¿Puede Hacienda reclamar el pago de impuesto de sucesiones sin haber aceptado la herencia?

Los expertos de Pf&asociados responden la siguiente cuestión: "¿Puede Hacienda exigir de oficio la liquidación del impuesto de sucesiones a los herederos de una herencia, que figuran en el testamento, pero que no han hecho ninguna gestión que suponga aceptación de la misma y ya han transcurrido más de seis meses del fallecimiento del titular? O ¿necesitan antes aceptar la herencia para que Hacienda les pueda exigir ese impuesto?

Sí que puede, cosa distinta es que ustedes demuestren a posteriori que han renunciado a esa herencia.
Al hilo de la pregunta hacemos mención especial a que la renuncia a una herencia prescrita, es decir, una vez pasan más de cuatro años y medio desde el fallecimiento, se considera a efectos tributarios como una donación.

También es de destacar que por contra, si un heredero cumple con sus obligaciones fiscales sin haber aceptado dicha herencia puede renunciar más tarde sin considerar que el hecho de tributar por la misma sea una aceptación tácita ni expresa, hecho avalado por reiterada jurisprudencia al respecto.

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