Descontar de la herencia gastos por el cuidado del fallecido

"¿Se puede descontar de la parte de la herencia recibida de un familiar la parte que le correspondió pagar en vida del familiar fallecido para su cuidado? En su momento dijo que no podía pagar porque no tenía dinero y que se haría cargo cuando percibiera la parte de su herencia, ¿se podría descontar los gastis referidos de la parte de su herencia basándonos en que ley o jurisprudencia ya que no se hizo acuerdo escrito, todo verbal?" Los expertos de Wills&Laws responden esta pregunta.

Los gastos que un familiar hace de manera voluntaria para cuidado de otro familiar, no son nunca susceptibles de ser solicitados en proporción a lo gastado a otro de los herederos, puesto que el derecho lo entiende como meras liberalidades sin que se espere recuperarlo salvo que medie entre los hermanos un acuerdo de reparto diferente.

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