RESOLVEMOS LAS DUDAS MÁS FRECUENTES

22 preguntas frecuentes sobre herencias y testamento

22 preguntas frecuentes sobre herencias y testamento

Resolvemos las dudas más comunes a la hora de plantearnos realizar testamento o de convertirnos en herederos.

¿Qué es un testamento?

El testamento es el acto por el cual una persona dispone para después de su muerte de todos o parte de sus bienes. Ver más

¿Quiénes pueden testar?

Las personas mayores de catorce años y que en el momento de formalizar el testamento estén en plena posesión de sus facultades. El documento será válido aunque después quede incapacitado mentalmente. Cuando se trate de un testamento ológrafo será necesaria la mayoría de edad.

¿Es recomendable hacer testamento?

Lo es. Se trata de un procedimiento rápido, sencillo y económico que permite determinar el destino de nuestro patrimonio y evitar rencillas entre los herederos. Ver más

¿Hay que acudir a un notario para hacer testamento?

La tipología de testamentos es variada, aunque la fórmula más frecuente es acudir a un notario que, además, nos ayudará a asegurarnos de que nuestras disposiciones se ajustan a la ley.

¿Pueden hacerse varios testamentos?

Sí, pero únicamente será válido el último otorgado, que excluirá a los anteriores.

¿Qué es la legítima?

La legítima es la parte de bienes del patrimonio del testador/a que la ley obliga a dejar a sus herederos forzosos. Ver más

¿Puede una persona disponer libremente de su patrimonio?

No. El Código Civil obliga a dejar las dos terceras partes de los bienes de la herencia a los hijos e hijas o a los nietos. Si el fallecido es un hijo, heredarán los padres y ascendientes, y si no existiera, el viudo o viuda del fallecido.

¿Cómo se divide una herencia?

Con carácter general, y aunque existen excepciones en los derechos forales de algunas Comunidades Autónomas, la herencia se divide en tres partes. La primera es el tercio de legítima, que se reparte entre los hijos a partes iguales. Si alguno de ellos ha fallecido, heredan sus descendientes por derecho de representación, por estirpes. La segunda parte es el tercio de mejora, que se debe repartir también entre hijos y descendientes, pero no necesariamente a partes iguales. Se puede beneficiar a unos hijos frente a otros. El último tercio es el de libre disposición, que puede dejarse a quien se desee, sea o no familia. Ver más

¿Puedo desheredar a un hijo porque su estilo de vida no me parezca adecuado?

En ningún caso. Para que se pueda desheredar a un hijo es preciso que existan gravísimas causas recogidas expresamente en la ley. Por ejemplo, la existencia de una condena del heredero forzoso por haber atentado contra la vida del testador/a. Ver más

¿Qué pasa si no hay testamento?

En este caso se abre la sucesión intestada es decir, se sucede por disposición de la ley (o abintestato). En primer lugar recibirán la herencia los herederos forzosos en el orden establecido en la ley. Si no existen herederos forzosos, las personas de la familia más cercanas, y en caso de no haber familiares, hereda el Estado. Ver más

¿Cómo se puede saber si se ha realizado testamento?

Para conocer si existe o no testamento los herederos deben solicitar el Certificado de Defunción en el Registro Civil y dirigirse al Registro de Actos de Últimas Voluntades del Ministerio de Justicia y pedir un certificado en el que se acredite si la persona fallecida realizó o no testamento. En el Registro constará este dato, así como en qué fecha se realizó y ante qué notaria o notario se hizo. Ver más

¿Qué hereda el viudo/a?

Si el fallecido/a no otorgó testamento y existen hijos o hijas del matrimonio, al viudo/a le corresponde el usufructo de la tercera parte de la herencia. Si no hay hijos ni hijas del matrimonio, pero viven el padre/madre del cónyuge fallecido, le corresponde el usufructo de la mitad de la herencia. En el caso que no existan ni descendientes ni ascendientes del marido, a la viuda le corresponderá la totalidad de los bienes del marido.

Si hay testamento, dependerá de lo que allí dispuso el fallecido. Habitualmente, se suele mejorar la situación del cónyuge. Ver más

¿Qué es el usufructo viudal?

Es el derecho que tiene la viuda/o a disfrutar de los bienes de su cónyuge fallecido, con la obligación de conservarlos, es decir no podrá venderlos puesto que el titular del usufructo no es el propietario de los mismos. Ver más

¿Podrá sustituirse el usufructo por otro tipo de prestación?

Si existe acuerdo entre los herederos/as y la viuda, la parte de usufructo que le corresponde a ella puede sustituirse por una renta vitalicia, por un bien en propiedad, por una cantidad de dinero, etc.

¿Puede uno de los cónyuges otorgar testamento sin el conocimiento del otro?

Sí. Cualquier persona puede otorgar testamento en la forma que desee sin tener que comunicárselo a su marido o a su mujer. No obstante, a la hora de testar conviene saber que si el matrimonio rige por el régimen económico de sociedad de gananciales, sólo podrá disponer de la mitad de esos bienes. El resto, adquiridos antes del matrimonio o fruto de una herencia, son privativos y puede disponer de ellos en su totalidad.

¿Pueden otorgar testamento conjunto el marido y la mujer?

