Qué pasa con la pensión de jubilación cuando una persona fallece

Qué pasa con la pensión de jubilación cuando una persona fallece

Cualquier cambio en la situación personal de un jubilado hay que comunicarlo; incluso cuando esa persona fallece.

Cuando una persona fallece hay que hacer una gran cantidad de trámites burocráticos y, entre ellos, se encuentra notificar a la Seguridad Social el fallecimiento; al menos si esa persona era jubilada o cobraba algún tipo de prestación. De la misma forma que los jubilados tienen que avisar de cualquier cambio en su situación vital como traslado de residencia o incluso cambios en su estado civil, la muerte también hay que notificarla. Es entonces cuando nos preguntamos qué pasa con la pensión de jubilación cuando una persona fallece.

Qué hacer con la pensión de jubilación en caso de fallecimiento

Es evidente que cuando una persona fallece la pensión de jubilación se extingue, pero no de forma inmediata. Y es que la Seguridad Social paga la pensión completa de ese mes independientemente del día del fallecimiento. Y además de la mensualidad habitual, también se abona la parte proporcional a la paga extra que le corresponda. Hay que tener en cuenta que notificar fuera de plazo el fallecimiento del pensionista puede dar lugar a sanciones penales.

¿Y de qué plazos estamos hablando para notificar la defunción? Pues lo ante posible, por supuesto. Pero en cualquier caso, el Instituto Nacional de la Seguridad Social establece un plazo de 30 días hábiles desde el fallecimiento. También nos preguntamos qué documentación hay que aportar en estos casos y es simplemente el certificado de defunción expedido por el médico. Un certificado de defunción que también hay que presentar en el Registro Civil.

Seguimos resolviendo dudas en cuanto a la pensión de jubilación de una persona fallecida. El trámite de comunicar la defunción puede hacerse de forma presencial en cualquier centro de la Seguridad Social mediante cita previa y también se puede hacer en la sede electrónica de la Seguridad Social. Si la persona jubilada que ha fallecido reside en el extranjero, la documentación se puede aportar tanto en la Embajada de España como remitirla a la Dirección Provincial del INSS que se ocupa de su pensión de jubilación.

Hemos dicho anteriormente que la pensión de jubilación de una persona fallecida se extingue. Y es lo que ocurre en la mayoría de los casos, pero hay algunas situaciones particulares en las que esa defunción puede dar lugar a otra pensión. Es el caso de la pensión de viudedad, de la pensión de orfandad o de la prestación por muerte y supervivencia.

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