¿CÓMO SON LAS AYUDAS?
Prestaciones económicas de la Ley de Dependencia
Publicado por Patricia Fernández, periodista
Creado: 11 de agosto de 2014 10:30
| Modificado: 23 de enero de 2025 18:29
Las ayudas económicas tienen la finalidad de permitirnos contratar los servicios necesarios en el sector privado o compensar la labor de los cuidadores informales o familiares cuando nos enfrentamos a la situación de dependencia de un familiar.
La Ley de Dependencia sigue siendo un pilar fundamental del sistema de bienestar social en España, ofreciendo apoyo a miles de personas en situación de dependencia y a sus familias. Por eso, queremos hablarte de las principales prestaciones económicas vinculadas al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).
Índice
1. Tipos de prestaciones económicas de la Ley de Dependencia2. Gasto por beneficiario y financiación del sistema
3. Condiciones y requisitos para acceder a las prestaciones económicas de la Ley de la Dependencia
4. Impacto en los cuidadores familiares
Tipos de prestaciones económicas de la Ley de Dependencia
La Ley de Dependencia establece tres tipos principales de prestaciones económicas para garantizar la atención de las personas en situación de dependencia:
- Prestación económica vinculada al servicio
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales
- Prestación económica de asistencia personal
1. Prestación económica vinculada al servicio
Esta prestación está destinada a garantizar que la persona dependiente pueda acceder a los servicios necesarios ofrecidos en el mercado privado, en los casos en que el sistema público o los servicios concertados no puedan cubrir dichas necesidades.
- Características principales:
- Su finalidad es financiar servicios como plazas residenciales, centros de día o atención domiciliaria en entidades privadas acreditadas.
- Está supeditada a que no exista una oferta pública adecuada o suficiente.
- Cuantías actualizadas (2025):
- Nivel II (gran dependencia): hasta 800 € mensuales.
- Nivel I (gran dependencia): hasta 600 € mensuales.
2. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar
En casos excepcionales, la persona dependiente puede optar por ser atendida en su entorno familiar. Esta prestación está pensada para aquellos que prefieren o necesitan ser cuidados por un familiar, ofreciendo compensaciones económicas y otras ventajas.
- Requisitos:
- El cuidador debe darse de alta como trabajador en la Seguridad Social.
- Participar en programas de formación, apoyo y descanso proporcionados por el sistema.
- Esta opción debe ser evaluada y aprobada por el Consejo Territorial del Sistema, atendiendo a las características del dependiente y su entorno.
- Cuantías actualizadas (2025):
- Nivel II (gran dependencia): hasta 500 € mensuales.
- Nivel I (gran dependencia): hasta 400 € mensuales.
- Además, el Estado asume el coste de la cotización a la Seguridad Social (80 € mensuales por cuidador) y proporciona acceso a programas de formación continua.
3. Prestación económica de asistencia personal
La prestación de asistencia personal busca fomentar la autonomía de las personas con dependencia severa, facilitándoles una mayor participación social y un acceso más efectivo a la educación y el trabajo.
- Objetivo:
- Financiar la contratación de un asistente personal que ayude al beneficiario en sus actividades diarias, como la movilidad, el aseo personal, las tareas del hogar o el desplazamiento al trabajo o estudios.
- Cuantías actualizadas (2025):
- Nivel II (gran dependencia): hasta 800 € mensuales.
- Nivel I (gran dependencia): hasta 600 € mensuales.
Aquí te explicamos Cómo puedes solicitar el reconocimiento de dependencia de una persona mayor.
Gasto por beneficiario y financiación del sistema
El gasto medio por beneficiario varía según el grado de dependencia y el tipo de prestación que reciba. Según los datos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para 2025, las cuantías máximas establecidas para los servicios financiados por el sistema son las siguientes:
- Gasto por beneficiario (2025):
- Gran dependencia (Nivel II): hasta 1.050 € mensuales.
- Gran dependencia (Nivel I): hasta 800 € mensuales.
- Financiación:
- Administración General del Estado (AGE): aporta el 50% del coste total.
