravísimas causas recogidas expresamente en la ley. Por ejemplo, la existencia de una condena del heredero forzoso por haber atentado contra la vida del testador/a. <a title="desheredar a un hijo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/como_desheredo_a_un_hijo_o_a_mis_padres/1678.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Qué pasa si no hay testamento?</h2>
<p>En este caso se abre la<strong> sucesión intestada</strong> es decir, se sucede por disposición de la ley (o abintestato). En primer lugar recibirán la herencia los<strong> herederos forzosos</strong> en el orden establecido en la ley. Si no existen herederos forzosos, las personas de la familia más cercanas, y en caso de no haber familiares, hereda el Estado. <a title="qué ocurre si no hay testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_ocurre_si_no_hay_testamento/268.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Cómo se puede saber si se ha realizado testamento?</h2>
<p>Para conocer si existe o no testamento los herederos deben solicitar el <strong>Certificado de Defunción</strong> en el Registro Civil y dirigirse al Registro de Actos de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia y pedir un certificado en el que se acredite si la persona fallecida realizó o no testamento. En el Registro constará este dato, así como en qué fecha se realizó y ante qué notaria o notario se hizo. <a title="cómo averiguar si hay o no testamento" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/como_averiguar_si_hay_o_no_testamento/1677.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Qué hereda el viudo/a?</h2>
<p>Si el fallecido/a no otorgó testamento y existen hijos o hijas del matrimonio, al viudo/a le corresponde el <a title="ceder en usufructo una vivienda" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/dejar-en-usufructo-mi-parte-de-una-vivienda/">usufructo de la tercera parte</a> de la herencia. Si no hay hijos ni hijas del matrimonio, pero viven el padre/madre del cónyuge fallecido, le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia. En el caso que no existan ni descendientes ni ascendientes del marido, a la viuda le corresponderá la totalidad de los bienes del marido.<br /><br />Si hay <strong>testamento</strong>, dependerá de lo que allí dispuso el fallecido. Habitualmente, se suele mejorar la situación del cónyuge. <a title="qué hereda el viudo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_hereda_el_viudo/1817.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Qué es el usufructo viudal?</h2>
<p>Es el derecho que tiene la viuda/o a disfrutar de los <strong>bienes de su cónyuge fallecido</strong>, con la obligación de conservarlos, es decir no podrá venderlos puesto que el titular del usufructo no es el propietario de los mismos. <a title="conmutación del usufructo del viudo" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_la_conmutacion_del_usufructo_del_viudo/1811.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Podrá sustituirse el usufructo por otro tipo de prestación?</h2>
<p>Si existe acuerdo entre los herederos/as y la viuda, la parte de usufructo que le corresponde a ella puede sustituirse por una<strong> renta vitalicia</strong>, por un bien en propiedad, por una cantidad de dinero, etc.</p>
<h2>¿Puede uno de los cónyuges otorgar testamento sin el conocimiento del otro?</h2>
<p>Sí. Cualquier persona puede <a title="Cómo hacer testamento, paso a paso" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/como-hacer-el-testamento-y-el-reparto-de-la-herencia-paso-a-paso/">otorgar testamento </a>en la forma que desee sin tener que comunicárselo a su marido o a su mujer. No obstante, a la hora de testar conviene saber que si el matrimonio rige por el régimen económico de sociedad de <strong>gananciales</strong>, sólo podrá disponer de la mitad de esos bienes. El resto, adquiridos antes del matrimonio o fruto de una herencia, son privativos y puede disponer de ellos en su totalidad.</p>
<h2>¿Pueden otorgar testamento conjunto el marido y la mujer?</h2>
<p>El <strong>testamento </strong>es un acto individual, sea cual sea el estado civil de los testadores. Por lo tanto, aunque ambos cónyuges quieran mejorar a determinados herederos o nombrarse herederos mutuamente, han de hacer testamento por separado.</p>
<h2>¿Tiene algún derecho el divorciado o separado sobre los bienes de su ex cónyuge?</h2>
