Información destacada de la gestión del Sistema para la Autonomía y Atención de la Dependencia

viernes, 6 de noviembre de 2015

Información destacada de la gestión del Sistema para la Autonomía y Atención de la Dependencia

Como se dispone con carácter general en el artículo 11 de la Ley 39/2006, de 14 de diciembre (en adelante Ley de Dependencia), al referirse a las competencias de las Comunidades Autónomas, corresponde a las mismas “gestionar, en su ámbito territoral, los servicios y recursos necesarios para la valoración y atención de la dependencia”.

Así, las Comunidades Autónomas son las administraciones competentes para recibir las solicitudes presentadas por los ciudadanos, valorar la situación en que se encuentren las personas solicitantes y dictar, en su caso, la correspondiente resolución en que se reconozca la situación de dependencia.

Una vez realizada esa gestión, las Comunidades Autónomas introducen la información de su gestión en el Sistema de Información del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SISAAD). Con estos datos se confeccionan mensualmente las estadísticas sobre la gestión del Sistema de Dependencia y se realizan los cálculos correspondientes a la parte de la financiación aportada por la Administración General del Estado en concepto de nivel mínimo de protección.

Las cifras incluidas en las estadísticas mensuales son un reflejo de la gestión de las Comunidades Autónomas y muestran el volumen de información que dichas Comunidades incorporan al Sistema. En aquellos meses en los que se realice una mayor gestión y, en consecuencia, se remita un mayor volumen de información por las Comunidades Autónomas, sus datos resultarán más elevados que en aquellos meses en que la información enviada sea inferior. A efectos de financiación, una mayor gestión supone unas cifras mayores a recibir en concepto de nivel mínimo de protección. En aquellos ejercicios presupuestarios en que la dotación económica inicial no ha resultado suficiente, la Administración General del Estado ha tramitado las oportunas ampliaciones del presupuesto, para disponer de crédito suficiente y realizar las correspondientes transferencias a las Comunidades Autónomas.  

DESCARGA AQUÍ EL INFORME COMPLETO DEL IMSERSO 

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Comentarios (2)

carme guillaumes
28 junio 2016 12:53
Lo que bien empieza bien acaba.
enrique
27 enero 2016 19:21
Todo me parece estupendo.

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