Blog de Demetrio Casado. Plusesmas.com

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Director del Seminario de Intervención y Políticas Sociales (SIPOSO)

Dependencia y Profesionalización

miércoles, 5 de noviembre de 2014

En un documento reciente, las organizaciones proveedoras de servicios y sindicales firmantes del VI Convenio de la dependencia, afirman:

"Transcurridos 7 años desde la implantación de la Ley, el desarrollo de la misma no está consiguiendo los objetivos que se marcaron en cuanto a la mayor profesionalización del sector y, con ello, mayores garantías para una prestación de calidad a los usuarios, estando además en la actualidad en grave riesgo la viabilidad del sector." (Observatorio del sector de atención a la dependencia en España, Informe junio 2014, descargado de www.federacionfed.org/wp el 27 de septiembre de 2014).

La Ley a la que se refiere el texto es la 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia. Buscando en su articulado el objetivo de "mayor profesionalización del sector" que menciona el texto transcrito, no lo encuentro en las disposiciones que establecen los objetivos de la Ley y que trascribo seguidamente:

"Artículo 1. Objeto de la Ley

1. La presente Ley tiene por objeto regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia..."

"Artículo 13. Objetivos de las prestaciones de dependencia.

La atención a las personas en situación de dependencia y la promoción de su autonomía personal deberán orientarse a la consecución de una mejor calidad de vida y autonomía personal, en un marco de efectiva igualdad de oportunidades, de acuerdo con los siguientes objetivos:

a) Facilitar una existencia autónoma en su medio habitual, todo el tiempo que desee y sea posible.
b) Proporcionar un trato digno en todos los ámbitos de su vida personal, familiar y social, facilitando su incorporación activa en la vida de la comunidad."

Si el Observatorio que suscribe la afirmación trascrita quiso referirse a objetivos no explícitos, para no confundir al lector, debiera haberlo indicado expresamente y fundamentado su interpretación.

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