<p>No. El divorcio o la separación legal son motivo de pérdida de los derechos hereditarios sobre los bienes del ex marido o de la ex mujer. <a title="derecho a herencia de divorciados y separados" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/tienen_derecho_a_la_herencia_los_separados_y_divorciados/1826.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿La herencia paga impuestos?</h2>
<p>Si, las herencias pagan impuestos. El heredero deberá pagar el <a title="Cuánto se paga en el Impuesto de Sucesiones" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/cuanto_se_paga_en_el_impuesto_de_sucesiones/1727.html">Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones</a>. <a title="herencias pagan impuestos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/las_herencias_pagan_impuestos/1752.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Cuándo hay que pagar el Impuesto de Sucesiones?</h2>
<p>En el plazo de<strong> seis meses</strong>. Transcurrido ese plazo, Hacienda cobra el recargo correspondiente. <a title="cuándo se paga el impuesto de sucesiones" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/cuando_se_paga_el_impuesto_de_sucesiones/1726.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Cuánto hay que pagar en el Impuesto de Sucesiones?</h2>
<p>Depende de los bienes heredados y del parentesco con el fallecido. Existe un mínimo exento. <a title="cuánto se paga en el impuesto de sucesiones" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/cuanto_se_paga_en_el_impuesto_de_sucesiones/1727.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Qué es un albacea?</h2>
<p>Es aquella persona designada por el <strong>testador en su testamento</strong> para administrar sus bienes y dividirlos entre los herederos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el documento. El cargo de albacea es voluntario. <a title="qué es un albacea" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/que_es_un_albacea/1815.html" target="_blank" rel="noopener">Ver más</a></p>
<h2>¿Puedo dejar la herencia a una persona o a una agrupación de mi confianza?</h2>
<p>Sin tocar los derechos hereditarios de los legitimarios, es posible dejar un legado a quien se quiera, ya sea una persona física o jurídica. Dentro de la categoría de persona jurídica estarían las instituciones públicas o privadas, lo que incluye a las ONGs como organizaciones sin ánimo de lucro.</p> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Cuánto se paga en el Impuesto de Sucesiones en España? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/cuanto_se_paga_en_el_impuesto_de_sucesiones/1727.html</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Sun, 19 Jan 2025 10:14:21 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Convertirse en heredero no está exento de impuestos. La cuantía del impuesto de sucesiones depende de varios factores: el valor de los bienes, el grado de parentesco con el fallecido, el patrimonio previo y qué tipo de bien se herede. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p class="MsoNormal">Convertirse en heredero conlleva no solo la adquisición de bienes y derechos, sino también la obligación de liquidar el<a title="Cómo se pagan menos impuestos por heredar en España" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/como-se-pagan-menos-impuestos-en-una-herencia/"> </a><strong><a title="Cómo se pagan menos impuestos por heredar en España" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/como-se-pagan-menos-impuestos-en-una-herencia/">Impuesto de Sucesiones y Donaciones</a> (ISD)</strong>. Este tributo es estatal, pero su gestión y recaudación están transferidas a las comunidades autónomas, lo que genera grandes diferencias en su aplicación.</p>
<p class="MsoNormal">Te contamos los factores clave que determinan <strong>cuánto se paga por el impuesto de Sucesiones en España en 2025</strong>, actualizando la normativa vigente.</p>
<h2 class="MsoNormal">Factores que determinan el pago del Impuesto de Sucesiones</h2>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="1" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l5 level1 lfo1; tab-stops: list 36.0pt;">
<h3>El valor de los bienes adquiridos</h3>
<strong>El ISD utiliza una escala progresiva</strong>: cuanto mayor es el valor de los bienes heredados, más alta es la cuota tributaria. La base imponible se calcula sumando el valor real de todos los bienes y derechos que componen la herencia.</li>