El testamento es un acto individual, sea cual sea el estado civil de los testadores. Por lo tanto, aunque ambos cónyuges quieran mejorar a determinados herederos o nombrarse herederos mutuamente, han de hacer testamento por separado.

¿Tiene algún derecho el divorciado o separado sobre los bienes de su ex cónyuge?

No. El divorcio o la separación legal son motivo de pérdida de los derechos hereditarios sobre los bienes del ex marido o de la ex mujer. Ver más

¿La herencia paga impuestos?

Si, las herencias pagan impuestos. El heredero deberá pagar el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Ver más

¿Cuándo hay que pagar el Impuesto de Sucesiones?

En el plazo de seis meses. Transcurrido ese plazo, Hacienda cobra el recargo correspondiente. Ver más

¿Cuánto hay que pagar en el Impuesto de Sucesiones?

Depende de los bienes heredados y del parentesco con el fallecido. Existe un mínimo exento. Ver más

¿Qué es un albacea?

Es aquella persona designada por el testador en su testamento para administrar sus bienes y dividirlos entre los herederos, de acuerdo con las disposiciones establecidas en el documento. El cargo de albacea es voluntario. Ver más

¿Puedo dejar la herencia a una persona o a una agrupación de mi confianza?

Sin tocar los derechos hereditarios de los legitimarios, es posible dejar un legado a quien se quiera, ya sea una persona física o jurídica. Dentro de la categoría de persona jurídica estarían las instituciones públicas o privadas, lo que incluye a las ONGs como organizaciones sin ánimo de lucro.

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Comentarios (272)

JOSE LUIS
14 agosto 2023 13:28
MI MADRE FALLECIO HACE UNOS AÑOS MI PADRE EN UNA RESIDENCIA. SE VENDE EL PISO . SE REPARTE LA HERNCIA .EN ESTE CASO LOS HIJOS PUEDEN DAR SU PARTE DE HERNCIA A SU PADRE.
Alicia Carrasco
02 octubre 2022 14:06
Buenas tardes!
Mi madre le dio en vida a través de un contrato de compraventa una vivienda a mis hermanas y dejo dicho que las otras viviendas eran para mi hermano y para mi. Ahora que ha fallecido mi madre y mi padre mis hermanas quieres que las viviendas se metan en el total de la herencia y como no había testamento, que todo es de palabra, pues quieren todo para repartir.
Puedo impugnar la herencia por desacuerdo, ¿se puede demostrar a través de la escritura que dicha casa fue vendida con el fin de evitar impuestos y beneficiar a mis hermanas?
Habría algún modo de demostrar que dicha finca era de mi madre y que también se tendría que meter el valor de entonces y los años que han vivido.
Gracias
Juana Ramírez
23 junio 2022 10:15
Que puede pasar si la herencia de mi padre se vende antes de que el fallezca
Ana Laura
09 mayo 2022 02:05
Tengo un amigo que necesita saber lo siguiente: es hijo único y los bienes que tiene con la madre, están a nombre de los 2. El día de mañana, cuando la madre haya fallecido ¿necesita hacer la sucesión de los bienes o al estar a nombre de él no es necesario que haga la sucesión?
agustin rosado garciamartin
28 diciembre 2021 18:22
tengo que pensar un poco o un mucho?.
CONSTANTINO NAVARRO HERRERO
18 agosto 2021 20:32
¿Como puedo ver alguna respuesta a esta pregunta?
Gracias y saludos


CONSTANTINO NAVARRO HERRERO
19 julio 2021 10:30
Sobre cónyuge sobreviviente
• Un matrimonio de ambos cónyuges en segundas nupcias.
• Sin hijos comunes.
• Con separación de bienes.
• Fallece uno de los cónyuges sin testamentar
• El cónyuge fallecido tiene ascendientes, los padres y descendientes, dos hijos del anterior matrimonio.
Pregunta:
¿Qué derechos sucesorios tiene el cónyuge sobreviviente?.
CONSTANTINO NAVARRO HERRERO
19 julio 2021 10:30
Sobre cónyuge sobreviviente
• Un matrimonio de ambos cónyuges en segundas nupcias.
• Sin hijos comunes.
• Con separación de bienes.
• Fallece uno de los cónyuges sin testamentar
• El cónyuge fallecido tiene ascendientes, los padres y descendientes, dos hijos del anterior matrimonio.
Pregunta:
¿Qué derechos sucesorios tiene el cónyuge sobreviviente?.
Rosa
14 junio 2021 21:13
Mi tio quiere dejar su parte que heredo de un apartamento a quien lo ha cuidaddo todos estos años que sus hijos lo abandonaron
Francisco
13 junio 2021 20:04
Buenas tardes. Llevo separado de hecho más de 8 años, con dos hijas mayores de edad. Tengo un piso comprado a medías durante el matrimonio en el que vive mi exmujer con una de mis hijas. Quiero preparar el testamento aunque no tengo enfermedad ni prisa. Por lo que me he informado, mi exmujer no tendría, lógicamente, derecho a la legítima (ni la estricta ni en el tercio de mejora), al estar separados de hecho. Mi pregunta es la siguiente: ¿ estaría contemplado como legal que dejara en usufructo mi parte del piso a mi expareja dentro del apartado «tercio de libre disposición» ? Un saludo

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