Productos financieros para jubilados: Hipoteca inversa

Productos financieros para jubilados: Hipoteca inversa

La hipoteca inversa es un producto diseñado para proporcionar a las personas mayores, propietarios de su vivienda, la obtención de unos ingresos mensuales adicionales, con la ventaja de que se puede seguir utilizando la casa sin renunciar a la propiedad, aunque los herederos tendrán que devolver el préstamo.

Una hipoteca inversa es un préstamo que se hace al propietario, con la vivienda como garantía. Pero, en vez de pagar una cuota mensual al banco como en caso de adquisición de una vivienda, se hace lo contrario: la entidad financiera ingresa una cuota mensual al propietario durante un plazo de tiempo fijado (normalmente entre 10 y 20 años) a un tipo de interés fijo. El importe de la mensualidad estará en función del valor de tasación de la vivienda y el plazo.

La persona mayor sigue siendo propietaria de su vivienda y puede seguir viviendo en esta o utilizar el dinero recibido para alquilar o comprar otra casa o para costear una residencia. Como se trata de un préstamo, estos ingresos mensuales adicionales no tributan en el IRPF.

Cuando fallece, sus herederos tendrán que devolver al banco las cantidades prestadas. Lógicamente, cuantos más años viva y cobre mensualidades la persona mayor, más tendrán que pagar los herederos. Si estos quieren quedarse con la casa pero no tienen ahorros suficientes para devolver el dinero, podrán contratar un nuevo préstamo hipotecario (sólo tienen que pagar el importe del crédito consumido). Si no pueden o no quieren quedarse con la casa, podrán venderla y abonar así la deuda.

Este producto tiene ventajas fiscales. La persona mayor no tiene que pagar impuestos sobre las mensualidades que vaya recibiendo y el importe de todas las cuotas pagadas se deduce del valor de la vivienda en el Impuesto de Patrimonio y Sucesiones.

El gran inconveniente de la hipoteca inversa es que no se trata de una renta vitalicia. Si la persona mayor sigue viva al final del plazo fijado para el préstamo, dejará de recibir las cuotas mensuales y además tendrá que devolver el dinero prestado. Si no tiene otros recursos tendrá que vender la vivienda para poder pagar la deuda o, si no, la casa pasará a ser propiedad del banco.

Para prevenir esta situación, se recomienda contratar, junto con la hipoteca inversa, un seguro de renta vitalicia. Con este seguro, en caso de sobrevivir al plazo fijado para el préstamo, la persona mayor puede seguir cobrando la cuota mensual el resto de su vida. Si falleciera antes de finalizar el período, los herederos cobrarán la parte proporcional de la prima que se pagó por el seguro. No obstante, el seguro de renta vitalicia encarece mucho un producto que ya tiene elevados costes de contratación. No hay que olvidar que la contratación de la hipoteca inversa tiene otros gastos iniciales, similares a los de cualquier préstamo hipotecario y que corren a cargo del cliente: comisión de apertura, gastos de notaría, gestión y registro, tasación e impuestos de Actos Jurídicos Documentados. En conjunto, estos costes pueden suponer un 10% del precio de tasación de la vivienda.

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