</ol>
<p class="MsoNormal">La <strong>escala estatal para el ISD en 2025 </strong>incluye cuatro tramos:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Hasta 8.000 €: tipo impositivo del 7,65 %.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Entre 8.001 y 32.000 €: tipo del 8,5 %.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Entre 32.001 y 64.000 €: tipo del 9,35 %.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l6 level1 lfo2; tab-stops: list 36.0pt;">Más de 64.000 €: tipos progresivos que llegan hasta el 34 %.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">No obstante, las<strong> comunidades autónomas</strong> aplican reducciones y bonificaciones que pueden modificar sustancialmente estos porcentajes.</p>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="2" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l9 level1 lfo3; tab-stops: list 36.0pt;">
<h3>Parentesco con el fallecido</h3>
El <strong>grado de parentesco</strong> es uno de los factores más determinantes en el <strong>cálculo del ISD</strong>. La ley divide a los herederos en cuatro grupos, y cada uno tiene un mínimo exento de tributación:</li>
</ol>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l10 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Grupo I</strong>: Descendientes menores de 21 años. En 2025, el mínimo exento oscila entre 15.000 y 47.800 €, según la comunidad autónoma.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l10 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Grupo II</strong>: Descendientes mayores de 21 años, cónyuges y ascendientes. El mínimo exento suele ser de 15.000 € como mínimo.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l10 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Grupo III</strong>: Hermanos, sobrinos, tíos y ascendientes o descendientes por afinidad. Aquí las bonificaciones son más limitadas.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l10 level1 lfo4; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Grupo IV</strong>: Personas sin parentesco cercano. Estos herederos no disfrutan de mínimos exentos y pagan los tipos más altos.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">Cuanto más cercano sea el parentesco, mayor será el mínimo exento y menores los tipos aplicables. Por ejemplo, comunidades como Madrid y Andalucía bonifican hasta el 99 % del impuesto para los grupos I y II.</p>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="3" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l0 level1 lfo5; tab-stops: list 36.0pt;">
<h3>Patrimonio previo del heredero</h3>
El ISD incorpora un sistema de multiplicadores que incrementa la cuota a pagar en función del patrimonio previo del heredero. Esto significa que quienes ya posean un patrimonio significativo antes de heredar pagarán más.</li>
</ol>
<p class="MsoNormal">Los multiplicadores oscilan entre 1 y 2,4, dependiendo del grupo de parentesco y de la riqueza previa del heredero. Para calcular el patrimonio, el heredero debe presentar una copia de su última <strong>Declaración del Impuesto sobre el Patrimonio</strong> o una declaración jurada sobre su cuantía.</p>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="4" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l4 level1 lfo6; tab-stops: list 36.0pt;">
<h3>El tipo de bienes heredados</h3>
No todos los bienes tributan de la misma manera. Algunas categorías disfrutan de bonificaciones específicas:</li>
</ol>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Negocios familiares</strong>: La transmisión de una empresa o negocio familiar está bonificada, siempre que los herederos continúen con la actividad empresarial durante un periodo determinado.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Vivienda habitual</strong>: Si el cónyuge o los hijos <a title="dividir la vivienda entre varios hijos" href="https://www.plusesmas.com/herencias/los-expertos-responden/es-posible-dividir-una-vivienda-entre-varios-hijos/"><strong>heredan la vivienda habitual del fallecido</strong></a> y cumplen con ciertos requisitos, pueden beneficiarse de reducciones del 95 % en la base imponible, con un límite que varía según la comunidad autónoma (por ejemplo, 122.606 € en Cataluña o 180.000 € en Andalucía).</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l7 level1 lfo7; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Bienes agrícolas o ganaderos</strong>: También cuentan con beneficios fiscales si se mantienen en la explotación.</li>
