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¿CÓMO SON LAS AYUDAS?

Prestaciones económicas de la Ley de Dependencia


Publicado por Patricia Fernández, periodista
Creado: 11 de agosto de 2014 10:30 | Modificado: 23 de enero de 2025 18:29


Prestaciones económicas de la Ley de Dependencia

Las ayudas económicas tienen la finalidad de permitirnos contratar los servicios necesarios en el sector privado o compensar la labor de los cuidadores informales o familiares cuando nos enfrentamos a la situación de dependencia de un familiar.

La Ley de Dependencia sigue siendo un pilar fundamental del sistema de bienestar social en España, ofreciendo apoyo a miles de personas en situación de dependencia y a sus familias. Por eso, queremos hablarte de las principales prestaciones económicas vinculadas al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).

Tipos de prestaciones económicas de la Ley de Dependencia

La Ley de Dependencia establece tres tipos principales de prestaciones económicas para garantizar la atención de las personas en situación de dependencia:

  1. Prestación económica vinculada al servicio
  2. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales
  3. Prestación económica de asistencia personal

1. Prestación económica vinculada al servicio

Esta prestación está destinada a garantizar que la persona dependiente pueda acceder a los servicios necesarios ofrecidos en el mercado privado, en los casos en que el sistema público o los servicios concertados no puedan cubrir dichas necesidades.

  • Características principales:
    • Su finalidad es financiar servicios como plazas residenciales, centros de día o atención domiciliaria en entidades privadas acreditadas.
    • Está supeditada a que no exista una oferta pública adecuada o suficiente.
  • Cuantías actualizadas (2025):
    • Nivel II (gran dependencia): hasta 800 € mensuales.
    • Nivel I (gran dependencia): hasta 600 € mensuales.

2. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar

En casos excepcionales, la persona dependiente puede optar por ser atendida en su entorno familiar. Esta prestación está pensada para aquellos que prefieren o necesitan ser cuidados por un familiar, ofreciendo compensaciones económicas y otras ventajas.

  • Requisitos:
    • El cuidador debe darse de alta como trabajador en la Seguridad Social.
    • Participar en programas de formación, apoyo y descanso proporcionados por el sistema.
    • Esta opción debe ser evaluada y aprobada por el Consejo Territorial del Sistema, atendiendo a las características del dependiente y su entorno.
  • Cuantías actualizadas (2025):
    • Nivel II (gran dependencia): hasta 500 € mensuales.
    • Nivel I (gran dependencia): hasta 400 € mensuales.
    • Además, el Estado asume el coste de la cotización a la Seguridad Social (80 € mensuales por cuidador) y proporciona acceso a programas de formación continua.

3. Prestación económica de asistencia personal

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La prestación de asistencia personal busca fomentar la autonomía de las personas con dependencia severa, facilitándoles una mayor participación social y un acceso más efectivo a la educación y el trabajo.

  • Objetivo:
    • Financiar la contratación de un asistente personal que ayude al beneficiario en sus actividades diarias, como la movilidad, el aseo personal, las tareas del hogar o el desplazamiento al trabajo o estudios.
  • Cuantías actualizadas (2025):
    • Nivel II (gran dependencia): hasta 800 € mensuales.
    • Nivel I (gran dependencia): hasta 600 € mensuales.

Aquí te explicamos Cómo puedes solicitar el reconocimiento de dependencia de una persona mayor.

Gasto por beneficiario y financiación del sistema

El gasto medio por beneficiario varía según el grado de dependencia y el tipo de prestación que reciba. Según los datos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para 2025, las cuantías máximas establecidas para los servicios financiados por el sistema son las siguientes:

  • Gasto por beneficiario (2025):
    • Gran dependencia (Nivel II): hasta 1.050 € mensuales.
    • Gran dependencia (Nivel I): hasta 800 € mensuales.
  • Financiación:
    • Administración General del Estado (AGE): aporta el 50% del coste total.
    • Comunidades Autónomas: financian el otro 50%.
    • Usuarios: aportan una cantidad variable en función de su capacidad económica.

En 2025, el Estado ha incrementado en 300 millones de euros la partida destinada al Sistema de Dependencia, lo que ha permitido aumentar las cuantías máximas de las prestaciones y ampliar el acceso a los servicios.

Condiciones y requisitos para acceder a las prestaciones económicas de la Ley de la Dependencia

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Para acceder a estas prestaciones, las personas dependientes deben cumplir una serie de requisitos:

  • Valoración oficial del grado de dependencia:
    • El beneficiario debe estar clasificado como persona con dependencia moderada, severa o gran dependencia (niveles I y II).
  • Capacidad económica:
    • Las ayudas están sujetas a una evaluación económica, y las cuantías pueden ajustarse en función de los ingresos y patrimonio del beneficiario.
  • Compatibilidad entre servicios y prestaciones:
    • Las prestaciones económicas no son acumulables con servicios públicos similares. Por ejemplo, una persona que reciba atención residencial financiada por el sistema no podrá percibir la prestación vinculada al servicio.

