Las condiciones se endurecen

Acogerse a la jubilación anticipada en 2015

Acogerse a la jubilación anticipada en 2015

Tras ampliarse la edad legal de jubilación a los 67 años, también se endurecieron las condiciones de acceso a la prejubilación que hacen que la jubilación anticipada sea más cara para el ciudadano y difícil de conseguir desde abril de 2013.

Los últimos cambios realizados en 2013 en el sistema de pensiones español han afectado a las jubilaciones anticipadas. En este caso el objetivo fue acotar el acceso a la jubilación anticipada con medidas muy restrictivas que hacen más difícil el hecho de prejubilarse antes de la edad legal establecida (de los 65 a los 67 años, dependiendo del ejercicio en el que nos encontremos).

Una vez más, han sido los mayores de 50 quienes sufren las consecuencias más inmediatas de este cambio en las reglas del juego. Y es que, con la reforma de la jubilación anticipada se ven afectados quienes se prejubilen después de la aplicación de la nueva ley, y también afecta a aquellos prejubilados que ya estén inmersos en planes de reestructuración de sus empresas. Hasta el año 2012, podían acogerse a la jubilación anticipada todos aquellos trabajadores de 61 años que hubieran cotizado un mínimo de 30 años. Ya se modificaron estas condiciones, pudiendo prejubilarse solo aquellos trabajadores de 63 años con 33 años cotizados (o ciudadanos de 61 años que se hubieran visto afectados en un proceso de despedido objetivo). Pues bien, con la reforma de las jubilaciones anticipadas desde 2013 la edad para acceder a la prejubilación está en torno a los 64 ó 65 años y se amplía el número de años cotizados requeridos.

Tal y como sucedió con la ampliación de la edad legal de jubilación a los 67 años, este endurecimiento de las condiciones de prejubilación se realizará de forma progresiva a lo largo de varios años. Sin embargo, y pese a lo paulatino del proceso de cambio, es posible que aquellos trabajadores que actualmente forman parte de programas de despidos de empresas en los que ésta se encargaba de cotizar por ellos a través de convenios especiales con la Seguridad Social, se vean obligados a esperar algunos meses más para alcanzar la jubilación. Por lo tanto, es importante que quienes se encuentren en esta situación revisen cuidadosamente el contrato firmado con su empresa.

Además de la obligatoriedad de esperar más tiempo para poder acogerse a la jubilación anticipada, aquellos que lo hagan de forma voluntaria sufrirán una mayor penalización económica. Y es que el porcentaje que un trabajador pierde por cada trimestres que adelanta su acceso a la situación de jubilación se elevará en torno al 8% anual (o, incluso, podría alcanzar el 10 %).

Patricia L. González

Artículo recomendado

Buscador gratuito de residencias

Buscador gratuito de residencias

Encuentra la residencia que encaja con tus necesidades. Puedes filtrar por preferencias, ver los servicios y fotos de cada centro e incluso contactar...

Relacionados

Comentarios (4)

German Bonilla Ortiz
25 agosto 2015 13:27
Tengo 60 años ya cumplidos y 35 cotizados,puedo jubilarme? o tengo que esperar a los 62 o más? Del 2009 al 2011 cobre paro y desde entonces hasta la fecha subsidio(426€)
ross mery
29 mayo 2015 16:49
soy parado de larga duracion tengo 56 años y 16 años y pico cotizados, no me conceden el sbsidio para mayores de 55 porq mi marido pasa del salario, mi pregunta es si cuando tenga 61 me podre jubilar anticipadamente??...(
isidro
05 mayo 2015 11:42
hola en mayo hare 60 años tengo 41 años cotizados , si decidiera jubilarme con 62 años que porcentaje me descontarian mi sueldo actual es de 924 mensuales con 14 pagas muchas gracias
Liviu
24 marzo 2015 20:52
cobro la ayda de 420 euros. En 6 de julio voi a cumplir 61 años. Me obligan a jubilarme ! tengo 27 años cotizados en Rumania y 7 años cotizadoe en Espania. Estoi rezidente permanente en España de mas de 10 años. Que pension voi a tener??

Página: 1 / 1 (4 Elementos)