</ul>
<h2 class="MsoNormal">Diferencias entre comunidades autónomas</h2>
<p class="MsoNormal">La gestión descentralizada del ISD ha creado un mapa fiscal desigual en España, donde <a title="preguntas sobre herencias y testamentos" href="https://www.plusesmas.com/derechos_dinero/herencia_y_testamento/preguntas_frecuentes_sobre_herencias_y_testamento/1755.html">heredar </a>puede ser prácticamente gratuito en algunas regiones, mientras que en otras supone un coste elevado. Estas son algunas de las principales diferencias en 2025:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Madrid</strong>: Bonificación del 99 % para descendientes, ascendientes y cónyuges (grupos I y II). En la práctica, el impuesto es casi inexistente para estos grupos.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Andalucía</strong>: Reducción de hasta 1.000.000 € en la base imponible para herencias entre familiares directos.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Cataluña</strong>: Aunque ofrece reducciones para la vivienda habitual y descendientes, las bonificaciones no son tan generosas como en otras comunidades.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l8 level1 lfo8; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Asturias y Aragón</strong>: Estas regiones aplican menos reducciones y mantienen tipos impositivos elevados, lo que puede suponer una carga significativa para los herederos.</li>
</ul>
<p class="MsoNormal">Es importante destacar que la normativa autonómica puede cambiar cada año, por lo que es fundamental consultar la legislación específica antes de calcular el impuesto.</p>
<h2 class="MsoNormal">Cálculo práctico del ISD en 2025</h2>
<p class="MsoNormal">Para ilustrar cómo se <strong>calcula el ISD</strong>, consideremos el siguiente ejemplo:</p>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="disc">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo9; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Herencia recibida</strong>: 200.000 € (incluye 150.000 € de vivienda habitual y 50.000 € en efectivo).</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo9; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Heredero</strong>: Hijo del fallecido (Grupo II), residente en Madrid.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l3 level1 lfo9; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Patrimonio previo del heredero</strong>: Inferior a 400.000 €.</li>
</ul>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="1" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Base imponible</strong><br />Se calcula sumando el valor de los bienes heredados: 200.000 €.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Reducciones aplicables</strong></li>
<ul style="margin-top: 0cm;" type="circle">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level2 lfo10; tab-stops: list 72.0pt;">Vivienda habitual: Reducción del 95 % sobre 150.000 €, es decir, 142.500 €.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level2 lfo10; tab-stops: list 72.0pt;">Reducción por parentesco: 15.956 €.</li>
</ul>
</ol>
<p class="MsoNormal">Total de reducciones: 158.456 €.</p>
<p class="MsoNormal">Base liquidable: 200.000 € - 158.456 € = 41.544 €.</p>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="3" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Cuota tributaria</strong><br />Según la escala progresiva, para una base de 41.544 €, la cuota estatal es de aproximadamente 4.243 €.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l1 level1 lfo10; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Bonificación autonómica</strong><br />En Madrid, la bonificación del 99 % reduce la cuota a solo 42,43 €.</li>
</ol>
<p class="MsoNormal">En este caso, el heredero pagaría apenas 42,43 €, gracias a las bonificaciones aplicables en Madrid.</p>
<h2 class="MsoNormal">Consejos para reducir la carga fiscal del ISD</h2>
<ol style="margin-top: 0cm;" start="1" type="1">