- Comunidades Autónomas: financian el otro 50%.
- Usuarios: aportan una cantidad variable en función de su capacidad económica.
En 2025, el Estado ha incrementado en 300 millones de euros la partida destinada al Sistema de Dependencia, lo que ha permitido aumentar las cuantías máximas de las prestaciones y ampliar el acceso a los servicios.
Condiciones y requisitos para acceder a las prestaciones económicas de la Ley de la Dependencia
Para acceder a estas prestaciones, las personas dependientes deben cumplir una serie de requisitos:
- Valoración oficial del grado de dependencia:
- El beneficiario debe estar clasificado como persona con dependencia moderada, severa o gran dependencia (niveles I y II).
- Capacidad económica:
- Las ayudas están sujetas a una evaluación económica, y las cuantías pueden ajustarse en función de los ingresos y patrimonio del beneficiario.
- Compatibilidad entre servicios y prestaciones:
- Las prestaciones económicas no son acumulables con servicios públicos similares. Por ejemplo, una persona que reciba atención residencial financiada por el sistema no podrá percibir la prestación vinculada al servicio.
Impacto en los cuidadores familiares
El reconocimiento del papel fundamental de los cuidadores familiares es uno de los logros más destacados de la Ley de Dependencia. En 2025, se consolida la obligatoriedad de afiliarse a la Seguridad Social, garantizando derechos laborales y acceso a formación especializada.
Además, el sistema promueve el "respiro familiar", ofreciendo plazas temporales en residencias o centros de día para que los cuidadores puedan disponer de tiempo de descanso.
La Ley de Dependencia en España continúa siendo una herramienta clave para garantizar la calidad de vida de las personas dependientes y sus familias. Las prestaciones económicas actualizadas para 2025 reflejan el compromiso de las administraciones públicas con este colectivo, adaptándose a las necesidades reales y mejorando las condiciones de acceso y financiación.
A pesar de los avances, persisten desafíos como los tiempos de espera para la valoración y la concesión de prestaciones, así como la necesidad de incrementar la oferta pública de servicios. El fortalecimiento del sistema dependerá, en gran medida, de la colaboración entre el Gobierno, las Comunidades Autónomas y la sociedad civil.
Artículo recomendado

Buscador gratuito de residencias
Encuentra la residencia que encaja con tus necesidades. Puedes filtrar por preferencias, ver los servicios y fotos de cada centro e incluso contactar...
Relacionados
-
El Síndrome del Cuidador, de un familiar enfermo dependiente
¿Te siente culpable? ¿Has dejado de lado tu vida? Podrías sufrir el Síndrome del Cuidador, un comportamiento común entre los cuidadores de familiares...
-
Cómo tramitar el grado de dependencia
¿Tienes un familiar dependiente?, ¿No sabes cómo tramitar el grado de dependencia? Te explicamos cómo puedes obtener asesoramiento y ayuda para esta gestión.
-
Fomentar la autodeterminación de la persona dependiente
La autodeterminación es un derecho fundamental que también debe estar al alcance de las personas en situación de dependencia. Fomentarla no solo mejora su...
-
Cómo solicitar el reconocimiento de dependencia para una persona mayor en España
Descubre qué es la dependencia, los grados establecidos por la ley y los pasos necesarios para solicitar su reconocimiento en España. Te explicamos los...
-
Prevención de riesgos para garantizar la seguridad de la persona dependiente
La dependencia funcional y cognitiva genera unos riesgos ante la seguridad de la persona que conviene conocer para prevenir que no se produzcan, aplicando un...
-
Estas son las prestaciones y servicios de la Ley de Dependencia
"Se nos pone en situaciones difíciles para construir nuestro carácter, no para destruirnos" (Nick Vujicic).
