Blog de Eduardo Rodríguez Rovira. Plusesmas.com

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Presidente del Consejo Asesor de la Fundación Edad y Vida

PROLONGACION DE LA EDAD DE JUBILACION ¿SE IMPONDRA SIN CONSENSO?

viernes, 7 de enero de 2011

"La Comisión constata que no se ha alcanzado acuerdo alguno en materia de edad legal de jubilación" Así de cortante termina la recomendación 12 ("edad de jubilación") de la Comisión de evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo.

No es sorprendente. En este blog se han manifestado reiteradamente las razones contrarias a la jubilación forzosa a una edad convencional, pactada en los convenios colectivos (que desgraciadamente no se han hecho desparecer en la reciente reforma laboral), proponiendo alternativamente la ampliación voluntaria de la misma. Mayor es mi oposición a la prolongación de la edad legal ("obligatoria") de jubilación, que impugnan la mayoría de la población y la oposición política. Sin embargo mucho temo que con el precedente de la suspensión de la revalorización de las pensiones mínimas para 2011, que se ha realizado por el Gobierno sin el acuerdo de la Comisión del Pacto de Toledo, en contra de la recomendación de mantener el poder adquisitivo de las pensiones, la medida siga adelante.

Coincidimos con la Comisión parlamentaria, así se ha expresado también en este blog, en que "es necesario incentivar la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación". Para ello se proponen incentivos sociales, fiscales y laborales, incrementando las pensiones mensuales, incluso las máximas, se defiende la coexistencia de salario y pensión y el trabajo a tiempo parcial, en resumen una serie de medidas que nosotros hemos defendido y que hemos abarcado en un concepto clave: flexibilidad.

Por cierto, en lo que la Comisión está de acuerdo es en que el cálculo de la pensión deba realizarse sobre los periodos de cotización real. La ampliación del periodo de cálculo a 20, 25 o toda la vida laboral provoca un rechazo en la población mucho menor que el de la prolongación de la edad de la jubilación, 11% frente al 42%, según un estudio de Edad y Vida. Sin embargo el impacto sobre el coste de las pensiones futuras puede ser muy significativo y es el método más eficaz para que se rebaje la tasa de sustitución o reemplazo (relación del último salario con la pensión) ya que en España es muy superior a la media europea. La rebaja de la pensión media, según diferentes estudios, puede estar entre el 10 % y el 30 %, dependiendo del periodo ampliado y de la gradualidad de la implantación, si bien es cierto que en algunos casos trabajadores menos cualificados puedan verse incluso beneficiados.

El ahorro de costes de la prolongación de la vida laboral, en el muy improbable caso de que nada menos que el 40% de la población se jubilara a los 67 años sería grosso modo -en el año 2027!- 4% anual (40% de dividir dos años de prolongación de la edad entre la tasa de supervivencia a los 65 años, aproximadamente 20 años) a lo que habría que sumar sus contribuciones sociales por el trabajo durante esos dos años, aunque muy disminuidas estas para incentivar a los empresarios y habría también que tener en cuenta que si no se generan puestos de trabajo nuevos, habría otros trabajadores más jóvenes que no tendrían empleo. ¿No sería ya suficiente el ahorro con la medida del párrafo anterior?

Existen formulas eficaces de prolongar la edad real de la jubilación, que es lo que importa, sin tener que fijar una edad legal (ni 67, ni 65 años). La más obvia es aumentar la incentivación (a la empresa y al trabajador) de la ampliación de la edad de retiro y penalizar (a la empresa o al trabajador, según los casos) la jubilación anticipada. Otra fórmula es exigir haber trabajado 40 años (aproximadamente la mitad de la vida media de una persona) en vez de 35, periodo muy desfasado en relación con la esperanza de vida actual, y fijar una edad mínima de jubilación -64 años, por ejemplo- para poder cobrar el 100% de la pensión. Así una persona que hubiera empezado a trabajar a los 27 tendría que jubilarse a los 67 años para cobrar el 100% de su pensión, mientras que otra que hubiera comenzado antes de los 24 años -la mayoría en empleos menos remunerados y de población que tendrá peor salud de mayor- no tendría que prolongar su jubilación más allá de los 64 años. La edad para las prejubilaciones (52 años) es escandalosa y debería elevarse considerablemente.

Por último, y no menos importante, hay que "remover la normativa que fuerza a colectivos o personas a la jubilación obligatoria en contra de sus deseos u capacidades". Los sindicatos deben de tomar nota de esta recomendación del Pacto de Toledo.

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