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo11; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Planificar la herencia con anticipación</strong><br />Realizar una planificación sucesoria permite aprovechar bonificaciones y reducciones fiscales, y considerar alternativas como donaciones en vida.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo11; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Hacer testamento</strong><br />Un <a title="Cómo hacer testamento, paso a paso" href="https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/como-hacer-el-testamento-y-el-reparto-de-la-herencia-paso-a-paso/">testamento </a>bien redactado puede garantizar que los bienes se distribuyan de la manera más eficiente desde el punto de vista fiscal.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo11; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Revisar la normativa autonómica</strong><br />Consultar las bonificaciones específicas en la comunidad autónoma donde residía el fallecido es clave para calcular correctamente el impuesto.</li>
<li class="MsoNormal" style="mso-list: l2 level1 lfo11; tab-stops: list 36.0pt;"><strong>Consultar a un experto</strong><br />Dado que el ISD es complejo y sujeto a cambios legislativos, contar con el asesoramiento de un abogado especializado o asesor fiscal puede ahorrar tiempo y dinero.</li>
</ol>
<p class="MsoNormal">El <strong>Impuesto de Sucesiones y Donaciones</strong> en España es un tributo que varía enormemente en función de factores como el valor de los bienes, el grado de parentesco, el patrimonio previo del heredero y la comunidad autónoma. En <strong>2025</strong>, las diferencias autonómicas siguen marcando la mayor desigualdad fiscal entre herederos.</p>
<p class="MsoNormal">Planificar adecuadamente la sucesión, conocer las reducciones aplicables y contar con asesoramiento especializado son pasos esenciales para minimizar la carga fiscal y garantizar una transición patrimonial eficiente y legal. En un sistema tan complejo y diverso, estar bien informado marca la diferencia entre pagar una cantidad simbólica o enfrentarse a una factura considerable.</p>
<h2 class="MsoNormal">Bibliografía</h2>
<ul>
<li class="MsoNormal">Agencia Tributaria. (2025).<a title="impuestos de sucesiones" href="https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/impuestos-tasas/impuesto-sobre-sucesiones-donaciones.html"> <em>Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones: Guía oficial 2025</em>.</a></li>
<li class="MsoNormal"><a title="impuestos de sucesiones" href="https://www.conceptosjuridicos.com/impuesto-de-sucesiones/">Conceptos Jurídicos. (2025). </a><em>Impuesto de Sucesiones: Cómo funciona y diferencias autonómicas</em>.</li>
<li class="MsoNormal"><a title="Impuestos de sucesiones 2025" href="https://www.comunidad.madrid/servicios/atencion-contribuyente/impuesto-sucesiones">Testamento y Herencia</a>. (2025). <em>Reducciones y bonificaciones en el Impuesto de Sucesiones por comunidades autónomas</em>.</li>
</ul> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ Testamento solidario ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/testamento-solidario/</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/testamento-solidario/#comments</comments>
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		<pubDate>Tue, 14 Nov 2017 10:37:36 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Si quieres, puedes reescribir el futuro de miles de niños y permanecer en sus vidas para siempre haciendo un Testamento solidario a favor de UNICEF. Así, cuando ya no estés, tu vida les dará educación, medicinas, protección y nutrición. Tu vida les dará más vida. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p>¿Es posible salvar la vida de alguien que aún no ha nacido sin necesidad de viajar en el tiempo? Sí, se pueden salvar las vidas de millones de niños que llegarán a este mundo cuando nosotros ya no estemos y que, desgraciadamente, necesitarán nuestro apoyo. Niños vulnerables y sin recursos que podrán acceder a educación, medicinas, protección y nutrición gracias a una generosidad que se extenderá a futuras generaciones. ¿Cómo? «Es muy sencillo: incluyendo a UNICEF, el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia, en nuestro testamento. Así, cuando ya no estés, tu vida les dará educación, medicinas, protección y nutrición. Tu vida les dará más vida», explica Silvia Llorens, responsable de Herencias y Legados de UNICEF Comité Español.</p>
<h3>Un tabú que superar</h3>