Impacto en los cuidadores familiares

El reconocimiento del papel fundamental de los cuidadores familiares es uno de los logros más destacados de la Ley de Dependencia. En 2025, se consolida la obligatoriedad de afiliarse a la Seguridad Social, garantizando derechos laborales y acceso a formación especializada.

Además, el sistema promueve el "respiro familiar", ofreciendo plazas temporales en residencias o centros de día para que los cuidadores puedan disponer de tiempo de descanso.

La Ley de Dependencia en España continúa siendo una herramienta clave para garantizar la calidad de vida de las personas dependientes y sus familias. Las prestaciones económicas actualizadas para 2025 reflejan el compromiso de las administraciones públicas con este colectivo, adaptándose a las necesidades reales y mejorando las condiciones de acceso y financiación.

A pesar de los avances, persisten desafíos como los tiempos de espera para la valoración y la concesión de prestaciones, así como la necesidad de incrementar la oferta pública de servicios. El fortalecimiento del sistema dependerá, en gran medida, de la colaboración entre el Gobierno, las Comunidades Autónomas y la sociedad civil.

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Comentarios (119)

Luis
02 julio 2016 09:03
Hola buenos días te comento tengo una hija reconocida con 83% de minusvalía y un grado 3 de la dependencia y solo resive un dinero para el cuidador familiar que es su madre de 387€ la chica ya esayor de edad y mi prugunta es ella debería resivir una paga por la dependencia de grado 3 con 83% saludos gracias.
Deme
01 julio 2016 14:04
Que dias se cobra las ayudas de dependencia en Castilla y León
SBPJB
02 junio 2016 13:51
TENGO A UNA PERSONA QUE ESTA EN UNA SILLA DE RUEDAS Y TIENE UN GRADO DE MINUSVALIA BASTANTE ALTO PERO NO SE SI COBRA LA LEY DE LA DEPENDENCIA COMO ME PODRIA INFORMAR PARA SABER SI LA COBRA SIN TENER QUE PREGUNTARSELO A ELLA
Rosa
06 mayo 2016 21:50
mi marido tiene un grado de dependencia importante grado 3 nivel 1 que derechos tiene ??
Lucia
06 mayo 2016 09:58
Mi hija tiene dependencia antes tenia severa/G1.Y la valoraron a principios de año y me dieron dependencia moderada grado 1.Mi pregunta es que recibiamos 260y pico euros y este mes me han ingresado 150 y pico.Sera xk es lo que realmente vamos a cobrar al cambiar d grado o xk al hxr la valoracion y tdo el tramite slo nos han ingresado x dias dsde q se tramitó o xk es realmente lo q nos van a ingresar?Nesecito respuesta urgente ya q si es asi lo q nos van a ingresar tengo que ir moviento papeles.xk esto me parece injusto dios.Muchas gracias x su ayuda.Buen dia.
josericardo
26 abril 2016 00:01
Sol yo de nuevo ella también es minusvalida
jose ricardo
25 abril 2016 23:59
Hola mellamo jose Ricardo y quisiera saber si puedo pedir una ayuda ala seguridad social puesto que cuidó ami pareja que esta enferma tiene una parapaistia progresiva y yo no puedo trabajar .
Emilio Barber Pastor
25 abril 2016 21:26
Mi pregunta es:estamos cobrando una cantidad por dependencia de 150 euros al mes..ahora bien mi hija va aun centro de dia..en el cual nos dicen que si le dan la plaza,se quedan con el dinero..esto es legal?
Ya que mi hija por ir al centro paga 30 euros al mes por dos dias a la semana que acude al centro..es legal que le quiten la dependencia si le dan plaza publica? Esperando su respuesta..Gracias..
maria concepcion
14 abril 2016 13:38
buenas tardes,yo tengo un grado de dependencia grado2nivel2yla asistenta me ha dicho que tengo derecho a 255euros y ha cobrar en el 2019 me parece vergonzoso que den esta miseria y ademas a cobrar en el 2019,yo tengo hace 2 años a una chica dominicana y estoy muy bien,no tengo dinero para seguir pagandola y me han ofrecido una chica para trabajar en mi casa cosa que me perjudica ya que estoy muy contenta con ella y no tengo ni ganas ni animo para cambiar de chicaCOSA QUE TENDRE QUE HACER:ya que no dispongo de dinero-MENOS ROBAR Y MAS AYUDAR AL QUE LO NECESITA DE VERDAD.saludos

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