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¿CÓMO SON LAS AYUDAS?

Prestaciones económicas de la Ley de Dependencia


Publicado por Patricia Fernández, periodista
Creado: 11 de agosto de 2014 10:30 | Modificado: 23 de enero de 2025 18:29


Prestaciones económicas de la Ley de Dependencia

Las ayudas económicas tienen la finalidad de permitirnos contratar los servicios necesarios en el sector privado o compensar la labor de los cuidadores informales o familiares cuando nos enfrentamos a la situación de dependencia de un familiar.

La Ley de Dependencia sigue siendo un pilar fundamental del sistema de bienestar social en España, ofreciendo apoyo a miles de personas en situación de dependencia y a sus familias. Por eso, queremos hablarte de las principales prestaciones económicas vinculadas al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD).

Tipos de prestaciones económicas de la Ley de Dependencia

La Ley de Dependencia establece tres tipos principales de prestaciones económicas para garantizar la atención de las personas en situación de dependencia:

  1. Prestación económica vinculada al servicio
  2. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales
  3. Prestación económica de asistencia personal

1. Prestación económica vinculada al servicio

Esta prestación está destinada a garantizar que la persona dependiente pueda acceder a los servicios necesarios ofrecidos en el mercado privado, en los casos en que el sistema público o los servicios concertados no puedan cubrir dichas necesidades.

  • Características principales:
    • Su finalidad es financiar servicios como plazas residenciales, centros de día o atención domiciliaria en entidades privadas acreditadas.
    • Está supeditada a que no exista una oferta pública adecuada o suficiente.
  • Cuantías actualizadas (2025):
    • Nivel II (gran dependencia): hasta 800 € mensuales.
    • Nivel I (gran dependencia): hasta 600 € mensuales.

2. Prestación económica para cuidados en el entorno familiar

En casos excepcionales, la persona dependiente puede optar por ser atendida en su entorno familiar. Esta prestación está pensada para aquellos que prefieren o necesitan ser cuidados por un familiar, ofreciendo compensaciones económicas y otras ventajas.

  • Requisitos:
    • El cuidador debe darse de alta como trabajador en la Seguridad Social.
    • Participar en programas de formación, apoyo y descanso proporcionados por el sistema.
    • Esta opción debe ser evaluada y aprobada por el Consejo Territorial del Sistema, atendiendo a las características del dependiente y su entorno.
  • Cuantías actualizadas (2025):
    • Nivel II (gran dependencia): hasta 500 € mensuales.
    • Nivel I (gran dependencia): hasta 400 € mensuales.
    • Además, el Estado asume el coste de la cotización a la Seguridad Social (80 € mensuales por cuidador) y proporciona acceso a programas de formación continua.

3. Prestación económica de asistencia personal

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La prestación de asistencia personal busca fomentar la autonomía de las personas con dependencia severa, facilitándoles una mayor participación social y un acceso más efectivo a la educación y el trabajo.

  • Objetivo:
    • Financiar la contratación de un asistente personal que ayude al beneficiario en sus actividades diarias, como la movilidad, el aseo personal, las tareas del hogar o el desplazamiento al trabajo o estudios.
  • Cuantías actualizadas (2025):
    • Nivel II (gran dependencia): hasta 800 € mensuales.
    • Nivel I (gran dependencia): hasta 600 € mensuales.

Aquí te explicamos Cómo puedes solicitar el reconocimiento de dependencia de una persona mayor.

Gasto por beneficiario y financiación del sistema

El gasto medio por beneficiario varía según el grado de dependencia y el tipo de prestación que reciba. Según los datos del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030 para 2025, las cuantías máximas establecidas para los servicios financiados por el sistema son las siguientes:

  • Gasto por beneficiario (2025):
    • Gran dependencia (Nivel II): hasta 1.050 € mensuales.
    • Gran dependencia (Nivel I): hasta 800 € mensuales.
  • Financiación:
    • Administración General del Estado (AGE): aporta el 50% del coste total.
    • Comunidades Autónomas: financian el otro 50%.
    • Usuarios: aportan una cantidad variable en función de su capacidad económica.

En 2025, el Estado ha incrementado en 300 millones de euros la partida destinada al Sistema de Dependencia, lo que ha permitido aumentar las cuantías máximas de las prestaciones y ampliar el acceso a los servicios.