<p>En un país en el que la muerte es todavía un tema tabú y en el que muchas personas fallecen sin dejar escrito cómo deben administrarse sus bienes, lo primero y fundamental es, precisamente, hacer testamento. Con independencia de si vamos a incluir o no a UNICEF en él, se trata de un trámite que evitará problemas en el futuro a nuestros familiares. Si no lo hacemos, cuando fallezcamos será ley la que designará los herederos siguiendo un orden de parentesco. En caso de que no haya herederos forzosos y no se haya redactado testamento, la ley designará como heredero al Estado.</p>
<p>Si además de hacer testamento queremos incluir en él a UNICEF, basta con acercarse a un notario para realizar o modificar nuestro testamento e incluir una frase que indique lo que se quiere legar y los datos de UNICEF Comité Español. «Ante cualquier duda —explica Llorens—, la organización puede prestar asesoramiento gracias a la ayuda de abogados expertos. Además, hacer testamento es muy barato. En España, el coste ronda los 40 €, que se pagan en el momento. Los notarios tienen unas tarifas oficiales y no pueden cobrar tasa alguna por encima del precio oficial».</p>
<h3>Reescribir el futuro</h3>
<p>UNICEF trabaja en más de 190 países y territorios protegiendo lo derechos de la infancia y consiguiendo cambios reales en la vida de los niños. La organización sabe que, desgraciadamente y a pesar de los avances, seguirá habiendo muchísimas necesidades que cubrir en el futuro. Ocurrirán catástrofes naturales que no se pueden prever y, si no se remedia, los niños seguirán siendo los más vulnerables en los conflictos armados. La lucha por su supervivencia, su protección y su educación en todos esos casos seguirá siendo prioritaria. «Pero disponer de fondos para responder con agilidad a estos problemas no es nada fácil —explica Llorens—; por eso, los fondos que obtenemos de las herencias nos aportan flexibilidad para responder de forma efectiva. Es como reescribir el futuro».</p>
<p>En este sentido, Concepción Archidona, que ya ha hecho Testamento solidario a favor de UNICEF, cuenta que «antes de ir al notario, me senté con mi hijo y mi marido y les comuniqué la decisión que había tomado al respecto. Y, como siempre, ellos me apoyaron y respetaron, sin ningún tipo de inconvenientes. Precisamente porque soy madre, mi prioridad es dejar lo mejor a mi hijo y a todos los niños que lo necesiten para que puedan ser felices y llevar una vida digna». Para Concepción era importante hacer realidad su deseo a través de UNICEF porque «al formar parte de Naciones Unidas, ha demostrado a lo largo de los años su seriedad y rigor a la hora de luchar por los derechos de los niños».</p>
<h3>Qué legar y cómo</h3>
<p>Los tipos de bienes que se pueden legar son muy variados: dinero en metálico o en cuentas bancarias, fondos de inversión, acciones, bienes de especial valor (joyas, arte, etc.) y bienes inmuebles (vivienda, piso, finca rústica, etc.). Y aunque se podría pensar que haciendo testamento a favor de UNICEF estamos perjudicando a nuestros allegados, Llorens asegura que «en UNICEF entendemos que por encima de todo está nuestra familia y nuestros seres queridos. Por eso existe la posibilidad de incluir a UNICEF en el testamento sin perjudicar a las personas a las que se quiere dejar la herencia. Si tienes hijos, un tercio de la herencia es de Libre Disposición y la puedes repartir entre las personas u organizaciones que desees».</p>
<p>En el caso de que se quiera entregar los bienes a más de una persona y/o institución, se puede nombrar a UNICEF coheredero, señalando en el testamento el porcentaje asignado a cada una de las partes. Si no se tienen herederos, se puede nombrar a UNICEF heredero universal, entregándole todos los bienes, derechos y/o acciones. Otra posibilidad es donar un bien concreto a UNICEF a través de un legado. «Y, por descontado, cualquier persona que haga Testamento solidario tiene derecho, en cualquier momento, a modificarlo o a cambiar de opinión sobre su decisión de incluir a UNICEF en él», añade Llorens.</p>
<p>Si ya hemos hecho testamento, no es necesario rehacerlo para incluir a UNICEF. Basta con contactar con nuestro notario para que se realice una modificación del mismo. En cuanto a beneficios fiscales, la parte de la herencia otorgada a UNICEF no se verá mermada por impuestos, ya que, al ser una persona jurídica, no está sujeta al impuesto de sucesiones. Asimismo, los ingresos derivados de herencias y legados están exentos en el impuesto de sociedades por ser una organización no lucrativa declarada de utilidad pública.</p>