Rajaa
Hola tengo un hijo de 8 años tiene grado2 nivel1 por favor me podéis que día me van a cobrar.13 abril 2016 17:31
Mª Cruz Moreno Gargantilla
Se supone que tengo concedida una ayuda por la ley de dependencia, pues tengo todos los tramites mandados y me contestaron diciendome que tenia que abrir una cuenta en un banco y mandarlo para ingresarme allí el dinero que me corresponda, todo se izo en septiembre y aún no tengo ninguna contestación, mientras tengo que seguir ingresando un dinero en el banco de intereses por tener esa cuenta abierta, quiero saber si me lo concedieron porque no veo lógico si no es así que me hagan abrir una cuenta bancaria y pagar cada tres meses 20 euros que no tengo, por favor si alguien me lo puede aclarar se lo agradezco. Cruz Moreno Gargantilla DNI 2081852-F así mismo pedi tambien el telefono que te ponen por si ocurre algo llamar directamente y estoy en lo mismo sin contestación ninguna, estoy perdiendo la fe y cada día que pasa más la salud09 abril 2016 10:58
Anonimo
Que dia del mes se cobra?30 marzo 2016 14:11
Pedro Meseguer
Tengo un familia directo (cuñada) que ha fallecido hace unos días y ,pese a tener aprobada la prestación por Ley de Dependencia, desde el 09-07-2009 en la Comunidad Valenciana, no solo no ha percibido nada de nada, además ni los atrasos correspondientes.Pregunto ¿qué tenemos que hacer los familiares para optar a recibir el abono?.Gracias por vuestra contestación, estamos desorientados.17 marzo 2016 16:52
Luis
Quisiera saber por favor,que día pagan estas ayudas27 febrero 2016 10:27
maria del mar
Hola.05 febrero 2016 11:15
Mi hijo tiene reconocida la ley de dependencia grado 1 nivel 2 desde 2010 y desde ese año no hemos tenido mas noticias. estamos a expensas de que nos llege una carta para que pasen por casa y nos valoren la cuantia pero no tenemos noticias alguien esta en la misma situación o si estoy haciendo algo mal..?? Ayuda porfabor
jose antonio
Desde marzo de 2013 mi mujer sufre una gran discapacidad. Valorada con un 99%. Solicite la syuda a la dependencia a la junta de Andalucía. Hasta septiembre de este año no resolvieron. 15 horas de atencion domiciliaria y vas sevido o lo admites o te presuponen que renuncias. Y sntes esto a quien votsmos? Porque desde la junta dicen que la culpa es drl gobierno central. Yo no lo se pero me parece que tienen totalmente olvidado a este colectivo tanto los unos como los otros. Una pena que no decidan RESCATARNOS como a la banca... EN elecciones prometem pero despues ..13 diciembre 2015 14:38
Lamentable.
Mary carmen
Buenas soy Mary carmen tengo mi madre con ahlzeimer y esta ya en un grado muy elevado ,yo pense que podria con todo pero no es tan facil es duro y triste .Me gustaria como puedo pedir ayuda en casa .Vivia en Barcelona y hay tenia centro de dia y una ayuda de 134,40 por cuidador ,pero ahora me vine a vivir a Castellon y no se bien como hacerlo pues ella ya esta bastante mal y me cuesta NECESITARIA ayuda en casa con ella ,cama, grua ect y personal .Aqui en la comunidad Valenciana no se bien como moverme y la verdad tampoco tengo mucho tiempo por los cuidados que necesita mi madre ,,,,02 noviembre 2015 22:48
Jose antonio
Me he trasladado a vivir de Extremdura a Lebrija (Sevilla). Realice los tramites para que enviaran mis informes a mi nueva localidad. Segun Extremdura, fueron enviados en Marzo y logicamente dejaron de abonarme la mensualidad. Segun Sevilla (antes de llegar a Lebrija tiene que pasar por Sevilla), no aparezco. Sevilla me ha estado dando largas todo el verano diciendo que llamase yo cada mes a ver si aparezco. Estoy desde Marzo sin percibir ayuda alguna. por otro lado comentar que tengo segun Extremadura un grado de 2.1 y estaba cobrando 175 €. Creo que segun la tabla esa no es la ayuda real. Y de esta manera ando, sin ayuda y sin saber nada de donde o quien tiene mis ibformes. Me tiene que bañar, afeitarme, vestirme etc...06 octubre 2015 19:22
Página: 11 / 14 (119 Elementos)