Condiciones y requisitos para acceder a las prestaciones económicas de la Ley de la Dependencia

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Para acceder a estas prestaciones, las personas dependientes deben cumplir una serie de requisitos:

  • Valoración oficial del grado de dependencia:
    • El beneficiario debe estar clasificado como persona con dependencia moderada, severa o gran dependencia (niveles I y II).
  • Capacidad económica:
    • Las ayudas están sujetas a una evaluación económica, y las cuantías pueden ajustarse en función de los ingresos y patrimonio del beneficiario.
  • Compatibilidad entre servicios y prestaciones:
    • Las prestaciones económicas no son acumulables con servicios públicos similares. Por ejemplo, una persona que reciba atención residencial financiada por el sistema no podrá percibir la prestación vinculada al servicio.

Impacto en los cuidadores familiares

El reconocimiento del papel fundamental de los cuidadores familiares es uno de los logros más destacados de la Ley de Dependencia. En 2025, se consolida la obligatoriedad de afiliarse a la Seguridad Social, garantizando derechos laborales y acceso a formación especializada.

Además, el sistema promueve el "respiro familiar", ofreciendo plazas temporales en residencias o centros de día para que los cuidadores puedan disponer de tiempo de descanso.

La Ley de Dependencia en España continúa siendo una herramienta clave para garantizar la calidad de vida de las personas dependientes y sus familias. Las prestaciones económicas actualizadas para 2025 reflejan el compromiso de las administraciones públicas con este colectivo, adaptándose a las necesidades reales y mejorando las condiciones de acceso y financiación.

A pesar de los avances, persisten desafíos como los tiempos de espera para la valoración y la concesión de prestaciones, así como la necesidad de incrementar la oferta pública de servicios. El fortalecimiento del sistema dependerá, en gran medida, de la colaboración entre el Gobierno, las Comunidades Autónomas y la sociedad civil.

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Comentarios (119)

chon
02 octubre 2015 19:11
mi madre lleva 1 alo y unos dias dias en una residencia .Le dió un ictus y la dejo completamentd inmobilizada hace mas de un año que srreglamos los papeles para la valoracion y a dia de hoy nada de nada no sabemos que hacer .pues esto ya se pasa de presupuesto ya arregle todo y edte mes de agosto he hecho un escrito a la junta de andalucia personalmente .me gustaria si me pueden decur algo Gracias .O si puedo ir por otra via yo vivo en madrid y ella en utrera sevilla
Ana Rosa
15 septiembre 2015 23:14
Hola mi nombre es Ana Rosa,tengo un grado de minusvalia un 70 x ciento, si alguien me puede informar si tengo derecho a solicitar la ley de la dependencia,muchas un saludo
Bety
07 septiembre 2015 13:49
Hola mi madre tiene alzheimer y lleva dos años en una residencia..le deben la.reteoactividad de la ayuda laa dependencia dijeron lo pagarian en 5 años pwro aqui no pagan nada somos d3 Barcelona
maria del mar
01 septiembre 2015 11:57
Hola tengo a mi hijo con un grado 1 nivel 2 reconocido desde el 2012 me gustaria saber cuando empesaria a cobrarla o como va el asunto gracias somos de Cadiz.
Milagros Baez segura
03 agosto 2015 15:17
Mi hijo cumplió 18años tiene un cien por cien de discapacidad, pasa a cobrar por hijo a cargo, por lo cual de 387euros cobra 205 de la ley de dependencia porque dicen que como en la paga por hijo a cargo cobra un plus por terceras personas se lo quitan de la depe
carlo
02 agosto 2015 19:39
Mi madre esta en una residencia hace un año en la localidad de barcelona tiene un grado I y tiene una pension de viudez de 670€ quisera saber si tiene opcion de alguna prestacion complementaria para el pago de la tesidencia . Gracias
carmen
21 mayo 2015 09:09
Para mi hijo y yo la ley de la dependencia ha sido un engaño, mi hijo tiene el grado de gran dependiente, con los recortes nos quedamos sin seguridad social para mi que soy su cuidadora, sin centro de dia, sin ley de dependencia, perdon si cobramos 8 € ya que 4€ van destinados a pagar 15.000€ que me reclaman por incompatibilidades.Esto a mi modo de ver es una ley de dependencia engañosa y fantasma. gracias.
karmen
30 abril 2015 14:44
hola,mi hijo tiene aprobada la dependencia desde septiembre de 2012, grado tres nivel tres,desde entonces estamos esperando,cada vez que llamo para preguntar me dicen que tengo que esperar.Alguien podría asesorarle? Gracias
francisco javier
23 abril 2015 15:10
A mi hija de an concedio el grado nibel 2 de la ley de la denpendencia quisiera saver cuanto me pagarian por el nibel 2 todos los meses muchas gracias

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