<p>«UNICEF se compromete a actuar en todo momento con la máxima transparencia, cumpliendo y haciendo cumplir la voluntad manifestada en el testamento y priorizando el respeto a la privacidad del donante, entendiendo que su testamento es un documento absolutamente personal», asegura Llorens. «Gestionaremos cualquier aportación que UNICEF reciba de tu parte con todo el cuidado, sensibilidad y respeto, y lo utilizaremos de la forma más eficiente para conseguir el máximo impacto en la infancia».</p>
<p>En 2016, UNICEF recibió más de tres millones de euros en concepto de herencias. El objetivo de la organización es que se convierta en una fuente de financiación básica, como lo son los socios o los donantes.</p>
<p>Para hacer Testamento solidario, puedes contactar con UNICEF a través de Silvia Llorens, responsable de Herencias y Legados, en el tel. 913 789 555 o en el correo electrónico testamentosolidario@unicef.es. </p>
<ul>
<li>Información general: <a title="testamento solidario" href="https://www.unicef.es/colabora/otras-formas-de-colaborar/testamento-solidario" target="_blank">https://www.unicef.es/colabora/otras-formas-de-colaborar/testamento-solidario</a></li>
<li>Testamento Solidario UNICEF: #VidasQueDanVida: <a title="testamento solidario" href="https://youtu.be/gZfCF68e4qg" target="_blank">https://youtu.be/gZfCF68e4qg</a></li>
<li>Cómo hacer un Testamento solidario UNICEF: <a title="testamento solidario" href="https://youtu.be/z9Nz1T6bseA" target="_blank">https://youtu.be/z9Nz1T6bseA</a></li>
</ul> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Mis herederos pagarán menos impuestos si hago testamento? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/mis-herederos-pagaran-menos-impuestos-si-hago-testamento/</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Mon, 26 Jun 2017 12:33:27 +0200</pubDate>
		<description><![CDATA[ Como sabe, el testamento constituye la voluntad de una persona sobre cómo han de repartirse sus bienes cuando fallezca. Si no hace testamento, será la Ley (el Código Civil o la legislación civil de las comunidades autónomas) la que determine a quien o quienes corresponde heredarle, siguiendo un orden establecido de parentesco. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p>Si decide no testar, las personas que se consideren herederos suyos deberán acudir a un notario de su elección para hacer la declaración de herederos abintestato, lo que les supondrá seguir un proceso más lento y costoso del que seguirían si usted hubiera hecho testamento.</p>
<p>Debe saber que, por el hecho de hacer testamento no se pagan menos impuestos. Sin embargo si le permitirá optar por algunas alternativas que podrían suponer alguna ventaja fiscal para su herederos.</p>
<p>Acuda al notario de su confianza para que le ayude a analizar esas posibilidades y a definir quiénes son sus herederos y como puede repartir sus bienes entre ellos.</p>
<p><em>Notariado.org</em></p> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Cómo puedo saber si me han dejado una herencia? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/como-puedo-saber-si-me-han-dejado-una-herencia/</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
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		<pubDate>Wed, 17 May 2017 15:21:06 +0200</pubDate>
		<description><![CDATA[ ¿Cómo y dónde se puede averiguar si me han dejado una herencia? ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p>Con el <a title="certificado de defuncion" href="https://www.plusesmas.com/muerte/ante_la_muerte_personas_queridas/tramites_a_seguir_tras_una_defuncion/637.html" target="_blank">certificado o partida de defunción</a> de la persona a quien cree que puede heredar, tiene que obtener del Registro General de Actos de Última Voluntad el certificado de últimas voluntades, en el cual constará si la persona fallecida hizo o no testamento, ante qué notario y en qué fecha.</p>
<p>También puede acudir a su notario para que haga esta consulta y tramitación en su nombre. Con ese dato, podrá solicitar y obtener del notario correspondiente una copia del testamento que le dará si a usted se le menciona en él o si por Ley se le reconoce el derecho a heredar a la persona fallecida.</p>
