Qué pasa con la pensión de jubilación si tienes deudas

Qué pasa con la pensión de jubilación si tienes deudas

De la misma manera que se puede embargar el sueldo de un trabajador también la pensión de jubilación puede sufrir embargo por deudas.

La imposibilidad de ahorro no es el único problema al que nos enfrentamos los ciudadanos. A lo largo de la vida podemos ir acumulando impagos y deudas con diversos acreedores públicos y privados que pueden hacer que lleguemos a la jubilación con cierto temor. ¿Pueden embargarme la pensión de jubilación si tengo deudas? La respuesta es sí, pero en ningún caso pueden embargar toda la cuantía mensual.

El embargo de la pensión de jubilación

Cuando un trabajador tiene deudas se embarga parte de su salario mensual y lo mismo ocurre con los jubilados. Por supuesto se intenta mantener una cierta capacidad adquisitiva a pesar de ese embargo y por eso hay unos límites. En primer lugar, según la Ley de Enjuiciamiento Civil que es la que se utiliza para los embargos de prestaciones no se puede embargar la pensión que no exceda del Salario Mínimo Interprofesional. Y recordamos que en 2022 el SMI se sitúa en 1000 euros.

A esta norma hay una excepción y se podrá embargar el 30% de la pensión si esa persona está cobrando subsidios o prestaciones de forma indebida. Pero volvamos a las pensiones de jubilación que exceden el Salario Mínimo Interprofesional para ver qué porcentajes pueden embargar de la cuantía mensual. Estos porcentajes van del 30% al 90% y se distribuyen por tramos.

Se embargará el 30% a las pensiones con cuantías de hasta el doble del SMI. El siguiente tramo es para las cuantías que comprenden entre el doble y el triple del SMI y será de un 50%. El embargo será de un 60% si en la pensión se cobra entre el triple y el cuádruple del SMI y de un 75% para el siguiente tramo, es decir, si la cuantía de la pensión se sitúan entre el cuádruple y quíntuple del SMI.

Aún nos queda un porcentaje más de embargo, el más alto, que es de un 90% para aquellas pensiones que superan el quíntuple del SMI. Estos embargos de la pensión de jubilación se pueden reducir si se acreditan cargas familiares. Y como opción a tener en cuenta está la Ley de la Segunda Oportunidad para aquellos casos en los que es imposible hacer frente al pago de la deuda.

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