<p>Si el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad dijera que no hay testamento deberá acudir a un notario competente para hacer la declaración de herederos abintestato. Básicamente serán competentes los notarios del lugar en que tuviera el fallecido su residencia habitual, o de donde tuviera la mayor parte de su patrimonio, o de dónde hubiera fallecido, o de un distrito colindante a todos ellos.</p>
<p><em>Notariado.org</em></p> ]]></content:encoded>
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	</item>
	<item>
		<title><![CDATA[ ¿Por qué es tan importante hacer un testamento? ]]></title>
		<link>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/por-que-es-tan-importante-hacer-un-testamento/</link>
		<category>Testamento</category>
		<category>Herencias</category>
		<comments>https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/por-que-es-tan-importante-hacer-un-testamento/#comments</comments>
		<guid isPermaLink="true">https://www.plusesmas.com/herencias/testamento/por-que-es-tan-importante-hacer-un-testamento/</guid>
		<pubDate>Thu, 22 Dec 2016 15:48:42 +0100</pubDate>
		<description><![CDATA[ Fallecer sin dejar constancia del reparto de nuestros bienes puede acarrear conflictos entre nuestros familiares y suponer un mayor coste económico para ellos. ]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[ <p>El testamento es el instrumento que nos brinda la ley para <strong>establecer el reparto de nuestros bienes</strong> tras nuestro fallecimiento. Se trata de un <strong>trámite que puede realizarse rápidamente y por un módico precio</strong> y que, además, <strong>evitará posibles disputas familiares.</strong></p>
<p>Fallecer sin dejar constancia de nuestras últimas voluntades por escrito no sólo puede acarrear discrepancias y discusiones entre nuestros seres queridos a la hora de realizar el reparto de nuestros bienes, sino que además puede suponer un mayor coste económico para ellos. Y es que <strong>el coste de <a title="otorgar testamento" href="https://www.arag.es/sites/testamentoexpress/index.html?utm_source=Plusesmas&amp;utm_medium=publireportaje&amp;utm_campaign=testamento12-2016&amp;utm_content=post" target="_blank">otorgar testamento</a> es notablemente inferior al coste que nuestros familiares deberán afrontar a la hora de realizar el proceso de sucesión ante notario o juzgado</strong>. Asimismo, en caso de conflicto, el reparto de la herencia puede demorarse años en los tribunales.</p>
<p>En ausencia de testamento es necesario solicitar el Acta de Declaración de Herederos para movilizar cualquier parte de la herencia, mientras que, si existe testamento, ésta pasa a manos de los herederos de forma inmediata. Asimismo, al dejar estipulado ante notario quiénes serán nuestros herederos, también <strong>evitamos que nuestros bienes caigan en manos de personas que no son de nuestro agrado.</strong></p>
<p>Por tanto,<strong> siempre es conveniente hacer un testamento.</strong> De este modo no sólo nos aseguraremos de que nuestros bienes pasen a manos de quienes deseamos, sino que además <strong>facilitaremos mucho las cosas a nuestros herederos el día de mañana.</strong></p>
<p>Cabe recordar que el testamento es un documento personal y revocable, por lo que podremos modificarlo tantas veces como deseemos. <strong>Únicamente el último tendrá validez legal.</strong></p>
<h3>Pero, ¿cómo puedo realizar mi testamento?</h3>
<p>Otorgar testamento es un procedimiento rápido, sencillo y económico. <strong>ARAG, compañía líder en Defensa Jurídica, ofrece un <a title="servicio de testamento Express ARAG" href="https://www.arag.es/sites/testamentoexpress/index.html?utm_source=Plusesmas&amp;utm_medium=publireportaje&amp;utm_campaign=testamento12-2016&amp;utm_content=post" target="_blank">servicio de Testamento Express</a></strong> con el que podrás elaborar o modificar tu testamento y/o testamento vital <strong>desde la comodidad de tu casa</strong>, coordinando la firma del mismo en una Notaría próxima a tu domicilio. Ésta se encargará de efectuar su <strong>inscripción en el Registro de Actos de Última Voluntad y de hacerte llegar una copia</strong> para que dicho trámite sea lo más cómodo y rápido posible.</p> ]]></content:encoded>
		<media:content type="image/jpeg" medium="image" url="https://www.plusesmas.com/pictures/articulos/22000/22836.jpg"/>
	</item>
</channel>
</rss>
